Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2003 (14/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX o del Presidente del Tribunal Registral, como Organismo Tecnico Consultor de apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime conveniente para el mejor funcionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demas que le asigne el Superintendente Nacional de los Registros Publicos. Articulo 5º.- El Gerente Registral de la MORDAZA Registral Nº IX, o en su ausencia, el Registrador Publico de la Oficina Registral del Callao que aquel designe, actuara como Secretario Tecnico del Consejo Consultivo. Articulo 6º.- El Consejo Consultivo designara, mediante eleccion de sus integrantes, a su Presidente y Vicepresidente. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 7º.- El Consejo Consultivo sesionara en cualquier momento a pedido de su Presidente, del Superintendente Nacional, del Jefe de la MORDAZA Registral o de la mayoria de sus integrantes. El quorum para las reuniones sera de la mitad mas uno de sus miembros. MORDAZA de las actas, acuerdos y/o propuestas seran remitidos a la Superintendencia Nacional. Articulo 8º.- La MORDAZA Registral Nº IX prestara el apoyo tecnico y logistico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 09009

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Autorizan contratacion de empresa para servicio integrado de mantenimiento de hardware y software mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 046-2003-SEPS/S
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 VISTOS: el Memorandum Nº 50-2003-SEPS/IG de fecha 15 de MORDAZA de 2003 del Intendente General en el que da su conformidad al Informe Tecnico Nº 033-2003/OSI de fecha 14 de MORDAZA de 2003 de la Oficina de Sistemas de Informacion mediante el que se sustenta y solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa a la contratacion del servicio integrado de mantenimiento de Hardware (Predictivo y Correctivo) y Software para los equipos y servidores de alta disponibilidad que soportan el Sistema Integrado de Informacion de la SEPS, el Memorandum Nº 0045-2003-SEPS/OAJ de fecha 21 de MORDAZA de 2003 de la Oficina de Asuntos Juridicos y el Informe Tecnico - Legal de fecha 21 de MORDAZA de 2003 elaborado por MORDAZA Oficinas; CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de contar con un sistema integrado de informacion, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud implemento un Nodo de Telecomunicaciones e Informatica en un espacio construido especial-

mente, el que cuenta con equipos de alta tecnologia y seguridad, MORDAZA IBM; Que, para lograr la operatividad de los equipos que soportan la conexion e intercambio de informacion con el Nodo SEPS, durante los 365 dias del ano y a toda hora, es imprescindible contar con un servicio integrado de mantenimiento de Hardware (Predictivo y Correctivo) y Software; Que, el valor referencial esta previsto en el proyecto de bases administrativas aprobadas por la Intendencia General segun se advierte en el proveido recaido en el Informe Nº 0033-2003/OSI; Que, el Informe Tecnico de la Oficina de Sistemas de Informacion, concluye que en el MORDAZA solo la empresa IBM del Peru S.A. esta en condiciones de brindar de manera integrada el servicio de mantenimiento tanto de hardware como de software; Que, asimismo, en el Informe Tecnico se senala que resulta conveniente contratar dicho servicio de manera conjunta, en atencion a que la optima operatividad de los equipos del Nodo de Telecomunicaciones que soporta el sistema de informacion integrado de la SEPS requiere contar con una empresa que brinde ambos servicios simultaneamente, por cuanto el mantener coordinacion con dos empresas para solucionar problemas de software relacionados a problemas de hardware y viceversa, dilataria el tiempo de solucion de los mismos, situacion que ocasionaria el corte del servicio en un tiempo no determinado; Que, la Intendencia General ha expresado su conformidad con dicho Informe Tecnico; Que, el articulo 19º literal f) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, las contrataciones que se realicen cuando los servicios no admiten sustitutos; Que, asimismo, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la referida Ley establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas conforme al articulo 19º precitado se realizaran mediante un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo su exoneracion ser aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego de la entidad; Que, el Superintendente es el Titular del Pliego Presupuestario de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, conforme al articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS; Que, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Oficina de Sistemas de Informacion y la Oficina de Asuntos Juridicos conjuntamente han emitido el Informe Tecnico - Legal; y, Estando a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado a traves del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, asi como en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD; RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa para la contratacion con la Empresa IBM del Peru S.A.C. del Servicio Integrado de Mantenimiento de Hardware (Predictivo y Correctivo) y Software para los equipos y servidores de alta disponibilidad que soportan el Sistema Integrado de Informacion de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion y Finanzas a llevar a cabo la contratacion del servicio senalado en el articulo precedente mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia a cargo del Comite Especial que corresponda, en funcion del valor referencial previsto en el proyecto de bases aprobado por la Intendencia General. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de una MORDAZA de la misma y del Informe Tecnico - Legal que la sustenta, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 08922

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