Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (14/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de agosto de 2003 Artículo 6º.- De conformidad a lo establecido en los artículos 236º y 237º de la Ley Nº 27444 la Direcciónde Fiscalización y Control, dictará la medidas provisio-nales o cautelares que aseguren el cumplimiento de lassanciones complementarias (paralización inmediata,retiro del elemento, desmontaje, demolición, retiro delos materiales) contenidas en las Resoluciones Direc-torales de Sanción dictadas bajo los lineamientos dis-puestos en la presente norma, para lo cual contará conel apoyo de las Direcciones de Comercialización, De-sarrollo Urbano, Seguridad, Servicios a la Ciudad yMedio Ambiente y la Policía Nacional. Artículo 7º.- Los gastos que genere la ejecución for- zada (retiro del elemento, demolición o desmontaje) acargo de la autoridad municipal, serán liquidados porlas áreas competentes, y su pago será asumido por elinfractor y requerido en el procedimiento de ejecucióncoactiva. Artículo 8º.- De verificarse el retiro voluntario efec- tivo de los elementos detallados en el artículo 2º de lapresente norma en un plazo no mayor de 5 días de reci-bida la notificación administrativa, ésta quedará sin efec-to. TÍTULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Disponer la conformación de una Comisión Técnica para proponer la normatividad que regule los ele-mentos materia de esta Ordenanza, a efectos de reducir lacontaminación luminosa y el impacto visual negativo en eldistrito. Esta comisión estará integrada por un represen-tante de las Direcciones de Servicios a la Ciudad y MedioAmbiente, Comercialización, Desarrollo Urbano, Seguridady Fiscalización y Control. Segunda.- Otorgar un plazo de 120 días calendario a la Comisión Técnica para que establezca la normatividadque regule la materia, el mismo que regirá a partir de lapublicación de la mencionada ordenanza. Tercera.- Encargar a la Dirección Municipal el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente norma. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 15176 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G2D /G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 148-MSS Santiago de Surco, 7 de agosto de 2003. EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, vigente a partir del 28.MAY.2003, dispone en el nu-meral 3.1 del artículo 79º, que es competencia exclusivade las municipalidades distritales aprobar el plan urbanodistrital, con sujeción al plan y a las normas provincialessobre la materia; Que el artículo 97º de la Ley Orgánica de Municipalida- des, establece que los planes de desarrollo concertadosson aprobados por el concejo municipal; y que correspon-de a las municipalidades, de conformidad con el artículo31º de la Constitución, promover, apoyar y reglamentar laparticipación vecinal en el desarrollo local; Que, es necesario establecer el marco y el meca- nismo que permita la aprobación del Plan Urbano Dis-trital, en este sentido la normatividad que se expidadeberá inspirarse en la normatividad existente para la aprobación de planes urbanos que está dada por elDecreto Supremo Nº 007-85-VC, Reglamento de Acon-dicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y MedioAmbiente, norma que si bien ha sido superada por laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972 contieneconceptos técnicos aplicables; Que, las normas municipales en las materias esta- blecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, que estén en concordancia con las normas téc-nicas de carácter nacional, son de cumplimiento obli-gatorio por los ciudadanos y las autoridades naciona-les y regionales; Estando a los Informes Nºs. 205 y 229-2003-DDU-MSS emitidos por la Dirección de Desarrollo Urbano e InformeNº 1249-2003-OAJ-MSS emitido por la Oficina de Aseso-ría Jurídica; contando con los Dictámenes favorables Nºs012-2003-CDU/MSS y 053-2003-CAL/MSS de las Comi-siones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Legales respec-tivamente; De conformidad con lo establecido por los artículos 9º, numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y apro-bación del acta, por Unanimidad, aprobó la siguiente Orde-nanza: PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- COMPETENCIA DISTRITAL Conforme lo preceptuado por la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972, es una función específica exclusivade las Municipalidades Distritales, en materia de organiza-ción del espacio físico y uso del suelo, aprobar el Plan Ur-bano con sujeción al Plan y a las normas municipales pro-vinciales sobre la materia. Artículo 2º.- CARÁCTER DEL INSTRUMENTO TÉC- NICO El Plan Urbano es el instrumento técnico normativo, de mayor jerarquía a nivel distrital, para la previsión y promo-ción de las acciones de acondicionamiento en cada áreadel conglomerado urbano y sus correspondientes áreas deexpansión e influencia. Orienta la gestión, acciones, inter-venciones, los programas e inversiones públicas y/o priva-das en el ámbito territorial de su jurisdicción. Artículo 3º.- ADECUACIÓN AL PLAN DE ACONDI- CIONAMIENTO TERRITORIAL Y PLAN URBANO METRO-POLITANO El Plan Urbano debe encontrarse adecuado a los li- neamientos establecidos en el Plan de Desarrollo Me-tropolitano Lima Callao 1990-2010, aprobado medianteAcuerdo de Concejo de Lima Nº 287 del 21.DIC.89,puesto en vigencia mediante Decreto de Alcaldía Nº 127del 13.AGO.92 y ratificado mediante Ordenanza Muni-cipal de Lima Nº 099 del 8.NOV.96; así como al Regla-mento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Ur-bano y Medio Ambiente, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 007-85-VC en el ámbito de su competen-cia, en tanto la Municipalidad Metropolitana de Limaaprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial parala provincia de Lima. Artículo 4º.- OBLIGATORIEDAD DEL CUMPLIMIEN- TO DE NORMAS MUNICIPALES Las normas municipales en las materias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, que estén con con-cordancia con las normas técnicas de carácter nacional,son de cumplimiento obligatorio por los ciudadanos y lasautoridades nacionales y regionales. TÍTULO SEGUNDO OBJETIVOS DEL PLAN URBANO Artículo 5º.- OBJETIVOS GENERALES El objetivo general del Plan Urbano es dotar a la Muni- cipalidad de Santiago de Surco de instrumentos técnicosnormativos acordes a su realidad para el desarrollo urbanodel distrito. Artículo 6º.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS Son objetivos específicos del Plan Urbano: