Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2003 (31/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 31 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL MORDAZA
Aprueban remuneracion mensual de Presidente y Vicepresidente Regional y monto de dieta para Consejeros Regionales
ACUERDO REGIONAL Nº 001-2003-GRC/CRC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fechas cinco y veintisiete de febrero del dos mil tres, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad el siguiente ACUERDO REGIONAL: CONSIDERANDO: Que, los articulos 20º y 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar la Remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional; Que, el articulo 15º Inc. f) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar el monto de las dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional; Que, el articulo 12º del Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional del MORDAZA establece que los Consejeros tienen derecho a percibir dietas conforme a ley; ACUERDA: 1º.- APROBAR la remuneracion mensual que percibiran el senor Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional del MORDAZA durante el ano 2003, el que sera la suma similar a su equivalente en rango dentro del Poder Ejecutivo. 2º.- FIJAR por concepto de dietas para los Consejeros Regionales la suma equivalente a 1.5 de la UIT por las sesiones asistidas en el periodo efectivo mensual. 3º.- La inasistencia de los senores Consejeros Regionales a las sesiones del Consejo Regional seran materia de descuento de sus dietas en forma proporcional. MORDAZA, veintisiete de febrero del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 06184

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2003-GRC/CRC POR CUANTO: El Consejo Regional del MORDAZA, en Sesion Ordinariade fecha veintiseis de febrero del dos mil tres, ha tratado, debatido y aprobado el REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MORDAZA, en uso de las facultades concedidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, haciendo MORDAZA el Proyecto de Ordenanza Regional presentado; CONSIDERANDO: Que, el articulo 38º, paragrafo MORDAZA de la Ley Organica de Gobienos Regionales Nº 27867, modificada con la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar el Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional, mediante Ordenanza Regional. Que, la primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece que los gobiernos regionales, en sus tres instancias aprobaran mediante Ordenanza Regional su propio Reglamento de Organizacion y Funciones con arreglo a la presente Ley Organica, dentro de los sesenta dias siguientes de su instalacion. Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional, mediante Ordenanza Regional, MORDAZA y define la organizacion y funciones del Gobierno Regional del Cusco; establece los niveles e instancias, asi como precisa los deberes y derechos de sus integrantes y regula los procedimientos de la actividad descentralizada regional en concordancia con la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; Estando a lo expuesto, con la aprobacion unanime del Pleno del Consejo Regional del MORDAZA y la dispensa del tramite de aprobacion del Dictamen de Comision y en uso de las facultades conferidas por el articulo 21º, incisos h), p) y q), de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL, el mismo que consta de ocho titulos y ciento treinta y cinco articulos, siete disposiciones complementarias, transitorias y finales que forman parte anexa de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA, veintiseis de febrero del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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