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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 2,545,773.80, conforme se muestra en los Anexos Nºs. 1; 2 y 3 del informe del SAT. Que, para verificar el financiamiento de dichos cos- tos y a partir de la información presentada por la Munici-palidad de Lince, se ha efectuado la estimación de losingresos potenciales por cada servicio, teniendo en cuen-ta las tasas y criterios establecidos en la Ordenanza Nº123-2004-MDL, así como el número de predios afectospara cada caso. Que, de este modo, el ingreso estimado por el Servicio de Limpieza Pública para el año 2005, as-ciende a S/. 4,129,384.80. Por el Servicio de Par- ques y Jardines se estima un ingreso anual de S/.1,465,335.60 y por el Servicio de Seguridad ciudada-na un ingreso equivalente a S/. 2,538,078.00, tal comose aprecia en los anexos 4; 5 y 6 del informe del SATrespectivamente; Que, del análisis se determina que la recaudación potencial por el servicio de Limpieza Pública, permi-tirá a la Municipalidad de L ince, financiar para el ejercicio 2005, el 99.9% de los costos incurridosen la prestación de dicho servicio, con un déficit deS/. 4,876.1 que será financiado con otros recursosmunicipales. Asim ismo, la recaudación potencial por el servicio de Parques y Jardines, permitirá financiarel 99.9% de los costos derivados de la prestación deeste servicio, con un déficit de S/. 1,093.30 y final-mente, la recaudación del servicio de Serenazgopermitirá el financiamiento del 99.7% del costo dedicho servicio, entendiéndose que la diferencia, equi-valente a 7,695.80 Nuevos Soles, será cubierta conotros recursos municipales. Ver Anexo Nº 7 del infor-me del SAT. ACORDÓ:Artículo Único.- Ratificar la Ordenanza Nº 123- 2004-MDL, que establece el marco legal del régimentributario y los importes de los Arbitrios de Limpieza Pú-blica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana co-rrespondiente al año 2005, en la jurisdicción de la Muni-cipalidad Distrital de Lince. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23532 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G74/G72/G69/G2D /G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 400 Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004 el Oficio Nº 01-90-000001821 emitidopor el SAT, que adjunta el expediente de la MunicipalidadDistrital de Pueblo Libre, sobre solicitud de ratificaciónde la Ordenanza Nº 152-MPL, precisada por el Decretode Alcaldía Nº 006-2004-MPL, por medio del cual la Mu-nicipalidad Distrital de Pueblo Libre, aprueba el régimentributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Públi-ca, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para elejercicio 2005 en su jurisdicción. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organiza-ción en su Dictamen Nº 210-2004-MML-CMAEDO; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, establece que las Ordenanzas en materia tributa-ria expedidas por las Municipalidades Distritales debenser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia y exigibi-lidad; por otro lado, la Municipalidad Metropolitana deLima, a través del Edicto Nº 227 otorgó al Servicio deAdministración Tributaria, SAT, la facultad de emitir opi-nión técnica acerca de las Ordenanzas que sobre mate-ria tributaria hubieren aprobado las MunicipalidadesDistritales y que sean sometidas a la ratificación delConcejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Inc.s) del Art. 6º). Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Consti-tución Política establecen la facultad de las Municipalida-des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos desu competencia, es decir, contribuciones y tasas, encon-trándose dentro de estas últimas los arbitrios municipa-les y los derechos por concepto de emisión mecaniza-da. En el mismo sentido, el artículo 60º de la Ley deTributación Municipal (Decreto Legislativo Nº 776), esta-blece la potestad municipal para crear, modificar y supri-mir tributos. Que, en virtud de lo señalado, la Municipalidad Distri- tal de Pueblo Libre, solicita la ratificación de la Ordenan-za Nº 152-MPL, precisada por el Decreto de Alcaldía Nº006-2004-MPL, por medio del cual, aprueba el régimentributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Públi-ca, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para elejercicio 2005 en su jurisdicción. Que, es necesario precisar que los importes por ar- bitrios municipales en el distrito de Pueblo Libre, estuvie-ron regulados por la Ordenanza Nº 132-MPL, publicadael 6 de febrero de 2004, mediante la cual se aprobó elmarco legal del régimen tributario de los Arbitrios de Lim-pieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgocorrespondiente al ejercicio 2004, la referida Ordenanzafue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Limaa través del Acuerdo de Concejo Nº 316, publicado el 12de noviembre de 2005. Que, asimismo, cabe señalar que la Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, estableció unnuevo procedimiento para la ratificación de las Orde-nanzas tributarias, su Sexta Disposición Final indica quesus disposiciones recién serán aplicadas para losprocedimientos de ratificación de las Ordenanzas Distri-tales vigentes a partir del año 2005, por lo que corres-ponde tramitar la presente solicitud según lo establecidoen dicha Ordenanza. Que, el literal a) del artículo 68º de la Ley de Tributa- ción Municipal, establece que los arbitrios son las tasasque se pagan por la prestación o mantenimiento de unservicio público individualizado en el contribuyente. Enefecto, en el caso de los arbitrios, los servicios públicosque las Municipalidades prestan a favor de los sujetospasivos pueden consistir en la limpieza pública y el man-tenimiento de parques y jardines. Que, en el presente caso y en ejercicio de sus faculta- des, mediante Ordenanza Nº 152-MPL, precisada por elDecreto de Alcaldía Nº 006-2004-MPL, la MunicipalidadDistrital de Pueblo Libre aprobó el régimen tributario delos Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques yJardines Públicos y Serenazgo correspondientes al ejer-cicio 2005. Que, sobre la configuración de la obligación tributa- ria, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 152-MPL estableceque el hecho generador de la obligación tributaria porconcepto de arbitrios lo constituye la prestación,implementación y/o mantenimiento de los servicios pú-blicos municipales de limpieza pública, parques y jardi-nes públicos y serenazgo a los contribuyentes de sucircunscripción. Que, el artículo 5º de dicha Ordenanza ha dis- puesto que los arbitrios municipales son tributos deperiodicidad mensual, estableciendo como fechamáxima para su pago el último día hábil del mes res-pectivo. Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 152-MPL, precisado por el Decreto de Alcaldía Nº 006-2004-MPL,señala que son obligados al pago en calidad de contribu-yentes los propietarios de los predios cuando los habi-ten, desarrollen actividades en ellos, se encuentrendesocupados o cuando un tercero habite y/o conduzca