Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2003 (13/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 13 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
Anexo - Formato de Transferencia - Operativa

Pag. 251323

Gerencia de Gestion de Recaudacion Transferencia de Fondos - Ley de Amazonia Expediente Nº Nº de DUA (s)/DSI: Nombre del Declarante:

Beneficiario Partida Tesoro Publico 0000-213071 CTAR Callao (*) 0000-213136 ADUANAS 0000-213098 I.P.M. 0000-213128 Fondo Agrario 0000-213144 Sobretasa Adic. 0000-251798 SUNAT 0000-255106 Ingresos Varios 0000-213101 D.S. Nº15-94-EF 0000-225959 Indecopi 0000-255114 Tribunal Fiscal 0000-271543 Total Cargos Ley Amazonia 0000-263605

Ad Valorem 1.1.3.001

PECO 1.1.3. 002

Intereses Fracc. 1.6.2.001

IGV 1.1.4. 001

ISC 1.1.4. 002

Multas Intereses Tributarias 1.7.2.003 1.7.1.004

Otros Benef.

Total Cargos

Abono Amazonia

0.00 0.00

(*) Si la Aduana de Ingreso fue una Aduana de Provincias sustituir el nombre por Renta de Aduanas y consignar el numero correcto de la Cuenta. La Solicitud de Transferencia de Fondos - Ley de Amazonia (R.M. Nº 275-2002-EF/15) se atendera mediante la MORDAZA del presente Formato via FEDI.

16944

Dictan disposiciones para identificar ante la SUNAT el almacen del beneficiario del Sistema Anticipado de Despacho Aduanero
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA CIRCULAR Nº 009-2003/SUNAT/A 1. MATERIA 2. OBJETIVO : Sistema Anticipado de Despacho Aduanero. : Identificar ante la SUNAT el almacen del beneficiario del Sistema Anticipado de Despacho Aduanero.

96-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 114-2003-EF. 4. INSTRUCCIONES: De conformidad a lo dispuesto por el articulo 59º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 114-2003-EF; estando a la facultad conferida por la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809 Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 121-96-EF y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/ SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 El ultimo parrafo del articulo 59º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, modificado por el Decreto Supremo Nº 114-2003-EF, senala que los beneficiarios del Sistema Anticipado de Despacho Aduanero podran transportar directamente las mercancias a sus almacenes; en tal sentido, se precisa que la mercancia que ingrese bajo el referido

3. BASE LEGAL : Articulo 48º de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809. Articulo 59º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 121-

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