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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G39/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de noviembre de 2003 Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 22045 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 253-2003-VIVIENDA Lima, 25 de noviembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1641-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES; , mediante el cual se poneen consideración el Informe Nº 007-2003-2-4414, InformeEspecial "Incumplimiento de Normas y Procedimientos re-lativos a plazos para la aprobación de Presupuestos Adi- cionales de Obras"; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho contenidos en el Informe Nº 007-2003-2-4414, emitido por la Oficina de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Infraes- tructura Educativa y de Salud - INFES, denominado InformeEspecial "Incumplimiento de Normas y Procedimientos relati-vos a plazos para la aprobación de Presupuestos Adicionalesde Obras", del 30 de septiembre de 2003, se ha concluido so-bre la presunta responsabilidad civil por parte de los ex - Fun- cionarios: Ing. José Prietto Rubio, ex Gerente de Obras (e); Ing. Wenceslao Medina Ayala, ex Jefe de la Oficina Zonal VI -Huamanga; Dr. Domingo Eugenio Salinas Villavicencio, ex Jefe de la Oficina de Asesoría Legal; Ing. Lucio Vargas Oliver, exGerente de Obras (e); e Ing. Augusto Javier Quiroz Urcia, exJefe de la Coordinación Departamental de La Libertad; Que, como consecuencia de la acción de control se ha determinado el perjuicio económico causado a la Entidad, enun caso por la suma de S/. 19,011.15, ocasionado por la demo-ra en la aprobación de un adicional de obra que motivó ampliarel plazo contractual en 71 días calendario y en consecuenciareconocer mayores gastos generales por el monto señalado, y en otro caso por la suma de US $ 23,504.80, originado por el atraso en el pago de valorización que, igualmente motivó unaprórroga de plazo y el consiguiente reconocimiento de GastosGenerales, recomendándose, en tal sentido, se autorice el ini-cio de las acciones legales pertinentes por parte del Procura-dor Público Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el considerando que antecede de acuerdoa lo expuesto y a la participación de los mismos en los hechosmencionados; Que estando a lo dispuesto por el literal f) del artículo 15 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, es atribución del sistema, emitir, como resultado de las acciones de controlefectuadas, los informes respectivos con el debido sustentotécnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el ini-cio de acciones administrativas y/o legales que sean reco-mendadas en dichos informes, motivo por el cual resulta nece- sario autorizar a la Procuraduría Pública Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Edu-cativa y de Salud - INFES, para que interponga las accionesjudiciales que correspondan; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí- dica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Pú- blica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Insti-tuto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, a interponer las acciones judiciales pertinentes con- tra los ex - Funcionarios: Ing. José Prietto Rubio, ex Ge-rente de Obras (e); Ing. Wenceslao Medina Ayala, ex Jefede la Oficina Zonal VI - Huamanga; Dr. Domingo EugenioSalinas Villavicencio, ex Jefe de la Oficina de AsesoríaLegal; Ing. Lucio Vargas Oliver, ex Gerente de Obras (e); e Ing. Augusto Javier Quiroz Urcia, ex Jefe de la Coordina- ción Departamental de La Libertad, comprendidos en elInforme Nº 007-2003-2-4414, Informe Especial "Incumpli-miento de Normas y Procedimientos relativos a plazos parala aprobación de Presupuestos Adicionales de Obras", del30 de septiembre de 2003, emitido por la Oficina de Audi- toría Interna del INFES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a quese contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 22046 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2003-VIVIENDA Lima, 25 de noviembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1684-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autori-ce a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada de los asun- tos judiciales del INFES, a interponer acciones judiciales que correspondan, contra el Ing. JORGE ENRIQUE QUE-VEDO LEZAMA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 16 de febrero de 1995, el InstitutoNacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrató con el contratista Ing. JORGE ENRIQUE QUE- VEDO LEZAMA, la ejecución de obras de infraestructurapara el C.E. NACIONAL DE MUJERES "BANDERA DELPERU", ubicado en el distrito de Pisco, provincia de Piscoy departamento de Ica, materia de la Licitación Pública Nº476-PRES/INFES´94; Que, concluida la ejecución física de la obra y levanta- da las observaciones formuladas, la obra fue recibida porla Comisión de Recepción, suscribiéndose el Acta de Re-cepción de Obra con fecha 12 de enero de 1996; aprobán-dose la Liquidación Final del Contrato de Obra medianteResolución de Gerencia General Nº 202-97-PRES-INFES del 13 de marzo de 1997, y su modificatoria la Resolución de Gerencia General Nº 490-97-PRES-INFES del 25 deabril de 1997; Que, de la inspección ocular efectuada al referido Cen- tro Educativo, por el Ing. Julio C. Castro Sánchez, quienmediante Informe Nº 098-2002-ACOT-GO-INFES-VI- VIENDA, de fecha 6 de diciembre del 2002, informa que se ha detectado la existencia de deficiencias constructivas yvicios ocultos, cuyas reparaciones son responsabilidad delcontratista Ing. JORGE ENRIQUE QUEVEDO LEZAMA,lo cual fue comunicado por la Gerencia de Obras al Con-tratista mediante Oficio Nº 3337-2002-GO-INFES-VIVIEN- DA, notificado notarialmente el 13 de diciembre del 2002; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 589- 2003-INFES-VIVIENDA del 20 de agosto del 2003, se apro-bó el Presupuesto que se requiere para la reparación delas deficiencias constructivas del citado centro educativo,por cuenta del Contratista, el que asciende a la suma de S/ . 68,531.26 (Sesenta y Ocho Mil Quinientos Treinta y Uno con 26/100 Nuevos Soles); la que fue puesta en conoci-miento del Contratista mediante Oficio Nº 1373-2003-GG-INFES-VIVIENDA, con fecha 26 de agosto del 2003, nopresentando el Ing. JORGE ENRIQUE QUEVEDO LEZA-MA, impugnación alguna dentro del plazo otorgado, por lo que legalmente, ha quedado consentida;