Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2003 (13/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, sabado 13 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Aprueban Procedimiento Especifico para devolucion de pagos al MORDAZA de la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, depositados en cuentas definitivas de beneficiarios de la recaudacion
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000401-2003/SUNAT/A Callao, 11 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, establecio que hasta el 31 de diciembre de 2000, la importacion de bienes que se destine al consumo en la Amazonia, se encontrara exonerada del Impuesto General a las Ventas, siendo prorrogado dicho plazo por las Leyes Nºs. 27392 y 27897 hasta el 31 de diciembre de 2001 y 31 de diciembre de 2003, respectivamente; Que el articulo 18º del Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley Nº 27037, aprobado por el Decreto Supremo Nº 103-99-EF, entre otras disposiciones, determina que el pago del IGV que se MORDAZA efectuado en la importacion de bienes cuyo destino final sea la Amazonia, sera considerado como un pago a cuenta sujeto a regularizacion en las Intendencias de las Aduanas de la Amazonia, cumpliendo los requisitos que especifica; Que el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 24599-EF/15 establece que el monto consignado por concepto del IGV, sera depositado integramente por las Intendencias de las Aduanas Maritima y Aerea del Callao y por la Intendencia de la Aduana de Paita, en la "Subcuenta Especial del Tesoro Publico Ley Nº 27037" que, para tal efecto, MORDAZA la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 275-2002EF/15 se senalan pautas para implementar el mecanismo de devolucion del Impuesto General a las Ventas pagado en las Intendencias de Aduanas a traves de las cuales se efectuo la referida importacion, cuando dicho Impuesto, de modo excepcional, no MORDAZA sido depositado en la "Subcuenta Especial del Tesoro Publico Ley Nº 27037"; Que en tal virtud resulta conveniente establecer el procedimiento operativo para su aplicacion en las Intendencias de Aduanas correspondientes; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el Procedimiento Especifico "Devolucion de Pagos al MORDAZA de la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia -Ley Nº 27037- depositados en las cuentas definitivas de los beneficiarios de la recaudacion" IFGRA-PE.01, procedimiento cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º. - Los expedientes de regularizacion en tramite, se adecuaran a lo dispuesto en el Procedimiento aprobado por la presente Resolucion en lo que este resulte aplicable. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas DEVOLUCION DE PAGOS AL MORDAZA DE LA LEY DE PROMOCION DE LA INVERSION EN LA AMAZONIA - LEY Nº 27037 DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS DEFINITIVAS DE LOS BENEFICIARIOS DE LA RECAUDACION I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para lograr la correcta y oportuna atencion de las solicitudes de acogimiento

posterior de devoluciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promocion Municipal (IPM) al MORDAZA de la Ley Nº 27037, para aquellos casos en que por omision no se MORDAZA consignado o por error se MORDAZA mal consignado en la Declaracion Unica de Aduanas (DUA) y en las Declaraciones Simplificadas de Importacion (DSI), los datos especificados en el Procedimiento Especifico INTA PE.01.15, que permiten establecer el destino de las mercancias importadas a la Amazonia y para que el monto de los impuestos sea depositado en la Sub Cuenta Especial Tesoro Publico Ley Nº 27037. Estas pautas permitiran regularizar y transferir los importes correspondientes a los montos que hayan sido depositados en las cuentas definitivas de las entidades beneficiarias de la recaudacion, como consecuencia del mencionado error u omision, a la Sub Cuenta Especial Ley Nº 27037. II. ALCANCE Este procedimiento es de aplicacion en las Intendencias de Aduana Maritima y Aerea del Callao, de Paita, Pucallpa, Iquitos, Tarapoto, MORDAZA, Salaverry, La MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA y Puerto MORDAZA asi como la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo. III. RESPONSABILIDAD El Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendentes, funcionarios y demas personal que interviene en las diferentes fases del presente procedimiento. IV. VIGENCIA A partir del .../9/2003 V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas y sus modificatorias, Decreto Legislativo Nº 809 del 19.4.1996. - Reglamento de la Ley General de Aduanas y sus modificatorias. Decreto Supremo Nº 121-96-EF del 24.12.1996. - Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia y sus modificatorias, Ley Nº 27037 del 30.12.1998. - Reglamento de la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, Decreto Supremo Nº 103-99-EF del 26.6.1999. - Dictan medidas complementarias a fin de permitir la aplicacion de la exoneracion del IGV a la importacion de bienes para consumo en la Amazonia, Resolucion Ministerial Nº 245-99-EF/15 del 8.12.1999. - Ley que restablece el reintegro tributario del impuesto general a las ventas a los comerciantes de la region de la MORDAZA, Ley Nº 27255 del 1.5.2000. - Ley que establece la aplicacion del IGV a las importaciones destinadas a la Amazonia y sobre el reintegro tributario segun la Ley Nº 27255, Ley Nº 27392 del 30.12.2000. - Modifican Resolucion mediante la cual se dictaron medidas complementarias para permitir la aplicacion de la exoneracion del IGV a la importacion de bienes para consumo en la Amazonia, Resolucion Ministerial Nº 2752002-EF/15 del 8.7.2002. - Establecen requisitos de MORDAZA de carta fianza para la importacion de bienes cuyo destino final sea la Amazonia o territorio comprendido en Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano, Ley Nº 27316 del 21.7.2000 y Decreto Supremo Nº 029-2001-EF del 22.2.2001. - Precisan aplicacion del Impuesto de Promocion Municipal para empresas industriales ubicadas en la MORDAZA de Frontera y en la Amazonia, Decreto Supremo Nº 362000-EF del 19.4.2000. - Establecen precisiones relativas a beneficios concedidos en la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, Directiva Nº 016-99/SUNAT del 31.12.1999. - Establecen requisitos para acogerse a beneficios tributarios establecidos en la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, Resolucion Nº 088-99/SUNAT del 29.7.1999, el cual ha sido derogado por la Resolucion Nº 044-2000/SUNAT del 25.3.2000 en la que Establecen Dis-

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