Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, siendo la Entidad encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, la Ley Organica del RENIEC, Ley Nº 26497, senala que para cumplir con la finalidad expresada en el parrafo anterior, desarrollara tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que, el procedimiento de registro de las partidas o actas registrales de nacimiento, matrimonio y defuncion, y la expedicion de las mismas a los interesados, se encuentra centralizada en cada municipio, utilizandose en la mayor parte de ellos procedimientos manuales que ya han sido superados, generando problemas a la poblacion que requiere dichos documentos registrales, en particular a aquellos que radican lejos de la localidad donde han nacido o efectuado los actos civiles mencionados, cuya MORDAZA requieren; Que, en cumplimiento a la normatividad legal y con la finalidad de apoyar en forma efectiva a las municipalidades, a la vez que favorecer a la poblacion, el RENIEC ha desarrollado a traves de la Gerencia de Informatica y Estadistica, un sistema informatico de Registros Civiles, el que permitira alojar en medios magneticos, a traves de procedimientos automatizados, la informacion de las partidas contenidas en los libros de los registros civiles del MORDAZA, a la vez que realizar consultas y obtener dichas partidas en forma remota desde cualquier punto del MORDAZA, logrando con ello amplios beneficios a las municipalidades, a la poblacion, a la vez que un importante avance tecnologico, permitiendo de este modo un manejo integrado y eficaz de la informacion, conforme lo senala la ley; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ha adquirido una supercomputadora, en la que se alojara la Base de Datos de los Registros Civiles, a los que se refiere el parrafo anterior; Que, para tal fin se requiere el esfuerzo de las municipalidades en coordinacion con el RENIEC, a fin de que se digitalice la informacion de las partidas de nacimiento, matrimonio y defuncion, y se pueda alojar dicha informacion en la base de datos indicada; De conformidad a las atribuciones contenidas en la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la creacion de la Base de Datos de los Registros Civiles del Peru, la que estara alojada en la supercomputadora senalada, asi como el software desarrollado para la gestion de esta, elaborado por la Gerencia de Informatica y Estadistica-RENIEC. Articulo Segundo.- Aprobar las Especificaciones Tecnicas para la Digitalizacion de las Actas de Registros Civiles, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Informatica y Estadistica del RENIEC, a fin de proporcionar en forma gratuita a las municipalidades, el software correspondiente que permita ingresar la informacion digitalizada a la Base de Datos y efectuar la consulta y expedicion de partidas desde cada municipio. Articulo Cuarto.- Autorizar a las Oficinas del RENIEC a nivel nacional a expedir las partidas de nacimiento, matrimonio y defuncion pertenecientes a cualquier municipio del MORDAZA, que este integrado al sistema. Articulo Quinto.- Los ingresos que genere la expedicion de las partidas corresponderan a las municipalidades, deduciendose unicamente los gastos en que incurra el RENIEC, de conformidad a los convenios que se establezcan. Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia de Operaciones, a la Gerencia de Informatica y Estadistica

y a la Gerencia de Administracion del RENIEC, para que en un plazo de 30 dias calendario, establezcan los procedimientos tecnicos y administrativos para viabilizar la implementacion del sistema de Registros Civiles, establecido en la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 18060

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Declaran nulidad de adjudicacion directa selectiva sobre contratacion de servicio de mantenimiento de equipos termicos para la Gerencia de la Red Asistencial de MORDAZA
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 802-PE-ESSALUD-2003 MORDAZA, 26 de setiembre del 2003 VISTAS: La Carta Nº 01403-GRALA-ESSALUD-2003 mediante la cual la Gerencia de la Red Asistencial de MORDAZA solicita que se declare de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0310S00051-GRALA-ESSALUD-03 "Contratacion del Servicio de Mantenimiento de Equipos Termicos"; la Carta Nº 3890-OCAJ-ESSALUD2003 de la Oficina Central de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de MORDAZA del 2003, ESSALUD convoco a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0310S00051-GRALA-ESSALUD-03 con el objeto de contratar el servicio de operacion y mantenimiento de los equipos termicos para la Gerencia de la Red Asistencial de MORDAZA por el periodo de dos (2) meses, por un valor referencial total de S/. 54,417.68 (cincuenticuatro mil cuatrocientos diecisiete con 68/ 100 Nuevos Soles); Que, se invitaron para el referido MORDAZA de seleccion a las siguientes empresas: Servicios Integrados de Limpieza S.A. - Silsa; Ingenieria Termodinamica; Business y Boilers; Engineering Group S.R.L.; Ingenieria Proyectos Asesoramiento y Servicios S.A.C. - Inpas; MORDAZA Ingenieros S.A.C.; Termodinamica S.A.; CONSUCODE y PROMPYME. A dicho efecto, se presentaron para la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0310S00051GRALA-ESSALUD-03, las empresas: Servicios Integrados de Limpieza S.A. - Silsa; Engineering Group S.R.L.; Consorcio Termodinamica S.A. y S&CH Company S.A.C. e, Ingenieria Proyectos Asesoramiento y Servicios S.A.C. - Inpas; Que, segun Acta de Otorgamiento de la Buena Pro de fecha 1 de agosto del 2003, el Comite Especial otorgo la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0310S00051-GRALA-ESSALUD-03 a la empresa Engineering Group S.R.L.; Que, de acuerdo al articulo 83º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en las Adjudicaciones Directas, el plazo entre la Integracion de las Bases y la MORDAZA de Propuestas no podra ser menor de tres (3) dias; Que, en el presente caso, de acuerdo a lo previsto en el Anexo 1 "Calendario del MORDAZA de Seleccion" de las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva

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