Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA ­ Satipo, cuenta con la disponibilidad presupuestal requerida y de acuerdo a la Estructura Funcional Programatica Ano Fiscal 2003, que se adjunta en Anexo Nº 1, el gasto se efectuara con cargo a Recursos Ordinarios y Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 006 - Programa Nacional de Mantenimiento y Conservacion Vial; Que, asimismo se senala en el Informe Nº 737­2003MTC/20-GPP que la Licitacion Publica a exonerarse para restablecer la transitablidad de la mencionada via, cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto para su inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ano 2003 del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS Nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de caracter temporal, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, asi como de la planificacion, gestion y control de actividades y recursos economicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes o servicios u obras por el tiempo o cantidad, segun el caso, necesario para llevar cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe tecnico - legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, como es de conocimiento publico, el colapso del MORDAZA Reither ha originado que varias localidades del departamento de MORDAZA queden completamente aisladas, poniendo en grave peligro la salud e integridad de las personas que viven en dichas localidades; asi como el transporte de los alimentos hacia otras zonas del MORDAZA, por lo que de no adoptarse las medidas necesarias, el

perjuicio social a la poblacion usuaria de la referida via y el nivel de perdidas sera mayor; Que, en tal sentido, con el fin de que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL- continue con la prestacion de sus servicios esenciales y cumpla con las actividades que le son propias, es imprescindible reestablecer la transitabilidad de la Carretera La MORDAZA ­ Satipo, por lo que configurandose la causal prevista en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es viable declarar en situacion de urgencia la ejecucion de la obra: Restablecimiento de la Transitabilidad de Carretera La MORDAZA ­Satipo, autorizando la contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con el Informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 084-2003-MTC/01 y modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 353, 359, 450, 577-2003MTC/02 y Resoluciones Ministeriales Nºs. 727 y 8082003-MTC/01 la Licitacion Publica para la ejecucion de la obra: Restablecimiento de la Transitabilidad de la Carretera La MORDAZA ­ Satipo. Articulo 2º.- Declarar en situacion de urgencia la ejecucion de la obra a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial hasta por la suma estimada de S/. 1 300 000,00 (un millon trescientos mil y 00/ 100 nuevos soles) incluido el IGV. Articulo 3º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la Licitacion Publica a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infraestructura Nacional - PROVIAS NACIONAL, para que proceda a la contratacion de la ejecucion de obra a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y encargar a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL- determinar la dependencia u organo que se encargara de efectuar la referida contratacion. Articulo 5º.- La contratacion de la ejecucion de obra a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se efectuara con cargo a los Recursos Ordinarios y Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 006 - Programa Nacional de Mantenimiento y Conservacion Vial y por plazo de 3 (tres) meses, contados a partir de la suscripcion del respectivo contrato y/o en tanto concluya el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo 6º.- La presente Resolucion Ministerial; asi como el Informe Tecnico Nº 036-2003-MTC-20-GMRASLL y Memorandum Nº 2380-2003-MTC/20-GMR de la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL e Informe Legal Nº 13202003-MTC/08 seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, a la que se remitiran los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18066

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