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PÆg. 247234 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 Artículo 2º.- Declárese la Nulidad del acto administrativo de cambio domiciliario efectuado por los ciudadanos a que se refiere el artículo anterior de la presente Resolución, debiendo la Gerencia de Procesos disponer la anotaciónrespectiva; asimismo, la imposición a cada ciudadano mencionado en el artículo anterior de una Multa de 2 UIT (equivalente a S/. 6,200.00 nuevos soles) a favor del RE-NIEC, encargándose a la División de Tesorería las accio- nes para su cobro. Artículo 3º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12201 S B S Sustituyen tercer considerando de la Res. SBS N” 780-2003, que autorizó emisión de bonos de arrendamiento financiero al Banco Internacional del Perœ - Interbank RESOLUCIÓN SBS Nº 945-2003 Lima, 24 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank, para que se le autorice la Cuarta Emi-sión de Bonos de Arrendamiento Financiero hasta por US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 780-2003 del 22 de mayo del 2003, se opinó favorablemente para que Inter- bank realice la Cuarta Emisión de Bonos de Arrendamien-to Financiero hasta por US$ 30 000 000,00 (treinta millo- nes y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional; Que, es necesario precisar que en Sesión de Directorio celebrada el 16 de julio de 2002 se había acordado autori- zar la Cuarta Emisión de Bonos de Arrendamiento Finan-ciero hasta por la suma US$ 50 000 000,00 (cincuenta millo- nes y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional, no obstante lo cual la Gerencia Generalen uso de las facultades delegadas por el mismo Directo- rio, fijó el monto de emisión en US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente enmoneda nacional; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Sustituir el tercer considerando de la Resolución SBS Nº 780-2003 por el siguiente texto: "Que, en Sesión de Directorio celebrada el 16 de julio de 2002 se acordó autorizar la Cuarta Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 dólares america-nos) o su equivalente en moneda nacional". Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 12231Designan representantes de la SBS para que actœen como liquidadores a cargode diversas empresas en liquidación RESOLUCIÓN SBS Nº 959-2003 Lima, 27 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 835-98 de fecha 28 de agosto de 1998, se encargó a la Comisión Admi-nistradora de Carteras la conducción y supervisión de los procesos liquidatorios vigentes a esa fecha, esto es, procesos liquidatorios bajo la vigencia del Decreto Le-gislativo Nº 770 y otros regulados por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº26702, en adelante Ley General, suscribiéndose el co- rrespondiente Convenio de Delegación de Facultades, aprobado por Resolución SBS Nº 1086-98 del 22 de oc-tubre de 1998; Que, por Decreto de Urgencia Nº 062-2002 de fecha 21 de noviembre de 2002, se dispuso la disolución de la Co-misión Administradora de Carteras en un plazo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigencia de dicha nor- ma, plazo que a la fecha se ha cumplido; Que, al haberse producido un hecho de fuerza mayor que impide la continuación del mandato otorgado por la Superintendencia a la Comisión Administradora de Car-teras, corresponde dar por concluido el Convenio de De- legación de Facultades celebrado con dicha Comisión y adoptar las medidas para la adecuada recepción y conti-nuación de los procesos liquidatorios que le fueran en- comendados; Que, por Resolución SBS Nº 958-2003 de fecha 26 de junio de 2003 se resuelve dar por concluido el encargo de conducción, representación y seguimiento administrativo de las empresas del sistema financiero y de seguros enliquidación que le fuera encomendado a la Comisión Admi- nistradora de Carteras por Resoluciones SBS Nºs. 835-98 y 054-99, así como el Convenio de Delegación de Funcio-nes aprobado por Resolución SBS Nº 1086-98; Que, el encargo de los procesos liquidatorios de las empresas del sistema financiero y del sistema de segurosa personas jurídicas debe llevarse a cabo mediante con- cursos públicos; Que, en tanto duren los procesos de selección de las personas jurídicas a que se hace mención en el consi- derando anterior, la Superintendencia de Banca y Segu- ros debe designar a las personas que transitoriamentese harán cargo de la administración de los procesos li- quidatorios transferidos; toda vez que la paralización de dichos procesos hasta la selección correspondiente re-sultaría perjudicial para los acreedores de las empresas en liquidación; y los valores de los activos se verían afectados; Que, esta Superintendencia considera que siendo im- perativo y necesario que las actividades de los procesos liquidatorios continúen, resulta conveniente designar comoliquidadores de las empresas financieras y seguros en li- quidación, a las personas que se mencionan en el artículo primero de la presente Resolución, así como otorgarles lasfacultades pertinentes, a fin de que lleven a cabo la labor encomendada; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Banca y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros, y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero .- En tanto se seleccione por concur- so público a las personas jurídicas a las que se les enco-mendará la administración de los procesos liquidatorios mencionados en la parte considerativa, se designa a los señores que se mencionan a continuación para que en re-presentación de la Superintendencia de Banca y Seguros, actúen como liquidadores a cargo de las siguientes empre- sas en liquidación: