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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G30/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 de Admisión Temporal o en los casos que por disposición legal así se establezca. 5. Las fianzas en efectivo presentadas por los viajeros no residentes que arriben al país por los aeropuertos inter-nacionales, deben regirse por el procedimiento IFGRA- PE.15 Pago - Extinción de Adeudos. Respecto a las garantías en efectivo, la recepción, cus- todia, devolución y control de las mismas se rige por las normas contenidas en el procedimiento IFGRA-PE.21 Re- cepción y Devolución de Garantías en Efectivo / artículo13º del Acuerdo de la OMC. 6. Para la aceptación, control y custodia, renovación, canje, devolución y ejecución de las Notas de CréditoNegociables y los Certificados Únicos de Compensación Tributaria, el personal encargado debe cumplir con el pro- cedimiento IFGRA-PE.16 Documentos Valorados. 7. Los terceros pueden otorgar garantía a favor del obli- gado principal, lo cual debe consignarse en el mismo do- cumento. Si el tercero declinara seguir garantizando aldeudor principal, la garantía sólo puede ser devuelta si el deudor principal canjea o renueva la misma. Procede la cobranza de la deuda sobre el patrimonio de los terceros que hubieren constituido garantías reales o personales a favor de la SUNAT, en respaldo de obliga- ciones del deudor, aún si éste se encontrara sujeto alSistema Concursal. 8. El personal encargado de la Superintendencia Na- cional Adjunta de Aduanas no debe admitir aquellas ga-rantías que no cumplan con los requisitos señalados en el presente procedimiento. 9. Sólo se aceptan cartas fianzas bancarias o finan- cieras como requisitos de admisibilidad de las reclama- ciones o apelaciones extemporáneas. 10. El usuario debe presentar sus solicitudes de acep- tación, renovación y devolución de garantías en las áreas de Trámite Documentario de las Intendencias de Adua- na, con excepción de las concernientes a los regímenesy operaciones aduaneras, en cuyos casos se ceñirán a lo dispuesto en sus respectivos procedimientos operativos. Para la aceptación, el usuario debe adjuntar a su so- licitud el original de la garantía, documentos que son re- mitidos al área correspondiente. La suspensión del plazo por renovación de garantías, opera desde que el usuario solicita a una institución pú- blica o privada, la expedición de una nueva garantía, acre- ditando documentariamente que el trámite lo inició antesdel vencimiento en que se encuentra obligado a presen- tar a la Aduana, hasta que dicha garantía sea puesta a su disposición. 11. La Intendencia de Fiscalización y Gestión de Re- caudación Aduanera, previa coordinación con las Inten- dencias de Aduana operativas, comunica a dichas Inten-dencias la no aceptación de las garantías emitidas por entidades que no cumplan con el honramiento de las mis- mas o sean sujetas de intervención por la Superinten-dencia de Banca y Seguros, así como de aquellas em- presas que registren acogimiento al sistema concursal, Ley Nº 27809. 12. Los jefes de las áreas que intervienen en la ejecu- ción del presente procedimiento son responsables de enviar a la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Re-caudación Aduanera, en forma permanente, las obser- vaciones y/o propuestas de modificación al mismo, para su mejor aplicación operativa. Asimismo son responsables a través de los Intenden- tes de Aduana de velar por el ingreso correcto y oportu- no de la información al módulo control de Fianzas delSIGAD. VII. DESCRIPCIÓNA) ACEPTACIÓN 1. El usuario presenta la garantía original y vigente en el área de regímenes definitivos, suspensivos, tempo- rales y de perfeccionamiento activo, destinos aduanerosespeciales o de recaudación, según corresponda. 2. La recepción y verificación del cumplimiento de los requisitos para el régimen, operación aduanera, fraccio-namiento, reclamaciones o apelaciones extemporáneas, así como los requisitos indicados en el numeral 2 del ru- bro VI Normas Generales, además de los requisitos espe-cíficos para cada garantía, lo realiza el personal encarga- do del área donde se generó el adeudo, o en el área de Recaudación de las Intendencias de Aduanas de la Repú-blica de corresponder, de acuerdo a los procedimientos establecidos y normatividad vigente. 