Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

Pag. 260366

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 016-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR Chachapoyas, 15 de enero de 2004 VISTO: El Informe Nº 002-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-CR/CEPEAD, de fecha 15 de enero del 2004, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves de la Sede Regional de Auditoria de MORDAZA, realizo el examen denominado "Examen Especial de Verificacion de Denuncias al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Amazonas - CTAR AMAZONAS, Periodo: Enero 1999 - Diciembre 2000", cuyas conclusiones y recomendaciones se encuentran contenidas en el Informe Nº 022-2001CG/A231; Que, una de las recomendaciones que formula la Sede Regional de Auditoria MORDAZA de la Contraloria General de la Republica consiste en sugerir se disponga el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y ex funcionarios del CTAR AMAZONAS, entre ellos, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del CTAR-AMAZONAS, durante el periodo comprendido entre el 18 de MORDAZA de 1999 y el 5 de diciembre del 2000, quien no habria supervisado el cumplimiento por parte de la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR AMAZONAS, de la elaboracion y emision del Informe relacionado a la Evaluacion de Cumplimiento de la Ley de Nepotismo - Ley Nº 26771, no habria atendido la denuncia formulada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretaria de la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR AMAZONAS contra el ex Gerente Regional de Control Interno por abuso de autoridad y acoso sexual de funcionario publico; y no habria supervisado el cumplimiento de las metas programadas en los Planes Anuales de Control de los ejercicios 1999 y 2000; Que, el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, precisa que "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables"; Que, de conformidad con el articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, establece que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial integrada por 3 miembros acordes con la jerarquia del procesado; Que por otro lado, el articulo 175º de la MORDAZA legal MORDAZA mencionada, senala que tambien son pasibles de ser sometidos a un MORDAZA administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores publicos, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, constituida mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 670-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 10 de diciembre del 2003, luego de examinar el Informe Nº 022-2001-CG/ A231, recomienda se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el ex funcionario, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez; por lo que corresponde se expida la respectiva Resolucion;

Estando a lo MORDAZA expuesto, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y en uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902; con el visto MORDAZA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Amazonas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Amazonas CTAR-AMAZONAS; por las causales expuestas en el informe de visto y en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR con la presente Resolucion al procesado, para que en el plazo de cinco (5) dias habiles de notificado, mas el termino de la distancia, presente su descargo respectivo, conforme a Ley. Articulo Tercero.- ORDENAR la remision de los antecedentes a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, constituida mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 670-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 10 de diciembre del 2003, para los fines que contrae la presente Resolucion; exhortandole a que el incumplimiento del plazo senalado en el articulo 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, configura falta de caracter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el presente acto administrativo a las Instancias Internas del Gobierno Regional de Amazonas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 01291 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 017-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR Chachapoyas, 15 de enero de 2004 VISTO: El Informe Nº 004-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-CR/CEPEAD, de fecha 15 de enero del 2004, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, realizo el examen denominado "Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Amazonas - CTAR AMAZONAS, Periodo: Enero 1998 - Junio 2000", cuyas conclusiones y recomendaciones se encuentran contenidas en el Informe Nº 060-2001-CG/A242; Que, una de las recomendaciones que formula la Contraloria General de la Republica consiste en sugerir se disponga el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y ex funcionarios del CTAR AMAZONAS, entre ellos, a los ex Presidentes Ejecutivos: ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez; y a los ex Secretarios Tecnicos: ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA e ingeniero MORDAZA MORDAZA Valdivia; por las observaciones numeros uno al diez del precitado informe, obrante de fojas 52 a 55 de los actuados; Que, el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, precisa que "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya grave-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.