Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2003 (24/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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ciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, conforme a la Autorizacion de Beca Nº 01905-2003, suscrita por el Coordinador Nacional de Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, con fines de capacitacion, de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA Ellard MORDAZA Stambury, inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 26 de MORDAZA al 17 de junio del 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado precedentemente seran financiados con cargo al Acuerdo de Gestion de Servicios Nº PER/01/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca Nº 019-05-2003. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el articulo 1º, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 09804

sentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa TRANSPORTES COMERCIALES FRADERA EIRL., para prestar servicio de transporte fluvial de carga, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO : Nacional o cabotaje : Irregular; Pucallpa ­ Atalaya y viceversa

TRANSPORTE : Carga general Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcaciones de su propiedad denominadas MF "San Juan" con matricula IQ-18519-MF, MF "Villarios" con matricula PA-7224-MF y AF "Navisa IV" con matricula IQ-10098AF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por la empresa a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado implica la obligacion por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania de Puerto de Pucallpa y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Ucayali. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 06575

Otorgan permiso de operacion a Transportes Comerciales Fradera E.I.R.L. para prestar servicio de transporte fluvial de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 080-2003-MTC/13
MORDAZA, 17 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-004347) presentada por la empresa TRANSPORTES COMERCIALES FRADERA EIRL., solicitando permiso de operacion para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las Empresas Navieras Nacionales; Que, la empresa TRANSPORTES COMERCIALES FRADERA EIRL., cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio de transporte fluvial de carga en trafico nacional y en servicio irregular; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20309728484; Que, mediante Informes Nº 037-2003-MTC/13.02, de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº 056-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion pre-

PODER JUDICIAL
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 377-2003-GG-PJ
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Memorandum Nº 1210-2003-SL-GAF-GG-PJ de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas y el Informe Nº 089-2003-AS-SL-GAFGG/PJ, del Area de Servicios de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas; y,

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