Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA
Aprueban el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho-Chosica
ORDENANZA Nº 046-CDL-CH Chosica, 18 de diciembre del 2003 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 019-2003/CALMBRC-MDLCH de fecha 17 de diciembre del 2003 y el Informe Nº 078-2003/SGMDLCH de fecha 2 de diciembre del 2003, con el Anteproyecto de Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, regula la organizacion y estructura del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho Chosica, concordante con el articulo 7º del mismo cuerpo legal; Que, este Consejo es un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil del distrito en el MORDAZA de planeacion local, que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo, conforme lo expresa el Art. IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el mencionado Consejo esta constituido por el MORDAZA Distrital, los Regidores Distritales, el MORDAZA del Centro Poblado de la respectiva jurisdiccion distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, que en el distrito de Lurigancho - Chosica alcanzan a numero de cinco (5) representantes; Que, de conformidad con el Art.105º de la precitada Ley Nº 27972, el Consejo de Coordinacion Local Distrital se rige por un Reglamento, por el que se establece el procedimiento para la conformacion, instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica; Que, atendiendo a que el Consejo se instalo con fecha 30 de setiembre del 2003, es necesaria la aprobacion de su Reglamento, lo que debera ser efectuado por Ordenanza Distrital dentro del primer trimestre de su funcionamiento, a efectos de cumplir con el mandato legal. Estando a lo expuesto, tras el debate correspondiente conforme obra en Acta, el Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica por unanimidad y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO El presente Reglamento establece el procedimiento para la conformacion, instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica. Articulo 2º.- DE LA NATURALEZA DEL CONSEJO El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigan-

cho - Chosica, es el organo de coordinacion y concertacion de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, siendo su naturaleza ser un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil en el MORDAZA de planeacion local, que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo. Sus acuerdos se toman por consenso. Articulo 3º.- DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica, ejerce las siguientes funciones: 1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. 2. Proponer la elaboracion de proyectos de inversion y de servicios publicos locales. 3. Proponer convenios de cooperacion distrital para la prestacion de servicios publicos. 4. Promover la formacion de Fondos de Inversion como estimulo a la inversion privada en apoyo al desarrollo economico local sostenible. 5. Otras que le encargue o solicite el Concejo Distrital Municipal. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica, no ejerce funciones ni actos de gobierno. La ausencia de acuerdos por consenso, no impide al Concejo Municipal decidir sobre lo pertinente. Articulo 4º.- DE LA CONFORMACION El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Lurigancho - Chosica, esta integrado por: 1. El MORDAZA distrital, quien lo preside. 2. Los once (11) Regidores Distritales. 3. El MORDAZA del Centro Poblado Menor MORDAZA MORDAZA de Huachipa. 4. Los cinco (5) representantes de las organizaciones de la sociedad civil, elegidos democraticamente de acuerdo al procedimiento establecido en el Capitulo Tercero del presente Reglamento. CAPITULO MORDAZA DEL LIBRO DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIVILES Y REQUISITOS Y MORDAZA PARA LA INSCRIPCION Articulo 5º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Para su inscripcion en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, las organizaciones interesadas deberan presentar lo siguiente: 1.- Solicitud de registro y reconocimiento, indicando: a. Nombre de la organizacion, b. Domicilio legal de la organizacion, c. Periodo de vigencia del mandato dirigencial, d. Nombres y apellidos de los miembros de la directiva senalando domicilio y numero de documento de identidad de cada uno de ellos; y, e. Nombres y apellidos del representante legal de la organizacion. 2.- MORDAZA autenticada por el fedatario de la Municipalidad de Lurigancho - Chosica, de los documentos siguientes: a. Acta de constitucion o fundacion; b. Estatuto y acta de aprobacion; c. Acta de eleccion del organo directivo; d. Nomina de los miembros de la organizacion (relacion obtenida en el mismo orden del Libro Padron de la organizacion), debiendo contener: Nombres y apellidos. Domicilio. Numero de documento de identidad. Rubrica.

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