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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G39/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de noviembre de 2003 2. ANTECEDENTES La Ley General de Servicios de Saneamiento Nº 26338 en su artículo 41º establece que los precios de los servi- cios colaterales, que por su naturaleza, sólo pueden serprestados por la empresa prestadora, EPS, se determina- rán de acuerdo al procedimiento que establezca SUNASS. El Reglamento de la referida Ley, en su artículo 91º, determinó que los servicios colaterales que deben tener precios establecidos dentro del proceso que determine SUNASS sean: la instalación y reubicación de conexionesdomiciliarias, el cierre y reapertura de conexiones, la revi- sión y aprobación de proyectos, la supervisión de obras y otros que determine SUNASS. Mediante Resolución Nº 252-2000-SUNASS se aprobó el primer procedimiento para la determinación de precios de los servicios colaterales, posteriormente y medianteResolución de Consejo Directivo Nº 079-2001-SUNASS- CD se derogó la resolución anterior y se establecía el pro- cedimiento que a la fecha se encuentra vigente. El Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM en inciso f) del artí- culo 26º establece que corresponde a la SUNASS la apro-bación de los precios por los servicios colaterales. La Ley Nº 27838, Ley de Simplificación y Transparencia establece condiciones que deben cumplir los organismosreguladores en la aprobación de precios y tarifas regula- das. Entre estas exigencias está la obligación de realizar audiencia pública previa a su aprobación. 3. DIAGNÓSTICO DE LA REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS COLATERALES La norma que regulaba anteriormente la prestación de los servicios colaterales era una Directiva aprobada con la Re-solución Nº 079-2001-SUNASS-CD y que establecía un aná- lisis de costos para cada uno de los servicios colaterales to- mando como base especificaciones técnicas y rendimientosestándar para todas las EPS y precios de materiales y mano de obra de acuerdo a una división del país por regiones. De este modo, las EPS calculaban sus costos tomando como mínimos los rendimientos y máximas las cantidades y precios de los materiales y mano de obra; luego, éstos eran alcanzados a la SUNASS para su revisión y, de ser conformes, las EPSprocedían a su aprobación y aplicación, previa publicación. El procedimiento mencionado permitió, en todo caso, que se aprobaran los precios de los Servicios Colateralesde 31 EPS, quedando pendientes la revisión y aprobación de los precios de 14 EPS. 4. PROBLEMÁTICA DE LA REGULACIÓN ACTUAL DE LOS SERVICIOS COLATERALES El procedimiento vigente para la aprobación de precios de los servicios colaterales tiene los siguientes problemas: a) La aprobación de los precios se encuentra en manos de las EPS, debiendo hacerlo la SUNASS, de acuerdo a lo dispuesto en su Reglamento General. b) El procedimiento actual no incluye todas las exigencias de transparencia y participación de la sociedad civil. Concre- tamente no ha previsto la realización de audiencias públicas. c) El sistema de estandarizar las especificaciones téc- nicas impide que los servicios colaterales se ajusten a las necesidades particulares de cada EPS. d) De igual forma, los rendimientos y cantidades están- dar para los elementos que intervienen en la prestación de los servicios colaterales no reflejan necesariamente las ca-pacidades y habilidades particulares de cada EPS o región. e) Los precios establecidos para cada una de las zo- nas, al ser promedios terminan beneficiando a algunas EPSy perjudicando a otras. f) Existen 14 EPS que no han procedido a la fijación de precios por los servicios colaterales, de acuerdo a lo dis-puesto por la Directiva aprobada con la Resolución Nº 079- 2001-SUNASS-CD. 5. OBJETIVO A ALCANZAR Establecer un nuevo procedimiento para la fijación de precios de los servicios colaterales de acuerdo con las dis-posiciones legales vigentes y con las facultades propiasde la SUNASS.Contar con una metodología y criterios técnicos que permitan el cálculo del precio en las condiciones de cali-dad y costo más favorables para los usuarios. 6. ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN A LA PROBLE- MÁTICA Tenemos las siguientes alternativas de solución:a) Dejar vigente la Directiva aprobada con la Reso- lución Nº 079-2001-SUNASS-CD Esta alternativa queda descartada por cuanto implica que la SUNASS no ejerza su función de aprobación de los precios de los servicios colaterales. Además, tampoco secumpliría con las exigencias de transparencia al no reali- zarse las audiencias públicas previas a su aprobación. b) Modificar la Directiva aprobada con la Resolución Nº 079-2001-SUNASS-CD Esta modificación estaría orientada a lograr que la aproba- ción de los precios de los servicios colaterales sea a cuenta dela SUNASS, con la previa realización de audiencias públicas. Esta alternativa, sin embargo, presenta la desventaja de mante- ner los problemas derivados de la estandarización de especifi-caciones, rendimientos y precios, por lo tanto es previsible que en las audiencias públicas aparezcan estas diferencias y pro- voquen reacciones adversas de parte de los usuarios. c) Derogar la Directiva aprobada con la Resolución Nº 079-2001-SUNASS-CD y sustituirla por una norma que resuelva sus deficiencias Esta alternativa surge, en todo caso, como la mejor. De un lado, permite ajustar el procedimiento a lo que establece el mar- co normativo vigente, es decir, con la aprobación de SUNASSprevia audiencia pública y, por otro, permite salvar los inconve- nientes generados por la estandarización de las especificacio- nes, precios y rendimientos de la Directiva antes mencionada. 7. DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIO- NADA La alternativa seleccionada ha dado lugar al Reglamento que aquí presentamos, el cual establece un procedimiento enel que las EPS preparan una propuesta de precios para los servicios colaterales que prestan siguiendo las pautas conte- nidas en una Guía Metodológica que forma parte de la norma. Con la finalidad de optimizar los procesos de regula- ción, se establece que la aprobación de los precios de los servicios colaterales será simultánea a la aprobación delas fórmulas tarifarias de los servicios de agua potable y alcantarillado. De esta manera se realizarán conjuntamen- te las actividades de transparencia y de participación de lasociedad a través de las audiencias públicas. A diferencia del proceso de fijación de tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado, los precios delos servicios colaterales serán aprobados por la SUNASS, de conformidad con las facultades que le confiere el inciso f) del artículo 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Para la formulación de su propuesta la EPS establecerá las especificaciones técnicas de cada servicio colateral de manera que se defina la calidad y las condiciones de su pres-tación tanto para calcular su costo como para realizar luego las acciones de fiscalización que emprenderá la SUNASS. Para determinar el precio de los servicios colaterales, la EPS identificará las actividades que se deberán realizar para su prestación. Éstas tendrán la característica de ser unita- rias, es decir que podrán repetirse tantas veces como seanecesario para producir el servicio colateral; por ejemplo, si se trata de la instalación de conexiones domiciliarias, una actividad unitaria podría ser la excavación de la zanja para eltendido de la tubería, la cual podría medirse por metro lineal. Una vez que se han definido las actividades, la EPS calculará los costos en los que tiene que incurrir para eje-cutar una unidad de medida de la actividad. En el caso de nuestro ejemplo, determinará la cantidad de materiales, mano de obra, maquinaria y herramientas que se requeri-rán para excavar un metro lineal de zanja. Luego de la aprobación de los costos unitarios de cada actividad, la EPS podrá aplicarlos para calcular el precio deun servicio colateral específico. En el ejemplo, si se trata de una conexión que requiere de una zanja de 5 metros de longi- tud, multiplicará por 5 el costo unitario de la actividad “excava- ción de zanja” que luego de agregarlo al costo de las demásactividades con su correspondiente metrado servirán paracalcular el costo directo de la prestación del servicio.