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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G33/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 que se realizará en la fecha establecida en la convocato- ria. Artículo 15º .- El Director de la Asamblea de Delega- dos recibirá las propuestas de las candidaturas que se presenten. Esta elección se realizará cargo por cargo y por votación a mano alzada por mayoría simple. Artículo 16.- El Comité Electoral tiene las siguientes funciones: A. Absolver las tachas que se presenten contra los delegados y organizaciones inscritas en el Padrón Elec- toral. Las tachas se fundamentarán en el incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades. B. Elaborar el padrón definitivo luego de la absolución de tachas. C. Recepcionar las listas de candidatos que se pre- senten, hasta un día antes de la fecha fijada para la elec-ción. D. Conducir el proceso de elección de los represen- tantes ante el Consejo de Coordinación Distrital. Artículo 17º.- El Comité Electoral sesionará en la sede de la División de Participación Ciudadana, Registro yAcreditación de la Municipalidad Distrital de Comas. TÍTULO VI DEL PROCESO ELECTORAL Artículo 18º .- Oportunidad y supervisión de la elec ción.- El acto electoral se inicia en primera convocatoria a partir de las 09.00 horas. El Comité Electoral pasarálista a los asistentes. De no encontrarse la mitad más uno del total de representantes aptos conforme al pa- drón electoral, se dará un cuarto intermedio de 30 minu-tos, pasado lo cual se volverá a pasar lista y se dará paso al proceso de elección con los asistentes presen- tes. La elección es supervisada por el Jurado Nacionalde Elecciones, pudiendo contarse con la observación de otras instituciones. Artículo 19º.- Presentación de listas de candi- datos.- Hasta un día antes de la elección, el Comité Electoral recibirá la presentación de las listas de can- didatos que deberán estar integradas por los repre-sentantes de organizaciones sociales de diversa na- turaleza, conforme al artículo 102º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades. Dicha presentación deberá serhecha por escrito, conteniendo la firma de los candi- datos y el nombre de las organizaciones de las que son delegados. Artículo 20º.- De la identificación de las listas.- En sorteo público, el Comité Electoral asignará un número a cada una de las listas inscritas con la que se identificaráen el acto eleccionario. Artículo 21º.- El Comité Electoral procederá a llamar uno a uno a los delegados para que emitan su voto demanera personal, igual, libre y secreta. Para ello los de- legados deberán identificarse con su documento de iden- tidad ante el Comité Electoral, firmando el padrón electo-ral luego de la emisión de su voto. Artículo 22º.- La lista que obtenga la mitad más uno de los votos válidamente emitidos será procla-mada ganadora. De no haber lista ganadora se pro- cederá a una segunda vuelta que será realizada en acto seguido entre las dos que hayan obtenido las másaltas votaciones. En segunda votación será proclamada la lista que obtenga mayoría simple. Luego de realizada ésta yde existir empate, se definirá al ganador por sorteo. Artículo 23º.- Cualquier impugnación presentada por los delegados asistentes contra el resultado de laelección u otra situación que se produzca en el día de la elección, es resuelta por el Comité Electoral en única y definitiva instancia, en el mismo acto electo-ral. Artículo 24º.- El Comité Electoral proclamará a los candidatos que resulten electos, emitiéndose la respec-tiva acta electoral. Copia de dicha acta será remitida a la Alcaldía para la emisión de la resolución respectiva y en- trega de las respectivas credenciales que acrediten a losrepresentantes como tales, y otra copia del acta será en- tregada al representante del Jurado Nacional de Eleccio- nes.TÍTULO VII DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Artículo 25º.- Son funciones del Consejo de Coordi- nación Distrital: A. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Muni- cipal Distrital Concertado y el Presupuesto ParticipativoDistrital. B. Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales. C. Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos. D. Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo económico local sostenible. E. Otras que le encargue o solicite el Concejo Munici- pal Distrital. 17024 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 048-MDCH Chorrillos, 29 de agosto del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972 determina que la administración munici- pal adopta una estructura gerencial; Que, asimismo la nueva Ley Orgánica de Municipali- dades -Ley Nº 27972 prevé nuevos órganos dentro de la Organización Municipal; Que, la Oficina de Planeamiento propone además mo- dificar la organización de la Municipalidad Distrital de Cho- rrillos adoptando un diseño organizacional y funcional que permita la desconcentración de funciones y atribucionespara lograr una eficiente prestación de servicios públicos y administrativos para la Comunidad; Con las facultades determinadas por el artículo 9º in- ciso 3) de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el voto Unánime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la nueva ESTRUCTU- RA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, según anexo que forma parte de la pre-sente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que en cumplimiento de la presente ordenanza elabore yapruebe los Documentos de Gestión. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda dispo- sición que se oponga a lo dispuesto en la presente orde-nanza. Artículo Cuarto.- DISPONER su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese y comuníquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde