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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G30/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 a) Día y hora de notificación. b) Nombre y apellidos del notificador. c) Número de DNI o Libreta Electoral del notificador. d) Nombre completo de la persona a quien se notifica.e) Dirección de la misma. f) Fecha y Número de la Liquidación de Cobranza. g) Descripción detallada de la fachada del inmueble (ubi- cación, color, número de pisos puertas y ventanas). h) Firma del notificador y sello de la empresa de men- sajería. En caso de negativa a la recepción, la empresa de mensajería fija la notificación en la puerta principal deldomicilio fiscal - cedulón. De existir oposición para fijar el cedulón, el notificador deja constancia de tal hecho dándo- se por válidamente notificado. 6. Recibida la cédula de notificación por los deudores, el personal responsable del área que emite (o de corres- ponder el área que notifica), verifica que la notificación sehaya efectuado correctamente e ingresa la fecha de notifi- cación en el módulo de Liquidación de Cobranzas, para efecto del cómputo de plazos y para que se encuentre ex-pedita para su cancelación. En el caso de publicaciones, la actualización la efec- túa el área que emite o de corresponder el área que noti-fica. A3) Cancelación 7. El usuario cancela la liquidación de cobranza en cualquier entidad bancaria autorizada, o en casos espe-ciales, en la Caja de la Intendencia de Aduana respecti- va, procedimiento IFGRA-PE.15 Pago - Extinción de Adeudos. 8. Si la fecha de pago es posterior al vencimiento, el sistema calcula automáticamente los intereses y de ser el caso los recargos, de acuerdo a lo indicado en elanexo 2. De resultar improcedente o inadmisible la re- clamación, el personal encargado del área que resuel- ve ingresa el resultado en el módulo de Liquidacionesde Cobranza, a efecto de que la liquidación se encuen- tre disponible para su cancelación. En el caso de las intendencias que no se encuentren interconectadas consus agencias aduaneras, la intendencia debe remitir a la agencia aduanera, copia del resultado de la recla- mación para su correspondiente actualización en el re-ferido módulo. 9. Realizado el pago, el sistema registra automática- mente la cancelación en el módulo de Liquidaciones deCobranza y en el módulo de Contabilidad, formato R-1 Registro Auxiliar de Recaudación de Tributos. 10. El área que emitió la liquidación de cobranza o, de corresponder, el área que notifica archiva los actuados y demás antecedentes de las liquidaciones que figuren canceladas en el módulo de Liquidaciones de Cobranza. B) RECLAMACIÓN 1. De verificarse a través del módulo de Trámite Do- cumentario que el deudor (contribuyente o responsable solidario) ha interpuesto reclamación, el personal desig-nado del área que notifica adeudos, remite los documen- tos originales o copia autenticada de las notificaciones y liquidación de cobranza al área encargada de resolver lareclamación, según el procedimiento IFGRA-PG.04 Re- clamos Tributarios; y actualiza esta situación en el módu- lo de Liquidaciones de Cobranza. 2. El área encargada de resolver la reclamación remi- te la resolución que resuelve la reclamación (previamen- te notificada) y todos sus actuados al área que emitió laliquidación de cobranza, pudiendo presentarse los si- guientes casos: a) Si el resultado es Improcedente, previo cómputo de plazos y verificación de la no existencia de recurso impugnativo, prosigue con las acciones de cobranza deladeudo. De resolverse procedente en parte, emite una nueva liquidación de cobranza (tipo de liquidación 0020), anu-lando la liquidación inicial. b) De declararse procedente, el área que emitió la li- quidación de cobranza anula la referida liquidación y re-mite los actuados al archivo. c) En el caso del inc. a) y de cancelarse el adeudo, el usuario realiza el pago en los Bancos y/o Caja de la Inten-dencia de Aduana de acuerdo a lo estipulado en el numeral 7 del presente procedimiento. d) En todos los casos señalados se ingresan los datos de la resolución en el módulo de Liquidaciones de Cobran-za, los cuales generarán en el módulo de Contabilidad los registros auxiliares; para el caso de pagos, el formato R-1 Registro Auxiliar de Recaudación de Tributos y para loscasos de anulaciones, el formato A-2 Registro Auxiliar de Diferencia de Cambio, Reliquidaciones, Liberaciones, Anu- laciones y Compensaciones. C) COBRANZA COACTIVA 1. De no cancelarse ni interponer recurso impugnati- vo dentro del plazo de ley, el área que emitió la liquidación (o de corresponder el área que efectuó la notificación), pre-via verificación de la exigibilidad del adeudo, remite los documentos de determinación al área de Cobranza Coac- tiva, según el procedimiento IFGRA-PG.07 Reglamento deCobranzas Coactivas, adjuntando para tal efecto, en origi- nal o copia autenticada, el documento de determinación, notificación, liquidación de cobranza, resoluciones notifi-cadas que resuelven los recursos impugnativos; corres- pondiendo al personal encargado efectuar la actualización en el módulo de Liquidación de Cobranzas. 2. Estando la deuda en cualquier etapa de cobranza, el deudor puede solicitar acogerse a determinado fracciona- miento procediendo la suspensión de la cobranza coactivasólo cuando el fraccionamiento haya sido aprobado y noti- ficado o cancele la cuota inicial cuando corresponda. D) EJECUCIÓN DE FIANZA 1. La ejecución de las garantías que se presentan por los diversos regímenes y destinaciones se ciñen a lo es- tablecido en el procedimiento IFGRA-PE.13 Garantías de Aduanas Operativas. 2. De existir carta fianza vigente de la agencia de adua- na y siendo estos responsables solidarios, los encarga- dos del área de Recaudación - Cobranza Coactiva de lasIntendencias de Aduana solicitan a la Intendencia de Fis- calización y Gestión de Recaudación Aduanera su eje- cución por las deudas exigibles; adjuntando la actualiza-ción y proyección de la deuda a un mes, cuyo proceso se encuentra enmarcado en el procedimiento IFGRA-PE.20 Garantías de Subcontratistas. VIII. FLUJOGRAMA Ver documentos impresos IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOSNo aplica X. REGISTROS - Liquidaciones de Cobranza formuladas. - Liquidaciones de Cobranza canceladas. ANEXOS1.Tipos de Liquidación de Cobranzas 2. Documentos Asociados - Modalidades de cálculo de recargos e intereses 3. Relación entre los tipos de L/C y la Codificación Unica de Documentos Aduaneros ANEXO 1 TIPOS DE LIQUIDACIÓN DE COBRANZAS 0001 Cargos 0003 Sanciones 0005 Ej ecución de carta fianza 0006 Trib utos no impugnados 0007 Trib utos suspendidos 0008 Fraccionamiento0010Liquidación de tributos 0013 Trib utos diferenciales 0016Cheques devueltos 0017Incidencias (*) 0018 Despacho urgente/anticipado (*) 0019Boletín químico (*)