3. Las garantías presentadas en el régimen aduanero de Drawback, deben presentarse ante el área de Recau-dación de las Intendencias de Aduana Aérea y Marítima del Callao, según corresponda, de acuerdo a lo estable- cido en el procedimiento INTA-PG.07 Restitución de Dere-chos Arancelarios - DRAWBACK. 4. Las cartas fianzas presentadas con las reclama- ciones o apelaciones extemporáneas, por adeudos ge-nerados por la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendencia Nacional de Técni- ca Aduanera e Intendencia Nacional de Prevención alContrabando son recibidas y verificadas por el área gene- radora del adeudo y de ser conformes se derivan a la Divi- sión de Control de Recaudación de la Intendencia de Fis-calización de Gestión de Recaudación Aduanera para su registro, control, custodia, y ejecución de corresponder. 5. La recepción y verificación de las cartas fianzas pre- sentadas en sustitución de una medida cautelar durante la suspensión temporal del procedimiento coactivo, así como de aquellas admitidas como medida cautelar en los proce-sos contenciosos administrativos, está a cargo del área de Recaudación. 6. Los Intendentes de Aduana están facultados para aceptar garantías nominales respecto a entidades que cuenten con el prestigio y solvencia moral, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley General de Adua-nas aprobada por el Decreto Legislativo Nº 809. 7. De no cumplir con los requisitos establecidos, el encargado de la recepción, no acepta la garantía corres-pondiente. 8. En caso de aceptación, el personal encargado en el área ingresa los datos de la garantía en el módulo deControl de Fianzas. 9. El jefe del área, en las Intendencias de Aduana de Lima Metropolitana, en forma aleatoria oficia a las enti-dades emisoras de las garantías en un porcentaje equi- valente a un quince por ciento (15%) de las cartas fian- zas, pólizas de caución o certificados bancarios en mo-neda extranjera aceptadas durante el mes calendario anterior, a fin de confirmar su autenticidad. Tratándose de las Intendencias de Aduanas del inte- rior del país, la confirmación, se realiza por el cien por ciento (100%) de las garantías aceptadas, debiendo cada Intendencia solicitar la confirmación directamente a la en-tidad emisora. Requisitos de las Garantías:A1) CARTA FIANZA: 1. Debe ser emitida por una entidad bancaria o finan- ciera debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros; 2. Nombres y apellidos, denominación de la sociedad o razón social de la persona afianzada; 3. Número y fecha de emisión;4. Otorgada a favor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, y señalando expresamente la obligación que garantiza; 5. Monto que garantiza, expresado en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Sólo se acepta el afian- zamiento en moneda nacional, cuando la deuda a garan-tizar se haya originado en esta moneda; 6. Suscritos por los funcionarios autorizados y refren- dada con sello o marca de seguridad de la entidad emi-sora; 7. Fecha de vencimiento, especificando hora, día, mes y año, añadiendo lo dispuesto en el artículo Nº 1898 delCódigo Civil, y lugar donde debe ser requerida; 8. No deben tener ningún tipo de enmendaduras, bo- rrones o tachaduras; 9. Tratándose de Carta Fianza presentada como re- quisito de admisibilidad de una reclamación o apelación extemporánea, dicha garantía debe cubrir el monto de ladeuda tributaria debidamente actualizada hasta por seis (6) meses posteriores a la fecha de interposición de la reclamación o apelación; la referida garantía debe otor-garse por un período de seis (6) meses; 10. En caso de Impugnación de Derechos, la Carta Fian- za Bancaria debe tener una vigencia no menor de tres (3)meses. 11. En caso de diferencia de valor en razón de Duda Razonable o Valor Provisional del Acuerdo de la OMC, la