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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (02/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 252394 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de octubre de 2003 Que, de la revisión de las propuestas técnicas presentadas, se desprende que el postor impugnan-te, Servicios Generales Integrados S.R.L., en el For-mato Nº 6, ha presentado la relación de 9 personas,otorgándosele 17.160 puntos, mientras que al postorganador, Servicio de Mantenimiento Chala S.R.L.- SER-MACH, se le ha asignado en dicho factor 20 puntos,es decir el máximo puntaje, habiendo presentado en elFormato Nº 6 la relación de 7 personas, lo que contra-viene el criterio de calificación establecido en el nume-ral 2.32 del literal A del Anexo 05 de las Bases, tenien-do en cuenta el número de trabajadores de cada pos-tor y el puntaje máximo que podía otorgarse a cadatrabajador; Que, dado que el criterio de calificación utilizado por el Comité Especial para otorgar el puntaje en el FactorPersonal Obrero Calificado es diferente al establecidoen las Bases, tal como se advierte en el CuadroComparativo de Evaluación de Propuestas, dicha califi-cación se ha efectuado en contravención de las mis-mas, y en contra de lo dispuesto por el Artículo 25º delTUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y Artículos 52º y 65º del Reglamento de la referi-da Ley; Que, de acuerdo a lo señalado por el Artículo 26º del Reglamento, el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda podrádeclarar de oficio la nulidad del proceso de selección porcontravención de las normas legales, debiendo expre-sar en la resolución que expida la etapa a la que seretrotraerá el proceso; Que, en tal sentido, y habiéndose verificado de acuer- do a lo expuesto precedentemente la infracción del Artí-culo 25º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado y Artículos 52º y 65º del Reglamento, asícomo de las Bases, corresponde declarar de oficio nulala Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-MTC/20.ZXV, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapade evaluación de propuestas, la misma que deberá serefectuada por el Comité Especial Permanente de acuer-do con los criterios de evaluación y calificación señala-dos en las Bases; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciar- se sobre el recurso de apelación interpuesto por Servi-cios Generales Integrados S.R.L.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo 013-2001-PCM y sus modificatorias, y las Bases de la Adjudica-ción Directa Pública Nº 0008-2003-MTC/20.ZXV; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar nula la Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-MTC/20.ZXV, convocada paracontratar a una empresa que preste el servicio de man-tenimiento rutinario por niveles de servicio en la carrete-ra Panamericana Sur, Subtramo 10: La Sierpe (Km.620+000) - Peñaprieta (Km. 714+000), por los funda-mentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución, debiendo retrotraerse dicho procesode selección hasta la etapa de la evaluación de propues-tas. Artículo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelación presentado por ServiciosGenerales Integrados S.R.L. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a los miembros del Comité Especial Permanente encargadode llevar a cabo la Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-MTC/20.ZXV. Artículo 4º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de loscinco (5) días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 18002Incluyen en el Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones de ProyectoEspecial de Infraestructura deTransporte Nacional licitación pœblica para obra en carretera La Merced-Sa- tipo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 817-2003-MTC/02 Lima, 1 de octubre de 2003 VISTOS:La Nota de Elevación Nº 673-2003-MTC/20, de la Dirección Ejecutiva, Memorando Nºs. 3279 y 3289- 2003-MTC/20-GAL e Informe Nº 044-2003-MTC/20- GAL/MBR de la Gerencia de Asuntos Legales, Memo-rándum Nº 2361-2003-MTC/20-GMR, Informe TécnicoNº 036-2003-MTC-20-GMR-ASLLy Memorándum Nº2380-2003-MTC/20-GMR de la Gerencia de Manteni-miento de la Red Vial Nacional e Informe Nº 737-2003- MTC/20-GPP de la Gerencia de Planificación y Presu- puesto del Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL e InformeNº 1320-2003-MTC/08 de la Oficina General de Aseso-ría Jurídica, relacionados con la solicitud de expediciónde la Resolución Ministerial para autorizar la exonera- ción de la Licitación Pública para la ejecución de la obra: Restablecimiento de la Transitabilidad de Carretera LaMerced – Satipo; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los términos del Informe Técnico Nº 036-2003-MTC-20-GMR-ASLL de la Gerencia deMantenimiento de la Red Vial Nacional del Proyecto Espe-cial de Infraestructura de Transporte Nacional - PRO-VÍAS NACIONAL, es necesario realizar trabajos pararestablecer la transitabilidad de la Carretera La Merced –Satipo , debido al colapso del tramo reticulado metálico de 92.80 m entre apoyos del Puente Reither, ubicado enel Km. 22+900, en el distrito de La Merced, provincia deChanchamayo, departamento de Junín, como conse-cuencia del impacto frontal de un vehículo de carga pe-sada, ocasionando la caída de la estructura metálica sobre el lecho del río; Que, de acuerdo al referido Informe Técnico es necesario efectuar trabajos de movilización ydesmovilización de equipo, demolición de la losa derodadura, desmontaje y transporte de la estructurametálica colapsada a talleres, transporte de la Estruc- tura Metálica Provisional Mabey Compact 200 Tipo DSHR2* de Tablero Metálico Extra –ancho 4.20 m.,construcción del apoyo intermedio de soporte del Puen-te Provisional y montaje de la Estructura Metálica Pro-visional; Que, asimismo, se señala en el Memorándum Nº 2380- 2003-MTC/20-GMR de la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial, que los trabajos a realizarse son losnecesarios para instalar un puente provisional en reem-plazo del puente colapsado, constituyendo una obra,por lo que se solicita la exoneración del proceso de Lici-tación Pública; Que, el costo de los trabajos a ejecutarse se estima en la suma S/. 1 300, 000.00 (un millón trescientos mil y00/100 nuevos soles) incluido el IGV y por el plazo de 3(tres) meses; Que, de acuerdo al Informe Nº 044–2003-MTC/20- GAL/MBR de la Gerencia de Asuntos Legales del Proyec- to Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, el plazo de tres meses es el esti-mado en el que se podrá llevar a cabo el proceso deselección correspondiente que permita ejecutar la obrapara el puente definitivo; Que, mediante Informe Nº 737–2003-MTC/20-GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto del Pro- yecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacio-nal – PROVÍAS NACIONAL, la ejecución de los trabajosa fin de restablecer la transitabilidad de la Carretera La