Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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e. Registrar y analizar las operaciones financieras y patrimoniales con el objeto de producir informacion contable sistematizada y confiable que proporcione en forma oportuna los Estados Financieros. f. Aplicar las normas generales que requiera la administracion de los recursos economicos y financieros del Pliego de acuerdo a la normativa respectiva. g. Dirigir la administracion de los recursos financieros asignados al Despacho Ministerial y de las previsiones sociales del Pliego. h. Llevar la estadistica presupuestaria del Pliego. i. Las demas que le MORDAZA asignadas por el Ministro de Defensa. Articulo 28º.- Estructura El Viceministerio de Asuntos Administrativos y Economicos esta integrado por: Direccion de Economia Oficina de Presupuesto Oficina de Contabilidad Direccion de Administracion Oficina de Administracion Oficina de Prevision Social de las Fuerzas Armadas Articulo 29º.- Direccion de Economia Es el Organo encargado de normar, coordinar y supervisar la realizacion de las fases de formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control presupuestario por toda fuente de financiamiento del Pliego Ministerio de Defensa y del Sector, asi como de los Sistemas de Contabilidad. Articulo 30º.- Oficina de Presupuesto Es el Organo encargado de realizar las fases de formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control presupuestario anual del Pliego Ministerio de Defensa en coordinacion con las Unidades Ejecutoras y de acuerdo a la normativa correspondiente. Coordinar, supervisar y prestar asesoramiento tecnico en la realizacion de las fases citadas en las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego. Asimismo, controla el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes en materia presupuestaria. Articulo 31º.- Oficina de Contabilidad Es el Organo responsable de normar, verificar y controlar la correcta aplicacion de las normas vigentes del Sistema de Informacion Administrativa y Financiera (SIAF) para las Unidades Ejecutoras del Pliego, de acuerdo a las normas vigentes del Sistema Nacional de Control. Coordina con las Instituciones normativas y de control sobre asuntos relacionados a la contabilidad del Pliego. Articulo 32º.- Direccion de Administracion Es el Organo responsable de organizar, dirigir, coordinar y controlar el empleo de los recursos economicos y financieros asignados a las Unidades Ejecutoras a su cargo. Articulo 33º.- Oficina de Administracion Es el Organo responsable de ejecutar las actividades para la administracion de los recursos economicos y financieros asignados al Ministerio de Defensa. Articulo 34º.- Oficina de Prevision Social de las Fuerzas Armadas Es el Organo encargado de organizar, dirigir, coordinar y controlar la administracion de los recursos asignados al sistema previsional del Pliego del Personal de las Fuerzas Armadas en situacion de retiro. Tiene relacion directa con las Unidades Ejecutoras del Pliego. CAPITULO V SECRETARIA GENERAL Articulo 35º.- Alcances Generales La Secretaria General del Ministerio de Defensa es el organo encargado de asistir a los organos de la Alta Direccion en los ambitos administrativos, de comunicacion social, relaciones publicas y tramite documentario.

Coordina y supervisa las labores y la marcha administrativa de todos los Organos del Ministerio. El titular del organo es el Secretario General, el que constituye cargo de confianza. Articulo 36º.- Atribuciones El Secretario General del Ministerio de Defensa tiene por atribuciones las siguientes: a. Asistir al Ministro de Defensa en las tareas tecnicoadministrativas correspondientes al Sector. b. Supervisar, orientar y dirigir las labores de las Secretarias del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA, Fuerza Aerea y de los Organos bajo su competencia, para el adecuado cumplimiento de sus funciones. c. Coordinar y supervisar las labores de los Organos de Apoyo y de Asesoramiento del Ministerio, para el adecuado cumplimiento de sus funciones. d. Garantizar el acceso a la informacion de las dependencias publicas e instituciones privadas, asi como a los ciudadanos que la requieran, con las limitaciones establecidas por ley. e. Coordinar el seguimiento de las propuestas legislativas en tramite en el Congreso de la Republica, de interes para el Ministerio de Defensa. f. Proponer medidas necesarias para el mejor funcionamiento de los organos de la Alta Direccion. g. Coordinar con los organismos de la Administracion Publica y de la actividad Privada, los asuntos inherentes a su competencia funcional. h. Coordinar y dirigir, los servicios de Archivo, Biblioteca, Hemeroteca, Mapoteca y otras del Ministerio de Defensa. i. Registrar y centralizar la numeracion, trascripcion y custodia de los dispositivos legales y administrativos del Despacho Ministerial. j. Prestar apoyo permanente a los organos del Despacho Ministerial, atendiendo los requerimientos administrativos. k. Proponer y coordinar con las oficinas correspondientes del Ministerio y con las demas dependencias publicas y organizaciones privadas, los programas y actividades de comunicacion social, protocolo y relaciones publicas del Sector. l. Coordinar con los Organismos Publicos Descentralizados adscritos al Sector Defensa, el cumplimiento de las politicas del Sector. m. Autenticar las copias de resoluciones emitidas por el Despacho Ministerial, asi como las expedidas por la Secretaria General y de ser el caso suscribir las transcripciones oficiales; y n. Las demas funciones que le asigne el Ministro. Articulo 37º.- Estructura Secretaria General Secretaria del Ejercito Secretaria de la MORDAZA de MORDAZA Secretaria de la Fuerza Aerea Oficina de Protocolo y Relaciones Publicas Oficina de Archivo General Articulo 38º.- De las Secretarias Las Secretarias del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea, son organos que, bajo la direccion de la Secretaria General, cumplen la funcion de coordinacion administrativa con sus respectivos Institutos. Articulo 39º.- Funciones de las Secretarias Son funciones de la Secretarias: a. Proporcionar asesoramiento al Secretario General en los asuntos tecnicos y administrativos de su respectivo ambito institucional. b. Realizar el estudio y analisis de la documentacion derivada a su Secretaria por la Secretaria General. c. Asumir el control de la informacion sobre los temas relacionados a los asuntos antarticos, en el ano que su Instituto se encuentre a cargo de la expedicion a la Antartida. d. Otros que le asigne el Secretario General.

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