Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2003 (27/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2003

Que, entre el 4 y 6 de agosto del 2003, se realizara en Chiang Mai, la reunion del Grupo de Trabajo de la Pequena y Mediana Empresa - SMEWG, como preparacion a la reunion de Ministros que tienen a su cargo el Grupo de la Pequena y Mediana Empresa, que se llevara a cabo del 7 al 8 de Agosto, asumiendo el Gobierno de Tailandia los gastos de estadia por 2 dias; Que, el senor Ministro de la Produccion, atendiendo a sus recargadas funciones de Ministro de Estado, no podra asistir a la reunion del Grupo de la Pequena y Mediana Empresa, motivo por el cual se ha designado en su reemplazo al senor MORDAZA Ferraro MORDAZA, Director Nacional de Industria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Industria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Ferraro MORDAZA, Director Nacional de Industria del Viceministerio de Industria del Ministerio de la Produccion, a las ciudades de Taipei - Taiwan y Chiang Mai - Tailandia, del 28 de MORDAZA al 11 de agosto del 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje del senor MORDAZA Ferraro MORDAZA, que comprenden los impuestos de salida del MORDAZA, pasajes aereos entre las ciudades de Taipei - Taiwan y Chiang Mai - Tailandia y viceversa, asi como los viaticos respectivos por su estadia en Chiang Mai - Tailandia, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de la Produccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos Tarifa CORPAC US $ 886.98 US $ 1,560.00 US $ 28.00

minima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 y 38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa". 14124

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran nulo otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, referida al servicio de mantenimiento de la carretera La Oroya, tramo HuanucoCarpish
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 580-2003-MTC/02 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003 VISTO: Los recursos de apelacion interpuestos por E.M.V. La Marginal S.R.L. y J & L Contratistas Generales S.R.L., contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Acta de Adjudicacion de fecha 26 de junio del 2003, se llevo a cabo el acto privado de apertura de sobres de propuestas y otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/ 20.ZIX, para la contratacion de una microempresa que preste el servicio de mantenimiento rutinario por niveles de servicios en la carretera La Oroya - Chicrin, Subtramo MORDAZA - Carpish, Km. 410+000 - Km. 460+000, otorgandose la Buena Pro al Consorcio Ymelda S.R.L. -Servicios y Suministros S.R.L.; Que, con fecha 4 de MORDAZA del 2003, E.M.V. La Marginal S.R.L. presenta recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, solicitando la nulidad del MORDAZA de evaluacion de propuestas y del otorgamiento de la buena pro; Que, con fecha 4 de MORDAZA del 2003, J & L Contratistas Generales S.R.L. presenta recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, solicitando la nulidad del MORDAZA de evaluacion de propuestas y del otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Oficio Nº 004-2003-MTC/15.02.PROVIAS-N-ZONAL IX-HCO C.E.P. recibido por E.M.V. La Marginal S.R.L. el 8 de MORDAZA del 2003, se le comunico que su recurso de apelacion no cumplia con los requisitos establecidos en los numerales 2 y 10 del articulo 168º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que deberia subsanar dichas omisiones dentro del plazo MORDAZA de dos dias; Que, por Oficio Nº 006-2003-MTC/15.02.PROVIAS-NZONAL IX-HCO C.E.P. recibido por J & L Contratistas Generales S.R.L. el 9 de MORDAZA del 2003, se le comunico que su recurso de apelacion no cumplia con los requisitos establecidos en los numerales 2 y 10 del articulo 168º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que deberia subsanar dichas omisiones dentro del plazo MORDAZA de dos dias; Que, con fecha 10 de MORDAZA del 2003, E.M.V. La Marginal S.R.L. cumple con subsanar el recurso de apelacion presentado, y con fecha 11 de MORDAZA del 2003, J & L Contratistas Generales S.R.L. cumple con subsanar el recurso de apelacion presentado; Que, con fecha 12 de MORDAZA del 2003, el Consorcio Ymelda S.R.L. - Servicios y Suministros S.R.L. cumple con absolver los traslados de los recursos de apelacion interpuestos por E.M.V. La Marginal S.R.L. y J & L Contratistas Generales S.R.L.;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debera presentar un Informe al Titular del Sector, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con MORDAZA a la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico del Ministerio de la Produccion, con la correspondiente rendicion de cuentas. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros cualesquiera fuese su denominacion o clase. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 14117 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 184-2003-PRODUCE/DNEPP Mediante Oficio Nº 772-2003-PRODUCE/DVM-PE el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 184-2003-PRODUCE/DNEPP, publicada en la edicion del 23 de MORDAZA de 2003, en la pagina 248572. DICE: "Ar ticulo 1º : Otorguese per miso de pesca ..........................., y utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) , en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa." DEBE DECIR: "Ar ticulo 1º : Otorguese per miso de pesca ..........................., y utilizando red de cerco con longitud

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