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Pág. 272772 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de julio de 2004 Autorizan a procurador interponer acciones judiciales contra presuntoresponsable de la comisión de delitocontra la fe pública y ocupantes preca- rios de inmueble del Ministerio de Edu- cación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0363-2004-ED Lima, 16 de julio de 2004 Vistos el Oficio Nº 099-2004-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 03022-2004y demás actuados; CONSIDERANDO:Que mediante el Oficio Nº 099-2004-PP/ED el Procu- rador Público del Sector Educación solicita que este Minis-terio emita la Resolución Autoritativa que le permita inter- poner las acciones judiciales pertinentes contra el Sr. Juan Máximo Díaz Calizaya, por la presunta comisión del delitocontra la Fe Pública en su modalidad de Falsificación de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Solicitud que se fundamenta en las res-ponsabilidades determinadas en el Informe Especial Nº 025- 2003-2-0984 de fecha 22 de diciembre del 2003, emitido por el Órgano de Control Institucional de la Dirección Re-gional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM); Que conforme a lo establecido en el Informe Especial Nº 025-2003-2-0984, consta en el Acta de Verificación Nº001-TD-ARCH-DEL-2003 de fecha 11 de marzo del 2003 que el Sr. Juan Máximo Díaz Calizaya presentó ante la DRELM copia del título profesional de docente en Educa-ción Artística, expedido por la Escuela Nacional Superior de Folklore “José María Arguedas” para su autenticación; Que con Oficio Nº 154/DG-ENSF-JMA-2003 de fecha 5 de mayo del 2003, el Director General de la Escuela Na- cional Superior de Folklore “José María Arguedas”, infor- ma que el Sr. Juan Máximo Díaz Calizaya no ha sido alum-no de dicho instituto; Que existiendo claros indicios de la presunta comisión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsifi-cación de documentos por parte del Sr. Juan Máximo Díaz Calizaya; al haber presentado a la DRELM un título pre- suntamente falso, con la finalidad de autenticarlo para po-der ejercer la docencia ilícitamente; deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación para que inicie las acciones judiciales (civilesy/o penales) pertinentes para procesar al antes menciona- do por el perjuicio que le causara al Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 834-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto LeyNº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Esta- do encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEducación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) contra el Sr. Juan Máximo Díaz Calizaya, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en sumodalidad de Falsificación de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an- tecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educa- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 13477RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0364-2004-ED Lima, 16 de julio de 2004 Vistos el Oficio Nº 334-2004-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 09101-2004y demás actuados; CONSIDERANDO:Que mediante el Oficio Nº 334-2004-PP/ED el Procu- rador Público del Sector Educación solicita que este Minis-terio emita la Resolución Autoritativa que le permita inter- poner las acciones judiciales pertinentes contra los Sres. Felipe Quezada Domínguez, Flavia Vara Cruz, Tito FloresZúñiga, Felipe Rodolfo Villavicencio Carrasco, Margarita Quezada Domínguez, Aída Ramos Agama, y quienes sean responsables por la invasión de un área del terreno de pro-piedad del Ministerio de Educación, ubicado en el Asenta- miento Humano o Barrio “El Porvenir”, Mz. 40, distrito de Pativilca, provincia de Barranca, lugar donde actualmentefunciona el Centro Educativo Nº 20501 “Santa Rosa”; Que como consta en la Copia Literal del Predio Nº P18001928 y la Ficha Registral Nº 3367 A.H., con fecha 7 denoviembre de 1997 el Concejo Provincial de Barranca otorgó a favor del Ministerio de Educación (Centro Educativo Nº 20501) el Título de Propiedad (Nº 00004-97-AA-HH/DDUR-MPB) delterreno ubicado en el Asentamiento Humano o Barrio “El Porve- nir”, Mz. 40, distrito de Pativilca, provincia de Barranca; Que ha quedado plenamente acreditada mediante Cons- tatación Policial (Ocurrencia de Calle Común Nº 54 de fe- cha 26 de enero del 2003), la ocupación precaria del preci- tado bien estatal por parte de los Sres. Felipe QuezadaDomínguez, Flavia Vara Cruz, Tito Flores Zúñiga, Felipe Rodolfo Villavicencio Carrasco, Margarita Quezada Domín- guez, Aída Ramos Agama (Copia Certificada Nº 37-03-VIII-RPNP-JPPH-CPca); Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 900-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Edu- cación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y pe-nales) que posibiliten el desalojo de los Sres. Felipe Queza- da Domínguez, Flavia Vara Cruz, Tito Flores Zúñiga, Felipe Rodolfo Villavicencio Carrasco, Margarita Quezada Domín-guez, Aída Ramos Agama y demás invasores, que vienen ocupado en forma precaria un área del terreno de propiedad del Ministerio de Educación, ubicado en el AsentamientoHumano o Barrio “El Porvenir”, Mz. 40, distrito de Pativilca, provincia de Barranca, lugar donde actualmente funciona el Centro Educativo Nº 20501 “Santa Rosa”. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an- tecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 13478 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos respon- sables de la comisión de delitos contra la fe pública y administración pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0365-2004-ED Lima, 16 de julio de 2004