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Pág. 233298 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de noviembre de 2002 para Procesos Sumarios con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, absuelve de la acusación fis- cal a don Máximo Ocaris Julca, por delito contra la fe públi- ca - falsificación de documentos y contra la administración pública - concusión, en agravio de la Empresa Petramás Sociedad Anónima y el Estado; fallo que ha sido impugna- do según la razón por Secretaría de la referida Sala de fojas 116, habiéndose concedido recurso de nulidad por resolución de fecha 4 de octubre del 2002 según consta a fojas 114; por lo que, no habiendo concluido el proceso penal que generó el mandato de detención, no puede am- pararse la solicitud de reincorporación del cargo de Alcal- de del recurrente; Que según el acta de sesión ordinaria de fojas 73 a 103, don Máximo Ocaris Julca ha reasumido el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de San Antonio con fecha 3 de octubre del 2002, reasunción que aun no procede; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud presentada por el señor Máximo Ocaris Julca, para reasu- mir sus funciones en el cargo de Alcalde del Concejo Dis- trital de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; debiendo tener presente lo dispuesto en la Reso- lución Nº 032-2002-JNE. Artículo Segundo.- Declarar nulo el acuerdo de con- cejo de fecha 3 de octubre de 2002, por el que don Máximo Ocaris Julca reasume el cargo de Alcalde del Concejo Dis- trital de San Antonio. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20042 Convocan a candidatos proclamado y no proclamada para que asuman car- gos de alcalde y regidora del Concejo Distrital de Nuevo Progreso RESOLUCIÓN Nº 745-2002-JNE Expediente Nº 028-2002-Vacancia Lima, 7 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de alcal- de del Concejo Distrital de Nuevo Progreso, provincia de Tocache, departamento de San Martín, que ejerce don Carlos Cárdenas Pérez; iniciado con Oficio Nº 4558-02- JMT-PJ del Juez del Juzgado Mixto de Tocache, y por soli- citud de don Ernesto Enrique Olmedo Neira, regidor del citado Concejo Municipal, quien pide pronunciamiento so- bre la inhabilitación dispuesta judicialmente contra el men- cionado alcalde y solicita el retiro de su candidatura a la alcaldía de distrito de Nuevo Progreso por la Alianza Elec- toral Unidad Nacional; CONSIDERANDO: Que con las copias remitidas por el Juzgado Mixto de Tocache, que corren de fojas 70 a 76, se acredita que por sentencia del 1º de octubre de 2002, se condenó a Carlos Cárdenas Pérez, alcalde del Concejo Distrital de Nuevo Progreso, como autor del delito de abuso de autoridad en agravio del Estado, a dos años de pena privativa de liber- tad con el carácter de suspendida por el plazo de un año e inhabilitación por el mismo término; sentencia que quedó consentida, conforme consta de fs. 76, quedando Carlos Cárdenas Pérez, incurso en la causal de vacancia previs-ta en el numeral 9) del artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que el Concejo Distrital de Nuevo Progreso no se ha pronunciado sobre la causal de vacancia del cargo de al- calde que ejerce Carlos Cárdenas Pérez; por lo que, co- rresponde al Jurado Nacional de Elecciones expedir la res- pectiva declaración de vacancia del citado cargo, en ejer- cicio de la función señalada en el literal u) del artículo 5º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486; Que al hacerse efectiva la vacancia del cargo de alcal- de del Concejo Distrital de Nuevo Progreso, éste debe ser cubierto con arreglo a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que, en los casos de vacancia, reem- plaza al alcalde el teniente alcalde, que es el regidor hábil que le sigue en su propia lista electoral, en este caso, de la lista independiente Movimiento Innovador Unión y Trabajo, correspondiendo llamar a don Carlos Coral Calvo para ejer- cer dicho cargo; Que para completar el número de regidores del conce- jo, deberá aplicarse lo dispuesto por el numeral 2) del artí- culo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades, concor- dante con el artículo 35º de la Ley de Elecciones Munici- pales Nº 26486, que establece que para cubrir las vacan- tes que se produzcan en los concejos municipales se in- corpora al candidato suplente de la misma lista electoral, correspondiendo convocar a la ciudadana Belinda Leonor Álvarez Valderrama, de acuerdo con la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Tocache con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; Que para efectos de convocar al suplente debe tenerse en cuenta si es vecino de la circunscripción, pues de confor- midad con lo previsto en el artículo 24º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 es requisito para ser elegido alcalde o regidor, ser vecino de la respectiva circunscripción municipal, con no menos de dos años de residencia continua antes de la elección; resultando ser obligación primaria de quienes ejercen la función munici- pal residir dentro de la jurisdicción del respectivo munici- pio, privilegiando las normas citadas el concepto de vecin- dad, status que se concede al residente cumplido el plazo de ley, lo que le permite siendo "vecino" el goce de la pleni- tud de derechos que le confiere tal categoría; y, el ejercicio de tales derechos se supedita a la permanencia de mane- ra continua dentro de la jurisdicción municipal; razón por la que no debe ser convocada doña Belinda Leonor Álvarez Valderrama, al haberse determinado mediante consulta en línea al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que domicilia en el distrito de San Borja, provincia y depar- tamento de Lima; Que al no haber más candidatos de la lista indepen- diente Movimiento Innovador Unión y Trabajo, en aplica- ción del artículo 8º de la Ley Nº 15265 y el artículo 172º del Reglamento Interno de este órgano electoral aprobado por Resolución Nº 064-A-94-JNE, se debe convocar al candi- dato no proclamado de la lista que sigue en el orden del cómputo de sufragios, en este caso, del Partido Acción Po- pular, resultando que el candidato suplente don Joel Pérez López, tampoco domicilia en Nuevo Progreso, sino en el distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, depar- tamento de Huánuco; caso similar al del siguiente suplente de la misma lista, don Sister Esleiter Valera Ramírez, quien también reside en el distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco; por lo que pro- cede convocar a doña Marisol Estrella Flores Tiburcio, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Nue- vo Progreso; Que en cuanto a la solicitud del regidor Ernesto Enri- que Olmedo Neira, sobre el retiro de la candidatura de Carlos Cárdenas Pérez en la lista de la Alianza Electoral Unidad Nacional para el Concejo Distrital de Nuevo Pro- greso, este debe tramitarse por ante el Jurado Electoral Especial de Tocache; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de alcalde del Concejo Distrital de Nuevo Progreso, provincia de Tocache, departamento de San Martín, que ejerce don Carlos Cárdenas Pérez, por la causal de vacancia sobre- viniente a que se refiere el artículo 23º inciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Segundo.- Llamar al teniente alcalde don Car- los Coral Calvo, para que asuma el cargo de alcalde del Concejo Distrital de Nuevo Progreso, provincia de Toca-