Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

GRUPO FUNCIONAL (4) ORGANIZACIONES DE LA ECONOMIA LOCAL - Asociaciones de Comerciantes formales. - Asociaciones de Comerciantes informales. - Gremios empresariales. - Artesanos y similares. GRUPO FUNCIONAL (5) ORGANIZACIONES CULTURALES, EDUCATIVAS, DEPORTIVAS Y JUVENILES - Asociaciones Culturales. - APAFAS. - Clubes Deportivos. - Grupos Juveniles y similares. Articulo 17º.- REGLAS DEL ACTO ELECTORAL La eleccion sera votacion directa, universal y secreta. El delegado - elector sufragara solo por el candidato que representa a su grupo funcional correspondiente. Los sufragantes emitiran su MORDAZA en el grupo funcional correspondiente, para tales efectos se dispondra de cinco (5) anforas, una por cada grupo funcional. Se considerara MORDAZA valido cuando la interseccion del aspa o MORDAZA se encuentra dentro del recuadro. Se considerara MORDAZA nulo o viciado cuando se marque dos o mas candidatos o contenga MORDAZA o senales fuera del recuadro del candidato. Se considera MORDAZA en MORDAZA cuando no se ha marcado el aspa o MORDAZA dentro del recuadro ni expresado ninguna voluntad. Articulo 18º.- ACTA DE INSTALACION Al inicio del MORDAZA electoral se levantara el Acta de instalacion que contendra la siguiente informacion: 1. La hora de inicio del MORDAZA electoral, lugar, fecha y ano. 2. Numero de cedulas. 3. Observaciones, si las hubiera. 4. Dicha acta sera firmada por el Comite Electoral y los personeros debidamente acreditados de los candidatos que lo deseen. Articulo 19º.- ACTA DE ESCRUTINIO Al concluir el MORDAZA electoral se levantara el Acta de Escrutinio que contendra la siguiente informacion: 1) Hora de concluir el acta electoral. 2) Verificacion de la cantidad de sufragantes. 3) Verificacion de votos emitidos. 4) Relacion de votos preferenciales. 5) Votos en blanco. 6) Votos viciados. 7) Cualquier observacion o impugnacion por algun personero debera indicarse expresamente en el acta debiendola suscribir obligatoriamente. 8) Firma de los personeros que lo deseen. 9) Firma de los integrantes del Comite Electoral. Articulo 20º.- REPRESENTANTES ELECTOS Los candidatos que obtengan la mayoria de votos de los delegados - electores, en cada uno de sus grupos funcionales, seran los representantes electos. Articulo 21º.- IMPUGNACIONES Cualquier impugnacion a los resultados o eleccion de un delegado, sera resuelta en instancia unica por el Comite Electoral, dentro de las cuarentiocho (48) horas posteriores a su representacion. En caso que la impugnacion a un delegado MORDAZA sea declarada fundada, el delegado que ocupe el lugar siguiente en la votacion, sera proclamado como el representante electo. Articulo 22º.- PROCLAMACION El Comite Electoral al termino del computo final proclamara a los representantes elegidos. Articulo 23º.- INFORME FINAL Luego de la proclamacion de los representantes elegidos, el Comite Electoral, elaborara y elevara al Consejo de

Coordinacion Local Distrital el informe final sobre el desarrollo del MORDAZA electoral y el resultado del mismo, adjuntando las actas respectivas. CAPITULO MORDAZA OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 24º.- DEL PERIODO EN EL CARGO Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ejercen el cargo por un periodo de dos (2) anos. Son reelegibles por un periodo mas. Articulo 25º.- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, estan obligados a: A. Recibir las opiniones y propuestas de las organizaciones sociales de su grupo funcional, a traves de las dirigencias acreditadas ante el Registro de Organizaciones Civiles. B. Recibir las opiniones y propuestas de los delegados - electores para canalizarlas ante el Consejo. C. Coordinar permanentemente con los demas representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo, para concertar las opiniones o propuestas que presentaran. D. Presentar y sustentar ante el Consejo las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil que representan, independientemente de sus opiniones personales. E. Presentar ante las organizaciones de su respectivo grupo funcional, informes por escrito luego de cada periodo de sesiones contempladas en el articulo 103º de la Ley Organica de Municipalidades, respecto de los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido. Articulo 26º.- DE LOS DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil tienen los siguientes derechos: 1) Convocar a los delegados - electores de manera individual o conjunta a las reuniones de coordinacion e informacion que crean convenientes. 2) Senalar, de ser el caso, sus opiniones personales sobre las propuestas que presenten a nombre de sus representados. 3) Ser informados por otros representantes de las organizaciones de la sociedad civil sobre las propuestas que presentaran a las sesiones de Concejo. 4) Presentar su renuncia a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido, ante el Consejo. 5) Los demas que emanen de la Ley Organica de Municipalidades y las normas complementarias que se emitan. CAPITULO MORDAZA INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Articulo 27º.- INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO 1. El Consejo de Coordinacion Local Distrital se instalara cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital. 2. El Consejo de Coordinacion Local Distrital se reune ordinariamente dos (2) veces al ano y en forma extraordinaria cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital. 3. El quorum de las sesiones se establece con la mitad mas uno de sus miembros. En caso de no alcanzarse el quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria en los siguientes treinta (30) minutos, iniciandose la sesion con los integrantes que estuvieran presentes. 4. Los acuerdos que adopte el Consejo de Coordinacion Local Distrital se obtendran con el MORDAZA conforme de la mitad mas uno de los integrantes presentes. El Presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital tiene MORDAZA dirimente.

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