Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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nales propuestas y respetando el presupuesto institucional aprobado; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se MORDAZA y consolido los requerimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, consignados en el Anexo de la presente Resolucion; De conformidad, con lo dispuesto por el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, y en uso de las facultades establecidas por los Articulos 20º y 21º inciso "v" de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales". SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional del Callao, para el Ejercicio Presupuestal del Ano 2004, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer, que la Gerencia Regional de Administracion, remita MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y, a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, asi como, la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de aprobada. Asimismo, dicha Gerencia debera cautelar que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, se encuentre en la pagina Web de la Entidad y a disposicion de los interesados para su revision y adquisicion, en la Oficina de Logistica de la Entidad, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA II Nº 140 Bellavista - Callao. Registrese y comuniquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 01351

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Inician procedimientos disciplinarios a ex funcionarios del CTAR AMAZONAS
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 015-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR Chachapoyas, 15 de enero de 2004 VISTO: El Informe Nº 005-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-CR/CEPEAD, de fecha 15 de enero del 2004, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, se desprende del Informe Nº 100-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ, de fecha 27 de marzo del 2003, que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Amazonas - CTAR-AMAZONAS, no ha implementado la recomendacion 4.1. del Informe Nº 010-2001-CTAR-AMAZONAS/GRCI denominado "Auditoria a los Estados Financieros y Presupuestarios del CTAR-AMAZONAS, Ejercicio 2000", por cuanto no existe en los archivos de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, resolucion alguna constituyendo la Comision Espe-

cial de Procesos Administrativos Disciplinarios, menos se aperturo el MORDAZA administrativo respectivo; Que, el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, precisa que "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables"; Que, de conformidad con el articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, establece que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial integrada por 3 miembros acordes con la jerarquia del procesado; Que por otro lado, el articulo 175º de la MORDAZA legal MORDAZA mencionada, senala que tambien son pasibles de ser sometidos a un MORDAZA administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores publicos, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, constituida mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 673-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 10 de diciembre del 2003, luego de examinar el Informe Nº 100-2003/GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ y demas actuados, recomienda se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el ex funcionario implicado; por lo que corresponde se expida la respectiva Resolucion; Estando a lo MORDAZA expuesto, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y en uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902; con el visto MORDAZA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Amazonas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Amazonas - CTAR AMAZONAS, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RODRIGUEZ; por las causales expuestas en el informe de visto y en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR con la presente Resolucion al procesado, para que en el plazo de cinco (5) dias habiles de notificado, mas el termino de la distancia, presente su descargo respectivo, conforme a Ley. Articulo Tercero.- ORDENAR la remision de los antecedentes a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, constituida mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 673-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 10 de diciembre del 2003, para los fines que contrae la presente Resolucion; exhortandole a que el incumplimiento del plazo senalado en el articulo 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, configura falta de caracter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el presente acto administrativo a las Instancias Internas del Gobierno Regional de Amazonas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 01290

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