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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 Artículo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli- gación por parte de AVIACIÓN REPARACIÓN Y TRANS- PORTE S.A.C. - AVIARET S.A.C., de otorgar la garantíaglobal que señala el artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento. El incumplimiento de esta obligación determinará la automá-tica revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 13º.- La empresa AVIACIÓN REPARACIÓN Y TRANSPORTE S.A.C. - AVIARET S.A.C. deberá presen-tar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganan- cias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 14º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; asícomo a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 21760 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G2C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G63/G68/G69/G2D/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G2C/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 209-2003-P-PJ Lima, 3 de diciembre de 2003VISTOS: El Oficio Nº 526-2003-OI/GG/PJ e Informe Nº 025-2003- OI-GG-PJ de la Jefatura de la Oficina de Infraestructura, el Oficio Nº 752-2003-OSI-GG-PJ de la Jefatura de la Oficinade Seguridad Integral del Poder Judicial, el Informe Nº 492- 2003-OAL-GG/PJ de la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia General y el Memorándum Nº 943-2003-GP-GG,de la Gerencia de Planificación; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo prevé el artículo 138º de la Constitu- ción Política del Estado, la potestad de administrar justiciaemana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes; Que, mediante Oficio Nº 526-2003-OI/GG/PJ, la Jefa- tura de la Oficina de Infraestructura remite el Informe Nº 025-2003-OI-GG-PG, a través del cual comunica que losArchivos de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Corte Superior de Justicia de Lima y de la Gerencia General actualmente se encuentran en una situación críti-ca, pues de la inspección efectuada se ha advertido que dichos ambientes han rebasado su capacidad de almace- namiento de expedientes judiciales, a ello debe agregarseque las instalaciones sanitarias y eléctricas se encuentran en mal estado, carecen de iluminación suficiente y apro- piada, con instalaciones empíricas, cables visibles sin nin-guna protección, tomacorrientes y enchufes sueltos que podrían provocar cortocircuitos y/o incendios; la existen- cia de tuberías de agua y desagüe en pésimas condicio-nes, siendo potencial el peligro de ocurrir aniegos e inun- daciones, lo cual es corroborado por la Jefatura de la Ofici- na de Seguridad Integral del Poder Judicial que a travésdel Oficio Nº 752-2003-OSI-GG-PJ, remite el Informe Si- tuacional de dichos Archivos comunicando el deterioro fí- sico de los mencionados ambientes, que constituyen ries-gos inminentes para la vida humana y la conservación dela documentación, resultando imprescindible la reubicación de los archivos a un nuevo local; Que, a mayor abundamiento cabe indicar que el archi- vo del Edificio Javier Alzamora Valdez soporta en la actua-lidad un aproximado de cuatro millones de expedientes, encontrándose un millón y medio de expedientes en el piso, que por la carencia de ángulos ranurados y al haberse col-mado la capacidad de almacenamiento, se ha suspendido el proceso de remisión de expedientes al Archivo, gene- rando la tugurización en los Archivos Modulares, en losJuzgados Corporativos Civiles, Laborales, de Familia y Juzgados de Paz Letrado del Distrito Judicial de Lima, se- gún se colige del Oficio Nº 055-2003-P-ODP-CSJLI/PJ, dela Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, luego de las gestiones realizadas, recientemente se ha logrado conseguir el local ubicado en el Jr. AncashNºs. 987 al 999, Lima, edificio que consta de tres pisos y una azotea, la misma que será adecuada para el uso ex- clusivo de archivos contemplándose áreas administrativasy sala de lectura, resultando necesario realizar en dicho edificio trabajos de habilitación e implementación, en aras de lograr el normal desarrollo de las labores concernientesa los archivos del Poder Judicial; Que, en este contexto, la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General mediante el Informe Técnico Nº 025-2003-OI-GG-PJ, solicita la declaración en situación de urgencia a fin de realizarse acciones inmediatas para la adquisición y contra- tación de bienes, servicios y obras indispensables a través deprocesos de adjudicación de menor cuantía hasta por el valor referencial de S/. 639,994.00 (Seiscientos treintinueve mil no- vecientos noventicuatro y 00/100 nuevos soles), desagregadode la siguiente manera: para la adquisición de estantería de ángulos ranurados: S/. 344,994.00 (trescientos cuarenticuatro mil novecientos noventicuatro y 00/100 nuevos soles); para laadecuación y habilitación del local ubicado en el Jr. Ancash Nºs. 987 al 999 - Lima: S/. 190,000.00 (ciento noventa mil y 00/ 100 nuevos soles); para la adquisición e instalación del siste-ma de detección, alarmas y evacuación contra incendios: S/. 105,000.00 (ciento cinco mil y 00/100 nuevos soles); situación de urgencia que comprenderá el período de 90 días, en tantose lleven a cabo los procesos de selección que correspondan, para las adquisiciones y contrataciones que requiera la solu- ción integral de la problemática de los archivos del Poder Judi-cial; Que, a través del Memorándum Nº 943-2003-GP-GG, la Gerencia de Planificación de la Gerencia General delPoder Judicial comunica la opinión favorable de la Direc- ción General de Programación Multianual del Sector Públi- co, razón por la cual señala la disponibilidad presupuestalcon cargo a los recursos del Grupo Genérico 5 Inversio- nes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contempla los supuestos de exoneración de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, estableciendo en elinciso c) que están exoneradas las adquisiciones y contra- taciones que se realicen en Situación de Urgencia, figura que se encuentra definida en el artículo 21º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 108º numeral 2) de su Reglamento, entendiéndose como una medida temporal que se suscitaante un hecho de excepción que determina una acción rá- pida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para pa- liar la urgencia, sin perjuicio que se realice el proceso deselección correspondiente para las contrataciones y ad- quisiciones definitivas; Que, teniendo en cuenta la reciente obtención de un lugar adecuado para el funcionamiento del Archivo, así como la fuente de financiamiento, y dado que el apremio es concreto e inmediato, por las razones señaladas en lospárrafos precedentes, se evidencia que nos encontramos ante una situación de urgencia, resultando necesario to- mar una acción inmediata para adquirir lo indispensable; Que, la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, precisa cuáles son los procesos de adquisiciones, por lo que resulta necesario en tanto se realicen los proce-sos de selección para la total habilitación e implementación del Archivo de la Corte Suprema de Justicia, Corte Supe- rior de Justicia de Lima y Gerencia General, se lleve a caboel proceso de menor cuantía como una acción rápida para contratar lo necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado de una declaratoria de urgencia,como una medida temporal ante un hecho de excepción; Que, la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia Ge- neral, mediante Informe Legal Nº 492-2003-OAL-GG-PJ,