Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2004 (04/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G30/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 0020 Reform ulación por reclamo 0022Decreto Supremo Nº 049-97-EF (L/C importación en nue- vos soles) 0023Sanciones para supervisoras 0026 Autoliquidación - tributos 0027 Autoliquidación - multas 0028 Pérdida del fraccionamiento Decreto Legislativo Nº 848 0029 Autoliquidación Art. 13º - acuerdo OMC 0030Cargo Art. 13º - acuerdo OMC (*) 0031 Dev olución de cheque por intervención bancaria 0032 Autoliquidación valor observado / Duda razonable espe- cial 0033Cargo valor observado Art. 17º OMC / Duda razonable especial(*) 0034 Autoliquidación de tributos - D. Leg. Nº 914 / Ley Nº 27681 0035 Autoliquidación de multas - D. Leg. Nº 914 / Ley Nº 27681 0036 Pérdida de fraccionamiento 0038 Percepción IGV 1001 Otros por acotación1002Cobro por encargo 1003Cobro por exceso en devolución OTROS 0012 Costas 0014 Sobr ante de caja 0015 Pago a cuenta 0024Decreto Supremo Nº 123-97-EF * Las liquidaciones de cobranza de los tipos 0017-Incidencias, 0018 Despacho Urgente, 0019 - Boletín químico, 0030 - CargoArt.13º OMC, 0033 - Cargo valor observado Art. 17º OMC/Duda razonable y 0038-Percepción IGV, se emitirán por Importaciones, por lo que se recomienda que estos tipos de liquidación de co-branza no se utilicen en otras áreas. DESCRIPCIÓN DE LOS TIPOS DE LIQUIDACIÓN DE COBRAN- ZA 0001 Cargos Para cargos emitidos por ajustes de una revisión documen- taria posterior de las declaraciones de Importación Sí se acota. 0003Sanciones Para multas.Sí se acota. 0005 Ejecución de carta fianza Para la cobranza realizada mediante la ejecución de una carta fianza en las aduanas operativas o las efectuadas por la Sede Chucuito.No se acota cuando se consigna como documento asocia- do "Declaración de importación" o "Liquidación de Cobran- za".La liquidación de cobranza debe ser cancelada el mismo día que se genera 0006 Trib utos no impugnados Cuando el usuario reclama una declaración de importación, se emite la presente liquidación para el cobro de los tribu-tos no impugnados, o de corresponder cuando no exista el documento liberatorio respectivo. No se acota. 0007 Trib utos suspendidos Para la emisión de cargos correspondiente a pólizas de im-portación/ declaración de importación acogidas al Decreto Ley Nº 22342 o Decreto Supremo Nº 019-1988-PCM. No se acota. 0008 Fraccionamiento Para el cobro de una cuota de fraccionamiento.No se acota. 0010Liquidación de tributos Para la liquidación de tributos de importación, cuando por algún motivo no se pueda liquidar en los módulos respecti- vos o cuando no exista un documento asociado. No utilizareste tipo para ‘Derechos Diferenciales" Sí se acota. 0013 Trib utos Diferenciales Para los siguientes casos: - Código Liberatorio 31 ó 32: de aplicación en las Inten-dencias de Aduana indicadas en el numeral 6 del rubro VI Normas Generales del procedimiento específico INTA- PE.01.15 "Exoneración del IGV é IPM a la importación de bienes para consumo en la Amazonía" - Ley Nº 27037", cuando una mercancía sale de una zona de tratamiento especial al resto del territorio nacional, debe pagar el monto liberado (se paga con L/C); o engeneral cuando se nacionaliza una mercancía que sale de una zona de tratamiento especial. - Transferencia: cuando una entidad que goza de cierto beneficio transfiere o vende el bien a otra entidad, se le debe cobrar a esta última el monto que se exoneró (se cobra con liquidación de cobranza).Sí se acota. 0016Cheques devueltos Para el cobro de cheques librados indebidamente como con- secuencia de un despacho. No se acota 0017Incidencias Para el cobro de las Incidencias por reconocimiento físico/documentario de las mercancías. Generadas por el módulo de Importaciones. Sí se acota. 0018Despacho Urgente/ Despacho Anticipado Para el cobro de las incidencias en la regularización deDespacho Urgente/ Despacho Anticipado. Generadas por el módulo de Importaciones. Sí se acota. 0019Boletín Químico Para el cobro de las Incidencias detectadas en el análisisquímico de muestras de las mercancías. Generadas por el módulo de Importaciones. Sí se acota. 0020 Reform ulación por Reclamo Para el cobro de cargos y m ultas, que como consecuencia de un recurso impugnativo el resultado fuera procedente en parte, se debe anular la liquidación inicial y reformular teniendo en cuenta la fecha de notificación de la primeraliquidación, para la correcta actualización del adeudo. Sí se acota. 0022Decreto Supremo Nº 049-97-EF (L/C Importación en So- les) Para cobrar la parte en soles de las importaciones que seacogen al Decreto Supremo Nº 049-97-EF y Decreto Su- premo Nº 045-99-EF. Sí se acota. 0023Sanciones para Supervisoras Para el cobro de sanciones a las empresas supervisoras.Sí se acota. 0026 Autoliquidación - Tributos Para el cobro de tributos liquidados por el propio deudor Se acota. 0027 Autoliquidación - Multas Para el cobro de multas liquidadas por el propio deudor. Se acota. 0028 Pérdida del fraccionamiento Decreto Legislativo Nº 848 Para incorporar al SIGAD el saldo pendiente de pago delas deudas que se acogieron al fraccionamiento especial Decreto Legislativo Nº 848 cuyo beneficio haya sido perdi- do.Sí se acota. 0029 Autoliquidación artículo 13º Acuerdo OMC-Duda Razona- ble General Para el cobro de tributos liquidados por el propio deudor, por ajustes efectuados en base al artículo 13º del Acuerdode la OMC. Sí se acota. 0030Cargo - artículos13º y 17º Acuerdo OMC-Duda Razonable General Para cargos formulados en el trámite de despacho, por ajus-tes efectuados en base a los artículos 13º y 17º del Acuer- do de la OMC. Generadas por el módulo de Importaciones.