Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

Autorizan a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial iniciar acciones legales contra empresa por presunta comision de ilicitos penales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 212-2003-P-PJ MORDAZA, 3 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 471-2003-OAL-GG-PJ, de la Jefatura de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion Administrativa Nº 155-2003-P-PJ, de fecha 28 de agosto del 2003, la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas llevo a cabo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 069-2003-GAF-GG/PJ, para la contratacion del Servicio de Mensajeria y Encomienda para las dependencias del Poder Judicial, otorgandose la buena pro a la Empresa MORDAZA Worldwide Services SAC, en el Item Nº 1: Mensajeria y Encomienda y en el Item Nº 2: Mensajeria Internacional, por la suma total de S/. 994,729.50; Que, mediante el Informe del Visto, el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial comunica que por acciones de fiscalizacion posterior, se verifico la falsedad en la MORDAZA de la Propuesta Tecnica alcanzada por parte de uno de los accionistas de la citada Empresa, actuacion que invalido el acto de otorgamiento de la Buena Pro, por lo que a traves de la Resolucion Administrativa Nº 848-2003-GG-PJ, de fecha 30 de setiembre del 2003, se declaro de oficio la nulidad del mencionado MORDAZA de seleccion; Que, en este sentido, los hechos expuestos en el Informe del Visto como en la Resolucion Administrativa Nº 848-2003-GG-PJ, constituyen presuntos ilicitos penales, los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes, a fin de determinar las responsabilidades del caso, resultando procedente autorizar a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, el inicio de las acciones legales correspondientes; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, modificado por la Ley Nº 27465; y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de las acciones legales pertinentes contra la Empresa MORDAZA Worldwide Services SAC, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los actuados del caso a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 22649

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban nomina por especialidad de profesionales y especialistas seleccionados para Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 332-2003-P-CSJCNL/PJ Independencia, veintiocho de noviembre del dos mil tres. VISTO: El Informe numero cero cero uno -dos mil tres -CC REPEJ -dos mil tres -CSJCNL/PJ, remitido por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ceballos, Vocal Superior titular de esta Corte Superior, Presidente de la Comision de Seleccion y Evaluacion de postulantes a Peritos Judiciales. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Administrativa numero seiscientos nueve -CME -PJ, su fecha trece de MORDAZA de mil novecientos noventiocho, se crea en cada Distrito Judicial el Registro de Peritos Judiciales -REPEJ, a cargo del Administrador de la Corte Superior de Justicia respectiva, donde deben inscribirse a los profesionales o especialistas que podran ser nombrados peritos en los procesos judiciales; Que, mediante Resolucion Administrativa numero trescientos cincuentiuno -noventiocho -CME -PJ del veinticinco de agosto de mil novecientos noventiocho, se aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales, a traves del cual se regula el MORDAZA de evaluacion, seleccion e inscripcion de los profesionales y especialistas en el REPEJ, la organizacion y funcionamiento del mencionado Registro y el servicio de pericias judiciales; Que, esta Corte Superior de Justicia, a traves de la Resolucion Administrativa numero ciento cincuentitres -dos mil tres -P -CSJCNL/PJ del veinticuatro de junio del ano en curso ha convocado el MORDAZA de Evaluacion y Seleccion de Peritos Judiciales, con la finalidad de ampliar la Base de Datos del REPEJ -Cono Norte, designandose la Comision cuyo Presidente ha emitido el Informe de vistos; Que, conforme se indica en el Informe en referencia, se ha procedido con arreglo al articulo 17º del Reglamento de Peritos Judiciales, habiendo calificado los peritos cuyas especialidades y nombres se mencionan en la nomina anexa, la misma que ha sido puesta a consideracion de esta Presidencia; Que, en la medida que el MORDAZA de Evaluacion y Seleccion ha sido llevado a cabo de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular, corresponde a esta Presidencia aprobar la nomina en referencia, de cuyo texto se advierte ademas que se ha tenido presente lo previsto en el articulo 6º de la Resolucion Administrativa numero seiscientos nueve -CME -PJ; Que, en consecuencia, en uso de la atribucion conferida por el articulo 18º del Reglamento de Peritos Judiciales, en concordancia con el articulo 90º incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, esta Presidencia; SE RESUELVE: Primero.- APROBAR la nomina por especialidad de ciento sesentitres profesionales y/o especialistas seleccionados para Peritos Judiciales, presentada por la Comision de Seleccion y Evaluacion, que como anexo forma parte de la presente resolucion. Segundo.- DISPONER que los Peritos Judiciales seleccionados pasen a formar parte del Registro de Peritos Judiciales -REPEJ de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, previo pago del derecho correspondiente a que se refiere el articulo 19º del Reglamento de Peritos Judiciales, hasta el treinta de diciembre del ano en curso.

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