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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de noviembre de 2003 CUENTAS CUENT AS DIVISIONARIAS SUB-DIVISIONARIAS Y OTROS NIVELES DE DESAGREGACIÓN 56 HACIENDA NACIONAL 562.01.03 Otros Recursos ADICIONAL 563.01.03 Otros Recursos 75 TRANSFERENCIAS 751.01.01 Recursos Ordinarios CORRIENTES RECIBIDAS 751.01.02 Recursos por Privatizacion y Concesiones 751.01.03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno 751.01.04 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 751.01.05 Corpor ación Andina de Fomento - CAF 751.01.06 F ondo Inversiones de Desarrollo de Ancash 751.01.07 FED ADOI 751.01.08 PL 480 Endeudamiento 751.01.09 PL 480 Donaciones Artículo 2º.- Dejar sin efecto a partir del 01 de enero del 2004, la utilización de la Cuenta Divisionaria 443 Gas-tos de Capital – Recursos por Privatización y Concesio-nes, cuya inclusión en el Listado de Cuentas del indicadoPlan Contable fue aprobada mediante Resolución de Con-taduría Nº 162-2003-EF/93.01. Artículo 3º.- La Cuenta Subdivisionaria 446.01 Recur- sos por Privatización y Concesiones, cuya inclusión en elListado de Cuentas del Plan Contable Gubernamental quese aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución,regirá a partir del 1º de enero del 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese,OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 22076 INACC /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G69/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/G6F/G20/G6C/G61/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4A/G65/G66/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G43/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 3837-2003-INACC/J Lima, 25 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, por motivo de comisión de servicios, el Ing. Juan Carlos Barcellos Milla, Jefe Institucional del Instituto Na-cional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, se au-sentará de la ciudad de Lima del 25 al 29 de noviembre del2003; Que, en consecuencia resulta necesario encargar las funciones del Jefe Institucional del Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero - INACC; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º, del Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero, Decreto Su-premo Nº 002-2003-EM; Con el visado del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Ing. JORGE SÁNCHEZ ALBAVERA, las funciones del Jefe Institucional del InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC, a partir del 25 al 29 de noviembre del 2003, conretención de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 22078OSINERG /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G62/G65/G2D /G72/GE1/G20/G70/G65/G72/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G45/G54/G45/G53/G45/G4C/G56/G41/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G73/G2D/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G79/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N º 195-2003-OS/CD Lima, 24 de noviembre de 2003 La empresa ETESELVA S.R.L. (en adelante “ETESEL- VA”) presentó al Organismo Supervisor de la Inversión enEnergía (en adelante “OSINERG”), una solicitud para quese determinen las compensaciones correspondientes a lassiguientes instalaciones de su Sistema Secundario deTransmisión (en adelante “SST”): Aguaytía-Tingo María (L-251), Tingo María-Paramonga Nueva (L-252 Antigua), Tin-go María-Derivación Antamina (L-252 Nueva), DerivaciónAntamina (también conocida como Vizcarra)-ParamongaNueva (L-253) y del sistema de transformación 220/138/10 kV en la subestación Tingo María (en adelante “LASINSTALACIONES”). Las compensaciones solicitadas, con-forme a la indicada solicitud, se encuentran contenidas endiferentes períodos comprendidos entre el 23 de diciembrede 1999 y el 18 de agosto de 2001. Es objeto del presenteacto administrativo la decisión adoptada por el OSINERGrespecto a la determinación de las compensaciones solici-tadas. 1. ANTECEDENTESQue, con fecha 22 de diciembre de 1999, se publica la Ley Nº 27239, por la cual se modifica el Artículo 62º de laLey de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”) esta-bleciéndose que las compensaciones por el uso de las ins-talaciones del SST serán reguladas por el organismo regu-lador; Que, mediante la Resolución Nº 006-2001 P/CTE pu- blicada el 12 de abril de 2001 por la Comisión de Tarifas deEnergía (hoy OSINERG), se determinó la remuneración,como parte del Sistema Principal de Transmisión (en ade-lante “SPT”) del Sistema Eléctrico Interconectado Nacio-nal (en adelante “SEIN”), de la línea Derivación Antamina-Paramonga Nueva (L-253) y del Sistema de Transforma-ción en la Subestación de Tingo María; Que, mediante la Resolución Nº 1449-2001 P/CTE, pu- blicada el 17 de agosto de 2001, el OSINERG, determinólas compensaciones correspondientes al SST de ETESEL-VA conformado por las líneas Aguaytía-Tingo María (L-251)y Tingo María-Derivación Antamina (L-252 Nueva); Que, con comunicación ETS-062-2003, recibida el 14 de mayo de 2003, ETESELVA ha solicitado al OSINERGdefina las compensaciones correspondientes a su SST parael período comprendido entre el 23 de diciembre de 1999 yel 18 de agosto de 2001, conforme al precedente estable-cido por el OSINERG en la Resolución OSINERG Nº 052-2003-OS/CD; Que, la solicitud de ETESELVA para fijar las compen- saciones se relaciona específicamente, con los siguientesactivos de transmisión: - Línea y celdas de transmisión del tramo Aguaytía-Tin- go María (L-251); - Línea y celdas de transmisión del tramo Tingo María- Paramonga Nueva (L-252 Antigua); - Línea y celdas de transmisión del tramo Tingo María- Derivación Antamina (L-252 Nueva); - Línea y celdas de transmisión del tramo Derivación Antamina-Paramonga Nueva (L-253); - Autotransformador 220/138/10 kV, Reactor 30 MVAR y celdas conexas en la subestación Tingo María; Que, mediante el Oficio Nº 177-2003-OSINERG-GART, el OSINERG puso en conocimiento de las empresas gene-radoras y de ETESELVA, la solicitud de esta última, con el