TEXTO PAGINA: 40
PÆg. 244794 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de mayo de 2003 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra EDWINAROCUTIPA SAIRA, por presunto delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09770 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 197-2003-JEF/RENIEC Lima, 21 de mayo de 2003 Visto, el Memorándum Nº 308-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 348-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 219- 2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 28 de febrero del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano CAR-LOS GUILLERMO FERRER GUERRERO, dada la simplifi- cación administrativa y en atención del principio de veraci- dad de las declaraciones y de los documentos, se presen-tó a solicitar inscripción en el Registro Único de Identifi- cación de Personas Naturales, utilizando para tal hecho documentos que no le pertenecen e ingresando datos fal-sos en instrumento público, con la intención de usurpar la identidad del ciudadano Wilson Dante Ferrer Guerrero, motivando la Cancelación de la Inscripción fraudulenta pordisposición de la Gerencia de Operaciones al tratarse de un trámite irregular; Que, aún cuando si bien, se ha procedido adminis- trativamente, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la FePública, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intere-ses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra CARLOS GUILLERMO FERRER GUERRERO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra CARLOS GUILLERMO FERRER GUERRERO, por presunto delito Contra la FePública, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09771 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 198-2003-JEF/RENIEC Lima, 21 de mayo de 2003 Visto, el Memorándum Nº 2002-99/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 100-99/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 254- 2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Aseso- ría Jurídica, de fecha 28 de febrero del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudada- no no identificado, dada la simplificación administrativay en atención del principio de veracidad de las declara- ciones, se presentó a solicitar inscripción en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales, utilizan-do para tal hecho documentos que no le pertenecen e ingresando datos falsos en instrumento público, con la intención de usurpar la identidad del ciudadano MarcoAntonio Yamashiro Donaire, motivando la Cancelación de la Inscripción fraudulenta por disposición de la Ge- rencia de Operaciones al tratarse de un trámite irregu-lar; Que, aun cuando si bien, se ha procedido adminis- trativamente, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsedad Ideológicay Genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra losque resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsa-bles, por presunto delito Contra la Fe Pública, en las modali- dades de Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09772