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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2004 (23/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 79

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G30/G33/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de enero de 2004 e. Acuerdo adoptado por la organización de inscribirse en el Libro de Registro de Organizaciones Civiles; f. Constancia de Inscripción de la organización en los Registros Públicos y/o en otros Registros si fuere el caso; g. Documento de identidad del representante legal de la organización; y, h. Documentos que acrediten cuando menos tres (3) años de actividad institucional, presencia efectiva y trabajoen el distrito de Lurigancho - Chosica, para lo cual deberánadjuntar copia autenticada del Libro de Actas de la organi-zación correspondiente al período exigido, así como ins-trumentos que demuestren las actividades de la organiza- ción en el distrito. 3.- Croquis o plano de ubicación de la sede central de la organización. Artículo 7º.- APROBACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN La solicitud de inscripción y sus requisitos, se presen- tará en la Subgerencia de Participación Ciudadana de laGerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distritalde Lurigancho - Chosica. De no ser conforme la Subge-rencia de Participación Ciudadana notificará a los intere-sados a fin que subsanen las deficiencias, dentro del lapso de diez (10) días hábiles. La Gerencia de Desarrollo Social emitirá Resolución motivada sobre la procedencia de lo solicitado, aprobandola inscripción en el correspondiente Libro de Organizacio-nes de la Sociedad Civil, en un plazo no mayor de quince(15) días hábiles de recepcionada la solicitud, caso con- trario se tendrá por denegada la misma. Los Recursos de Apelación serán resueltos en última instancia por el Alcalde Distrital. CAPÍTULO TERCERO ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 8º.- DE LA CONVOCATORIA La convocatoria a elecciones de representantes de las organizaciones de la sociedad civil al Consejo de Coordi-nación Local Distrital, la realiza el Alcalde de Lurigancho -Chosica, mediante Decreto de Alcaldía, de acuerdo al artí- culo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades. El Decreto de convocatoria establecerá la fecha, lugar y hora en el que se procederá al acto electoral. En ningúncaso el acto electoral se realizará fuera de la jurisdiccióndel distrito. La convocatoria se realizará noventa (90) díasantes del vencimiento del mandato de los actuales repre- sentantes de la sociedad civil ante el Consejo y la elección se realizará cuando menos treinta (30) días antes del tér-mino del indicado mandato. Artículo 9º.- DEL COMITÉ ELECTORAL El Comité Electoral se constituye como organismo elec- toral autónomo, en aplicación del artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por no haber pre-visto dicho texto legal la intervención de los organismosdel Sistema Nacional Electoral. El Comité Electoral estará integrado por los siguientes funcionarios: 1. Gerente de Desarrollo Social, quien lo preside. 2. Gerente de Obras y Desarrollo Urbano, miembro.3. Gerente de Planeamiento y Presupuesto, miembro.4. Un representante de la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, Secretario Técnico. Artículo 10º.- FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTO- RAL El Comité Electoral es la máxima autoridad en el proce- so electoral y sus fallos son inapelables. Está encargadode las siguientes funciones: 1. Organizar, conducir y supervisar el proceso de elec- ción, desde su convocatoria hasta su culminación. 2. Inscripción de los canditatos.3. Resolver las tachas e impugnaciones contra los elec- tores y candidatos.4. Proclamar a los representantes de las organizacio- nes de la sociedad civil elegidos. Artículo 11º.- DE LOS DELEGADOS ELECTORES Cada una de las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Libro de Registro, acreditarán ante la Mu- nicipalidad a un (1) delegado, quien ejercerá las fun- ciones de elector en representación de su organización,conforme lo establecido por el artículo 102º de la LeyNº 27972. Este delegado será electo al interior de su organi- zación, conforme su reglamentación interna, comuni- cando su elección a la Municipalidad por medio de do- cumento de fecha cierta, suscrito por el representantelegal de la organización acreditado ante la Municipali-dad. Artículo 12º.- REQUISITOS DE LOS DELEGADOS Para ser propuesto como delegado - elector, represen- tando a una de las organizaciones de la sociedad civil, sedebe reunir los siguientes requisitos: 1) Contar con residencia efectiva comprobable de no menos de dos (2) años anteriores al día del cierre de inscripciones, en la jurisdicción de Lurigancho - Chosica. 2) Estar acreditado por una organización de la socie- dad civil inscrita en el Registro abierto por la Municipalidadpara este efecto. 3) No tener sentencia judicial penal condenatoria vigen- te. Artículo 13º.- PERSONEROS Los candidatos inscritos podrán designar sus persone- ros ante el Comité Electoral. Los personeros designadospodrán participar en el proceso electoral desde la etapa de inscripción de candidatos y presentes en el acto electoral, desde el inicio hasta su conclusión. Artículo 14º.- TACHAS El Comité publicará la relación de candidatos inscritos, conforme el cronograma que se apruebe. Las tachas con- tra los candidatos deberán presentarse dentro de los dos (2) días hábiles de efectuada la publicación y serán resuel-tas en instancia única por el Comité Electoral, dentro delos tres (3) días hábiles siguientes. Artículo 15º.- PARTICIPACIÓN DE LOS CANDIDA- TOS Los delegados - electores inscritos podrán participar como candidatos en sus respectivos grupos funcionales.Por cada grupo funcional se elegirá un representante. Artículo 16º.- GRUPOS FUNCIONALES Los candidatos inscritos, serán elegidos por mayoría simple de votos de los delegados - electores concurrentesal sufragio en su respectivo grupo funcional. Los gruposfuncionales son los siguientes: GRUPO FUNCIONAL (1) ORGANIZACIÓN DE POBLADORES - Asentamientos Humanos. - Cooperativas de Viviendas.- Asociaciones de Viviendas.- Asociaciones de Propietarios y similares. GRUPO FUNCIONAL (2) ORGANIZACIÓN DE MUJERES - Comedores. - Clubes de Madres. - Vaso de Leche y similares. GRUPO FUNCIONAL (3) ORGANIZACIÓN DE VECINOS - Juntas Vecinales. - Comités de Obras.- Comités Cívicos y similares.