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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2003 (25/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 237919 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de enero de 2003 de gratuidad de la administración de justicia y de la de- fensa gratuita para las personas de escasos recursoseconómicos es uno de los pilares fundamentales de lafunción jurisdiccional; Que, el artículo 24º del TUO de laLey Orgánica del Poder Judicial con el mismo tempera-mento prescribe que la administración de justicia es gra- tuita para las personas de escasos recursos económi- cos y para todos los casos expresamente previstos porley: Que, el alto costo de los aranceles judiciales estáhaciendo inaplicable en la práctica el precepto constitu-cional y la disposición legal anotados; Que, es deber delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial impulsar acciones que acerquen este servicio a la población más necesita- da cumpliendo con el mandato de estas normas, lo quepuede lograrse reduciendo y/o suprimiendo progresiva-mente los aranceles judiciales; Que, en el año 2001 lasautoridades del Poder Judicial establecieron un compro-miso con la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú para reducir en forma paulatina el valor de los aranceles judiciales, en vista que por serexcesivos impedían el acceso mayoritario de los justicia-bles a la administración de justicia y atentaban contraese derecho constitucionalmente consagrado a su favor;Que, con esa finalidad se conformó una Comisión Espe- cial para la formulación del Cuadro de Valores de Aran- celes Judiciales, la que generó con su labor la emisiónde la Resolución Administrativa Nº 033-2002-CE-PJ del26 de marzo del 2002 de este Colegiado que exonerabay reducía el pago de los aranceles que se mencionan ensu texto; Que, a pesar del compromiso contraído en ese sentido, para el presente ejercicio se está manteniendo el valor de éstos bajo el argumento que el monto recau-dado por ese concepto sirve para solventar las activida-des propias de la institución, Que, en efecto, tanto en elProyecto como en el Presupuesto Institucional aproba-do, figura bajo la denominación de Recursos Directamen- te Recaudados por un monto ascendente a S/. 85'478,000.00 Nuevos Soles que sirven de Fuente deFinanciamiento para el pago de la Bonificación por Fun-ción Jurisdiccional que perciben de manera regular ypermanente los magistrados, personal auxiliar jurisdic-cional y administrativo (85%) y para complementar los egresos por Bienes y Servicios y Otros Gastos de Capi- tal que demandan los órganos jurisdiccionales y admi-nistrativos del Poder Judicial (15%); Que, si bien esti-mamos que la Bonificación por Función Jurisdiccionalconstituye un estímulo al adecuado desarrollo de estaimportante y trascendente labor, cuestionamos el hecho que su costo sea asumido íntegramente por los usua- rios del servicio que presta el Poder Judicial, razón porla que propusimos se busque fuentes adicionales de fi-nanciamiento tanto a nivel interno, haciendo un estudiopormenorizado que identifique los procedimientos admi-nistrativos en los cuales no se percibe monto alguno por concepto de derecho de tramitación para iniciar su co- bro previa modificación del TUPA institucional y además,restringiendo el pago de esta bonificación exclusivamenteal personal que labora en los órganos jurisdiccionales; ya nivel externo, exigiendo la provisión de mayores fon-dos al Tesoro Público; Que, es necesario se sostenga la política de reducción y supresión paulatina de aranceles judiciales, por lo que antes de aprobar la que correspon-de al ejercicio gravable 2003 debe realizarse, a travésde una Comisión Especial con funciones similares aaquella conformada en el 2001, un nuevo estudio quetenga esa finalidad; Por tales fundamentos, MI VOTO es porque, antes de aprobarse el Cuadro de Aranceles para el ejercicio 2003, se conforme una Comisión Especialque estudie los mecanismos necesarios para lograr nue-vas fuentes de financiamiento, adicionales a los recur-sos directamente recaudados, para el pago del Bono porFunción Jurisdiccional, así como para lograr su restric- ción exclusivamente a los servidores que laboran en las dependencias jurisdiccionales. Lima, 17 de enero del 2003 BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE Consejero 01481CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dictan disposiciones para el funciona- miento de Juzgados Mixtos de los distri-tos de San Juan de Lurigancho, VillaEl Salvador, La Molina-Cieneguilla y Ate Vitarte RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 050-2003-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de enero de 2003 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, lograr el mejoramiento del servicio de la administración de justicia en sus distintos niveles, tantoen el área jurisdiccional como administrativa; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 167-2002- CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso laconversión y reubicación del Segundo y Tercer Juzgados Mixtos del distrito de San Juan de Lurigancho, asimismo la conversión y reubicación del Juzgado Especializado en loCivil del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Luri-gancho en Juzgado Mixto de La Molina-Cieneguilla; Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 176-2002-CE-PJ, se dispuso la conversión y reubicación de los Juzgados Previsionales de la Corte Superior de Jus- ticia de Lima en Juzgados Mixtos de Villa El Salvador y AteVitarte; Que, de las visitas extraordinarias efectuadas por esta Presidencia, a algunos de los órganos jurisdiccionales alu-didos precedentemente, se ha podido advertir que habien- do entrado recientemente en funcionamiento, vienen atra- vesando por una situación sumamente crítica, dada la in-adecuada infraestructura que poseen, la falta de recursoshumanos y logísticos necesarios, entre otros, obstaculi-zándose el normal desarrollo de la labor jurisdiccional; Que, dado que hasta la fecha, el Juzgado Mixto de Ate Vitarte no ha sido puesto en funcionamiento, resulta perti- nente para esta Presidencia, adoptar las medidas necesa-rias tendientes a la inmediata implementación y puesta enfuncionamiento del mismo; Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesa- rio dictar las disposiciones administrativas necesarias a fin de que la Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, atienda en forma inmediata y con carácter deurgencia los requerimientos de los órganos jurisdicciona-les en mención, ubicados en los distritos de San Juan deLurigancho, Villa El Salvador, La Molina-Cieneguilla y AteVitarte, con la finalidad de optimizar el servicio de adminis- tración de justicia, dado los altos índices de criminalidad que se registran en estos distritos y consecuente incre-mento de la carga procesal; Que, siendo necesario que la Administración del Nue- vo Despacho Judicial y Servicios Judiciales de esta CorteSuperior de Justicia, atienda de forma inmediata los reque- rimientos de los distintos órganos jurisdiccionales y admi- nistrativos de esta Corte Superior, mediante ResoluciónAdministrativa Nº 319-2002-P-CSJLI-PJ de fecha 25 desetiembre de 2002, se dispuso que dicha Oficina, dé cuen-ta directamente de las labores propias de sus funciones ala Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su car-go, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficienteadministración de justicia en su jurisdicción; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de publi- cada la presente resolución administrativa, la Administra-ción de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través del