Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003
a) Organo de Direccion Jefatura b) Organo Consultivo Comite de Alto Mando Conjunto c) Organo de Planeamiento Estado Mayor Conjunto d) Organo de Asesoramiento

NORMAS LEGALES

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Oficina de Asesoria Juridica Oficina de Planes Programas y Presupuesto e) Organos de Ejecucion Fuerzas Asignadas f) Organos de Apoyo Secretaria General Oficina de Administracion Oficina de Servicios Generales Oficina de Informacion Articulo 71º.- Jefatura El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es un Oficial General de Division de MORDAZA, Vicealmirante de Comando o MORDAZA General de MORDAZA Comando y Combate en situacion militar de actividad, designado por el Presidente de la Republica, a propuesta del Ministro de Defensa, mediante Resolucion Suprema, entre los tres oficiales mas antiguos en el escalafon conjunto de las Instituciones Armadas. El cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es ejercido a dedicacion exclusiva por un periodo no mayor de dos anos. En caso excepcional, puede ser prorrogado, por un ano adicional, a iniciativa del Presidente de la Republica, siempre que se encuentre en situacion de actividad. El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es la autoridad militar encargada de ejecutar, al mas alto nivel, el planeamiento, coordinacion, y conduccion de las operaciones y acciones militares conjuntas de las Instituciones Armadas, en cumplimiento de la Politica de Defensa Nacional. A traves MORDAZA, el Ministro de Defensa dirige el planeamiento de las operaciones y acciones militares conjuntas de las Instituciones Armadas, en cumplimiento de la Politica de Defensa Nacional. Al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se le confiere, en el periodo de desempeno del cargo, la denominacion distintiva de General de Ejercito, MORDAZA o General del Aire, segun corresponda, ostentando los distintivos correspondientes, y considerandosele el de mayor precedencia en el referido grado, mientras desempena el cargo. Al MORDAZA en sus funciones, el Jefe del Comando Conjunto pasara a la situacion militar de retiro, considerandose, para tal efecto, cumplido el tiempo MORDAZA de servicios como Oficial, conforme a lo establecido en la Ley de Situacion Militar. El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en atencion al cumplimiento de sus funciones, tiene adscrito el Estado Mayor Conjunto, el que estara compuesto por personal de las tres instituciones armadas. Articulo 72º.- Atribuciones del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Son atribuciones del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; a. Dirigir y representar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas b. Ejecutar el planeamiento, preparacion, coordinacion y conduccion de las operaciones y acciones militares conjuntas de las Fuerzas Armadas, en coordinacion con los Comandantes Generales de las Instituciones Armadas. c. Planificar, preparar y conducir, coordinadamente con los Comandantes Generales de las Instituciones Armadas, la participacion de las Fuerzas Armadas en las Misiones de Paz convocadas por la Organizacion de las Naciones Unidas, y en aquellas en las que medie en compromiso de participacion del Estado peruano. Asi mismo, la participa-

cion conjunta de las Instituciones Armadas, dispuesta, por el Ministro de Defensa, en los programas y actividades del Instituto Nacional de Defensa Civil, de la Comision Nacional de Asuntos Antarticos y del Consejo Nacional del Ambiente. d. Coordinar con la Direccion General de Politica y Estrategia y con los Comandantes Generales de las Instituciones Armadas, la ejecucion, en el ambito militar, de los acuerdos y compromisos internacionales acordados por el Estado, destinados al fomento de las medidas y acciones de confianza mutua con los paises limitrofes del Peru, y con terceros estados, en virtud de los acuerdos bilaterales o multilaterales en materia de Defensa y Seguridad, suscritos por el Peru. e. Planificar, preparar y conducir la participacion de las Instituciones Armadas en las acciones civicas conjuntas y combinadas. f. Proponer al Ministro de Defensa, en coordinacion con los Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas, los requerimientos presupuestales operativos y de material militar; asi como las necesidades de Reserva y de Movilizacion destinadas a garantizar el optimo desarrollo de las acciones y operaciones militares conjuntas. g. Proponer al Ministro de Defensa, planes y programas de desarrollo conjunto de las Fuerzas Armadas en el ambito militar, destinados a implementar el accionar conjunto y la interoperatividad de las Instituciones Armadas. h. Proponer al Ministro de Defensa, planes y programas de modernizacion y mantenimiento de la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas, en concordancia con los objetivos de la Politica de Defensa Nacional. i. Asesorar al Ministro de Defensa en temas de indole militar. j. Convocar y presidir las sesiones del Comite de Alto Mando Conjunto. k. Integrar el Consejo Superior de Defensa, en calidad de miembro permanente. l. Administrar los recursos humanos y financieros que le MORDAZA asignados, en atencion al cumplimiento de sus funciones. m. Establecer la doctrina y procedimientos para el planeamiento, preparacion, coordinacion, conduccion y ejecucion de las operaciones y acciones militares conjuntas de las Fuerzas Armadas. n. Participar en la formulacion de la Politica de Defensa Nacional. o. Difundir y supervisar el cumplimiento de la normativa nacional e internacional y los acuerdos suscritos por el Estado, en materia de promocion y defensa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. p. Expedir las resoluciones y reglamentacion pertinente, en atencion a su competencia funcional. q. Ejercer las demas funciones inherentes a su cargo. CAPITULO II DIRECCION GENERAL DE POLITICA Y ESTRATEGIA Articulo 73º.- Alcances Generales La Direccion General de Politica y Estrategia es el organo encargado de proponer al titular del Sector la Politica de Defensa Nacional, asi como la MORDAZA del planeamiento integral, movilizacion, investigacion y desarrollo de esta. MORDAZA, orienta, evalua y supervisa, el planeamiento, presupuesto, inversion publica, organizacion, programacion, doctrina, estadistica e informatica del Sector Defensa. Establece relaciones de coordinacion internacional e intersectorial sobre la materia. La Direccion de Politica y Estrategia, depende funcionalmente del Ministro de Defensa. Articulo 74º.- Funciones Son funciones de la Direccion General de Politica y Estrategia: a) Proponer al titular del Sector la Politica de Defensa Nacional. b) Proponer los objetivos y estrategias de la Defensa Nacional. c) Formular y difundir la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. d) Normar, orientar, evaluar y supervisar el planeamiento estrategico del Sector, acorde con la Politica de Defen-

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