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PÆg. 250540 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de agosto de 2003 puesto en el Artículo 119º del Reglamento del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, importe que será financiado con recursos Pro- pios." Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 16153 Modifican la Res. N” 116-2003/SUNAT, sobre suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Rentay del IES por rentas de cuarta catego-ría para el ejercicio 2003 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 161-2003/SUNAT Lima, 28 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 116-2003/SUNAT, modificada por Resolución de Supe-rintendencia Nº 130-2003/SUNAT, se dictaron normas re-lativas a la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y/o de retenciones del Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) por rentas de cuartacategoría, para el ejercicio 2003; Que, el artículo 8º de la citada Resolución de Superin- tendencia establece que los contribuyentes deberán mostrara su agente de retención el original de la constancia de auto- rización vigente y entregarle una copia de la misma; Que, resulta conveniente modificar la Resolución de Superintendencia Nº 116-2003/SUNAT con la finalidad deestablecer las obligaciones de los sujetos que percibenrentas de cuarta categoría y de los sujetos que pagan oacreditan dichas rentas, considerando que a partir del 1 de julio de 2003, la presentación de la solicitud de sus- pensión se realiza a través de SUNAT Virtual, utilizando elFormulario Virtual Nº 1609; En uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, el artículo 3º del DecretoSupremo Nº 003-2001-EF, el artículo 2º Decreto Supremo Nº 046-2001/EF y el inciso q) del artículo 19º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria, aproba-do por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 8º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 116-2003/SUNAT, por el si-guiente texto: "Artículo 8º.- Obligación de los contribuyentes Los contribuyentes deberán exhibir y/o entregar, se- gún corresponda, la Constancia de Autorización vigentea su agente de retención, teniendo en cuenta lo siguiente: a. Tratándose de las Constancias de Autorización otor- gadas a través de SUNAT Virtual, se entregará al agente de retención una impresión de la constancia de autoriza- ción vigente o una fotocopia de la misma. b. Tratándose de las Constancias de Autorización otor- gadas en las dependencias de la SUNAT o en los Centrosde Servicios al Contribuyente, se exhibirá al agente deretención el original de la Constancia de Autorización vi- gente y se le entregará una fotocopia de la misma." Artículo 2º.- Sustitúyase el artículo 9º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 116-2003/SUNAT, por el si-guiente texto: "Artículo 9º.- Obligación de los agentes de retención Las personas, empresas o entidades obligadas a lle-var contabilidad completa o registro de ingresos y gastos, que paguen o acrediten honorarios u otras remuneracio-nes que constituyan rentas de cuarta categoría, deberánefectuar las retenciones del Impuesto a la Renta e IES correspondientes a dichas rentas, salvo en los siguientes supuestos: a. Que el perceptor de las rentas cumpla con lo estable- cido en el artículo 8º. b. Que el importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/. 700 (Setecientos Nuevos Soles 00/100 Nue- vos Soles)." Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Precísase que tratándose de las Constan- cias de Autorización otorgadas a través de SUNAT Virtualcon anterioridad a la vigencia de la presente norma, se entenderá por original de la Constancia de Autorización a una impresión o una fotocopia de la misma. Segunda.- Los contribuyentes que cuenten con Cons- tancias de Autorización otorgadas en las oficinas de losbancos autorizados para recibir declaraciones y pagos víael Sistema Pago Fácil, se sujetarán a lo dispuesto en el inciso b. del artículo 8º. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 16152 Autorizan prórroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en Cusco mediante proceso de adju-dicación de menor cuantía SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 162-2003/SUNAT Lima, 28 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece quese encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Con- curso Público o Adjudicaciones Directas, las prórrogas del pla- zo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempreque la renta no se incremente en una tasa mayor al creci-miento del índice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estable- cido por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órganoque se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Legal Nº 013-2003 SUNAT/ 2N0100 de la Intendencia Regional Cusco, indica que serequiere prorrogar por el plazo de tres (3) meses el con- trato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Urba- nización Parque Industrial, manzana D, lote 3, del distritode Wanchaq, de la provincia y departamento de Cusco,con un área de 1,136.25 metros cuadrados, en virtud aque el local que se viene ocupando reúne las condicionese infraestructura necesaria para atender las necesidades de la institución, por lo que es factible exonerar del res- pectivo proceso de selección la prórroga de dicho contra-to, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y20º de la citada Ley;