Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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CAPITULO III VICEMINISTERIO DE ASUNTOS LOGISTICOS Y DE PERSONAL

i. Establecer los objetivos y politica institucional de las Fuerzas Armadas, cuyos principios de gestion estan regidos por el profesionalismo, la eficiencia, transparencia y accionar conjunto. j. Establecer los objetivos y planes de las Fuerzas Armadas en relacion con la defensa y promocion de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. En esta funcion el Ministro cuenta con el consejo y recomendacion de los Organos Consultivos, de Linea y de Asesoramiento. k. Disponer la coordinacion con la Secretaria General, la Oficina de Inteligencia del Despacho Ministerial, y el Comando Conjunto, de las actividades y acciones destinadas a la integracion y provision permanente de Informacion de Inteligencia, a fin de orientar la optima adopcion de decisiones en materias inherentes a la actividad del Sector Defensa. l. Coordinar con el Instituto Nacional de Defensa Civil, la participacion del Ministerio de Defensa en las campanas y actividades de prevision de desastres, provision de MORDAZA y ayuda a poblaciones damnificadas. Las directivas que imparte en la materia, son ejecutadas por los Organos de Linea y de Ejecucion. m. Garantizar la implementacion de normas y mecanismos de transparencia y control en el gasto presupuestal y adquisiciones militares, con observancia de la normativa legal sobre la materia. La implementacion de las directivas que imparte sobre el particular, son competencia del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Economico, los Organos de Linea y de Control. n. Coordinar con el Consejo Nacional del Ambiente, la participacion del Ministerio de Defensa en la politica estatal amazonica. Propone la participacion de los Organos de Ejecucion del Sector, en el cumplimiento de acciones destinadas a promover la proteccion del ecosistema y el desarrollo sostenible de la Amazonia. La participacion del Ministerio y la ejecucion de directivas impartidas en la materia, es coordinada con el Comando Conjunto y los Organos de Ejecucion. o. Disponer la adopcion de planes y medidas destinadas a garantizar la provision de los recursos necesarios para la movilizacion. Promueve el desarrollo de programas de capacitacion y especializacion del personal de reserva. A tal efecto suscribe convenios de cooperacion con las entidades educativas del Estado. p. Coordinar y supervisar la participacion del Ministerio de Defensa en la ejecucion de Operaciones Combinadas Interestatales y en las Operaciones de Paz convocadas por la ONU, en permanente coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores, y con sujecion a la normativa constitucional y legal en la materia. q. Designar a los funcionarios adscritos a los cargos de confianza del Ministerio. r. Coordinar con la Comision Nacional de Asuntos Antarticos, la participacion del Ministerio de Defensa en la politica antartica del Estado. Las directivas adoptadas en la materia, para el desarrollo de programas de investigacion cientifica son implementadas por los Organos de Ejecucion del Ministerio, en coordinacion con los Organos de Linea. s. Propiciar y contribuir a la actividad academica en los conceptos y metodologia de la Politica de Defensa Nacional. Garantiza y operativiza a traves del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) la mas amplia convocatoria para la formacion y especializacion en los temas inherentes a los conceptos de seguridad y defensa del Estado. t. Promover la investigacion y desarrollo en los aspectos cientificos y tecnologicos inherentes a la Defensa Nacional. u. Ejercer las demas funciones y atribuciones inherentes a su cargo de Ministro de Estado. CAPITULO II DE LOS VICEMINISTERIOS Articulo 8º.- Normas Comunes Los Viceministerios de Asuntos Logisticos y de Personal y de Asuntos Administrativos y Economicos son los organos inmediatos al Ministro de Defensa que contribuyen, de acuerdo a sus atribuciones, con la adecuada gestion del Sector.

Articulo 9º.- Alcances Generales Es el organo encargado de orientar, ejecutar, supervisar y evaluar por encargo y en coordinacion con el Ministro de Defensa, la politica del Sector en los ambitos de logistica, personal y sistemas de informacion. En materia de logistica tiene a su cargo la normatividad y planificacion de las funciones logisticas, teniendo como objetivo la satisfaccion de los requerimientos logisticos de los organismos del Sector, para el adecuado cumplimiento de sus funciones en concordancia con las leyes vigentes en materia de adquisiciones y contrataciones. En materia de personal tiene a su cargo la normatividad y planificacion de las funciones de personal teniendo como objetivo la satisfaccion de los requerimientos de los organismos del Sector, en concordancia con la normativa vigente y con la reglamentacion interna, estatutos y procedimientos de los organos componentes del Sector. Asimismo, tiene a su cargo la formulacion de programas y planes destinados a la prestacion de bienestar integral y permanente al personal del Sector. En materia de Sistemas de Informacion tiene a su cargo la normatividad, planificacion y coordinacion de las funciones de los sistemas de Informatica, Telecomunicaciones y Estadistica de los organismos del Sector, teniendo como objetivo la estandarizacion e integracion de los mismos para la adecuada y eficiente operacion de los Sistemas de Informacion de los organismos del Sector. Articulo 10º.- Titular El titular del cargo es el Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal, el que constituye cargo de confianza. Articulo 11º.- Atribuciones Son atribuciones y responsabilidades del Viceministro: a. Formular la normatividad, supervisar y evaluar la ejecucion de las funciones logisticas. b. Planificar en coordinacion con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armadas, los programas de obtencion, estandarizacion y modernizacion del armamento y material, asi como los de mantenimiento y apoyo logistico, promoviendo su unificacion e interoperatividad. c. Fomentar y ejecutar programas y convenios de cooperacion nacional e internacional, destinados a propender al acceso e incorporacion de tecnologias de MORDAZA generacion en los aspectos logisticos. d. Formular la normatividad, supervisar y evaluar la ejecucion de las funciones de personal. e. Formular, en coordinacion con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Organos de Ejecucion del Ministerio de Defensa, la politica del Sector en materia de personal, tendiendo a la optimizacion y estandarizacion de las funciones de personal. f. Fomentar y planificar la ejecucion de programas y convenios de cooperacion nacional e internacional, destinados a la formacion y capacitacion del personal del Sector. g. Formular y supervisar la ejecucion de programas de bienestar integral para el personal del Sector. h. Proponer, promover y gestionar los planes y programas y desarrollo de sistemas de MORDAZA y equipos de interes para la Defensa Nacional. i. Mantener un conocimiento actualizado de las capacidades que ofrece la industria nacional en relacion con la Defensa Nacional. j. Formular la normatividad, planificar, supervisar y coordinar el funcionamiento de los Sistemas de Informacion Administrativa del Sector. k. Formular la normatividad, planificar, supervisar y coordinar el funcionamiento de los Sistemas de Telecomunicaciones del Sector. l. Promover y fomentar la utilizacion de las nuevas tecnologias de informacion. m. Formular la normatividad, planificar, supervisar y coordinar el funcionamiento de los Sistemas de Estadistica del Sector.

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