Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

cucion de programas de investigacion cientifica en el Continente Antartico, destinados a promover el conocimiento de la region y la proteccion y conservacion del ecosistema. m. Participar en la politica amazonica y de proteccion del medio ambiente del Estado. A tal efecto, coordina con el Consejo Nacional del Medio Ambiente, la ejecucion de programas y actividades destinadas a garantizar el desarrollo sostenible y la conservacion de los recursos naturales de la Amazonia. Propende, desde su ambito competencial al optimo empleo de la biodiversidad, y el respeto de los derechos de las poblaciones indigenas de la region amazonica, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores n. Desarrollar y contribuir a la investigacion academica en temas vinculados a la Politica de Seguridad y Defensa Nacional. Las citadas actividades son ejecutadas a traves del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN), el que constituye el organo especializado de la actividad academica del Ministerio. o. Fomentar y estimular los estudios, trabajos y la investigacion cientifica para el desarrollo tecnologico de interes para la Defensa Nacional, disenando y desarrollando programas continuos de formacion y capacitacion en la materia. p. Planear, dirigir, coordinar y ejecutar la movilizacion nacional conforme a ley, a fin de convocar al conjunto de la sociedad para su participacion activa en la implementacion de la Politica de Defensa Nacional. q. Ejecutar a traves de los Organos de Control programas y procedimientos de desempeno funcional, destinados a fomentar la observancia de conducta etica y transparencia en el desempeno de la administracion publica; previniendo y combatiendo la comision de actos de corrupcion. TITULO II ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE DEFENSA Articulo 5º.- Estructura Conforman la estructura organica del Ministerio de Defensa; a) Alta Direccion: Ministro de Defensa Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos Secretario General b) Organos Consultivos: Consejo Superior de Defensa Comision Consultiva c) Organos de Asesoramiento: Comite de Asesores Oficina de Asesoria Juridica Oficina de Inteligencia d) Organos de Apoyo: Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales Oficina de Comunicaciones y Prensa Procuraduria Publica e) Organos de Control: Inspectoria General Auditoria Interna f) Organos de Linea: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Direccion General de Politica y Estrategia g) Organos de Ejecucion: El Ejercito del Peru La MORDAZA de MORDAZA del Peru La Fuerza Aerea del Peru

h) Organismos Publicos Descentralizados: Servicio Aerofotografico Nacional (SAN) Instituto Geografico Nacional (IGN) Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia (SENAMHI) i) Empresas del Sector: Servicios Industriales de la MORDAZA S.A. (SIMA-PERU S.A.) Industria Aeronautica del Peru S.A. (INDAER-PERU S.A.) Transportes Aereos de MORDAZA S.A. (TANS S.A.) TITULO III ALTA DIRECCION CAPITULO I DESPACHO MINISTERIAL Articulo 6º.- Alcances Generales El Ministro de Defensa es la MORDAZA autoridad del Sector Defensa. Establece los objetivos, formula, dirige, coordina, ejecuta y supervisa la politica del Ministerio, en MORDAZA con las disposiciones constitucionales, legales, la politica de Defensa Nacional y los planes de gobierno. Ejerce la supervision y control de los organos integrantes del Ministerio de Defensa. Coordina con los demas Ministerios y Organismos de la Administracion Publica los programas y acciones destinadas a garantizar la ejecucion de la Politica de Defensa Nacional. El Ministro de Defensa es el Titular del Pliego Presupuestal; puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado. Articulo 7º.- Atribuciones del Ministro de Defensa Son atribuciones del Ministro de Defensa: a. Dirigir la formulacion, planeamiento y supervision de la Politica de Defensa Nacional, presentandola para su aprobacion por el Consejo de Defensa Nacional. A tal efecto, dirige coordina y supervisa su ejecucion y establece mecanismos de coordinacion permanente con los organos del Ministerio de Defensa, los demas Ministerios, Organismos de la Administracion Publica, Organismos Nacionales e Internacionales. b. Formular, evaluar, dirigir y supervisar el Presupuesto del Ministerio de Defensa, aprobando las acciones presupuestarias del Sector, asi como los informes y documentos de gestion institucional, en su calidad de titular del Pliego Presupuestal. c. Proponer anualmente al Presidente de la Republica, el numero de efectivos de las Fuerzas Armadas. d. En su calidad de Miembro Permanente del Consejo de Defensa Nacional, proponer la discusion, adopcion y aprobacion de acciones de corto, mediano y largo plazo -en el ambito militar y no militar- en cumplimiento de los objetivos y fines de la Politica de Defensa Nacional. e. Proponer al Presidente de la Republica y al Consejo de Ministros proyectos de ley, decretos legislativos, decretos de urgencia, decretos y resoluciones supremas relativas al Sector Defensa, asi como su refrendo cuando corresponda. f. Aprobar y suscribir convenios y contratos relativos al Sector Defensa, de conformidad con las normas legales vigentes. g. Supervisar el adecuado desempeno funcional de los organos del Sector. A tal efecto, dispone la coordinacion permanente con la Secretaria General, encargada de la interrelacion de las actividades de los organos del Ministerio. h. Promover la activa participacion de las personas naturales y juridicas en la Politica de Defensa Nacional. Las directivas que en la materia imparte, son ejecutadas en coordinacion con los Organos de Apoyo del Despacho Ministerial y la Direccion General de Politica, Estrategia, Asuntos Internacionales e Intersectoriales. La promocion de la participacion ciudadana se extiende a los ambitos militar y no militar.

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