Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2004 (21/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
Item 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 Nº de Registro A0005534 A0005535 A0005536 A0005537 A0005538 A0005539 A0005540 A0005541 A0005542 A0005543 A0005544 A0005545

Pag. 272763
Codigo de la Memoria G0002109-GME2 (U36) I0000972 (U39) G0002122-GME1 (U13) G0002122-GME2 (U36) I0000725 (U39) G0002125-GME1 (U13) G0002125-GME2 (U14) I0000955 (U39) G0002051-GME1 (U13) G0002051-GME2 (U36) I0001109 (U39) I0001353 (U39)

MINCETUR
Autorizan y registran memorias de solo lectura solicitadas por Gaming and Technology Peru S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 293-2004-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 Visto, el Expediente Nº 000765-2004-MINCETUR, de fecha 25.6.2004, presentado por la empresa Gaming and Technology Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de diecinueve (19) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO:

Registrese, comuniquese y publiquese. Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de dos (2) Certificados de Cumplimiento de fecha 8.3.2004 y cinco (5) Certificados de Cumplimiento de fecha 26.2.2003, 17.3.2004, 12.3.2004, 31.3.2004 y 19.4.2004 respectivamente, expedidos por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories Internacional, Inc (GLI), asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 065-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 336-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Gaming and Technology Peru S.A., diecinueve (19) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa International Game Technology (EE.UU), segun el siguiente detalle: Item 01 02 03 04 05 06 07 Nº de Registro A0005527 A0005528 A0005529 A0005530 A0005531 A0005532 A0005533 Codigo de la Memoria G0002049-GME1 (U13) G0002049-GME2 (U36) I0001307 (U39) G0001937-GME1 (U13) G0001937-GME2 (U36) I0001126 (U39) G0002109-GME1 (U13) Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Escuela Militar de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 12 al 19 de MORDAZA del 2004, con la finalidad de visitar la Escuela Militar de Chorrillos del Ejercito del Peru, en el MORDAZA de los acuerdos alcanzados en la Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de MORDAZA y Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 13434

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de MORDAZA para visitar la Escuela Militar de Chorrillos
RESOLUCION SUPREMA Nº 303-2004-DE/SG MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 381 de fecha 5 de MORDAZA del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica de MORDAZA en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Escuela Militar de dicho MORDAZA, del 12 al 19 de MORDAZA del 2004, con la finalidad de visitar la Escuela Militar de Chorrillos del Ejercito del Peru, en el MORDAZA de los acuerdos alcanzados en la Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de MORDAZA y Peru; y, De conformidad con la Ley Nº 27856;

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