Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2004 (24/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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manifiestos originales acumulados del mes anterior; en caso que la disposicion final se realice fuera del territorio nacional, adjuntara copias de la Notificacion del MORDAZA importador, conforme al articulo 95º del Reglamento y la documentacion de exportacion de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; 2. La autoridad del sector competente indicada en la Ley, remitira a la DIGESA MORDAZA de la informacion mencionada en el numeral anterior, quince dias despues de su recepcion; 3. El generador y las EPS-RS o la EC-RS segun sea el caso, conservaran durante cinco anos MORDAZA de los manifiestos debidamente firmados y sellados como se senala en el articulo anterior. Articulo 44º.- Plazo adicional para entrega de manifiesto Si transcurrido un plazo de 15 dias calendario, mas el termino de la distancia de ser el caso, contados a partir de la fecha en que la EPS-RS de transporte o la EC-RS segun sea el caso reciba los residuos peligrosos, y no se MORDAZA devuelto al generador el manifiesto en original con las firmas y sellos como se indica en el articulo 41º, el generador informara a la DIGESA respecto de este hecho, a fin de que dicte la sancion que corresponda. Articulo 45º.- Transporte de residuos peligrosos Los vehiculos utilizados en el transporte de residuos peligrosos solo podran usarse para dicho fin salvo que MORDAZA utilizados para el transporte de sustancias peligrosas de similares caracteristicas y de conformidad con la normativa que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita al respecto; con excepcion de los barcos y otras embarcaciones, que podran transportar, entre otros, contenedores con residuos peligrosos debidamente embalados. Queda prohibido el transporte de residuos peligrosos por via postal y como equipaje de viaje. Articulo 46º.- Obligaciones de las EPS-RS de transporte Las EPS-RS de recoleccion y transporte de residuos, ademas de cumplir con las disposiciones legales en materia ambiental, salud y transporte, estan obligadas a: 1. Contar con sistemas especiales y exclusivos para su almacenamiento y transporte, utilizando contenedores y unidades de transporte segun estandares nacionales e internacionales, para asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales; 2. Acondicionar los residuos de acuerdo a su naturaleza fisica, quimica y biologica, considerando sus caracteristicas de peligrosidad, y su incompatibilidad con otros residuos; 3. Tener programas para el mantenimiento preventivo de los equipos y vehiculos que empleen, los que a su vez contaran con indicaciones visibles del MORDAZA de residuo que transportan; 4. Contar con el equipo de proteccion personal para los operarios de los vehiculos; 5. Informar y capacitar ampliamente al personal operario de los vehiculos sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejen y las medidas de emergencia frente a un accidente; 6. Utilizar las rutas de MORDAZA de vehiculos de transporte de residuos peligrosos, autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, o la municipalidad provincial, de conformidad con las funciones establecidas en la Ley y el Reglamento; 7. Verificar que el embalaje que contiene los residuos peligrosos concuerde con el MORDAZA, caracteristicas y volumen declarado por el generador en el manifiesto, y que figuren los datos de la EPS-RS de tratamiento o disposicion final, a quien entregara dichos residuos; 8. Suscribir una poliza de seguro que cubra los riesgos derivados del transporte de residuos; asi como brindar seguro complementario de trabajo de riesgo a los trabajadores que laboran en las unidades de transporte respectivas. 9. Los vehiculos empleados para el transporte de residuos peligrosos deben tener las siguientes caracteristicas: a. De color MORDAZA, que permita ser visualizado a distancia y de noche;

b. Identificacion en color MORDAZA del MORDAZA de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehiculo, el cual pueda ser visualizada a 50 metros de distancia; c. Nombre y telefono de la EPS-RS en MORDAZA puertas de la cabina de conduccion; y, d. Numero de registro emitido por la DIGESA en ambos lados de la parte de carga del vehiculo, en un tamano de 40 por 15 centimetros. Estas reglas tambien son aplicables a las EC-RS que se encuentran autorizadas para el transporte de residuos. Articulo 47º.- Procedimiento para notificar impedimento de entrega de residuos La EPS-RS de transporte que por alguna causa excepcional no pueda entregar los residuos peligrosos a la EPSRS de tratamiento o disposicion final, debera devolverlos al generador en el termino de la distancia. En este caso, MORDAZA EPS-RS si asi fuera el caso, dejaran expresa MORDAZA del evento y de los motivos que le impidieron cumplir con el servicio, en el manifiesto respectivo, notificando inmediatamente a la autoridad del sector competente y a la Autoridad de Salud de la jurisdiccion de este hecho. Seccion III Tratamiento Articulo 48º.- Tecnologias compatibles con el ambiente Cuando diferentes tecnologias aplicables a proyectos de tratamiento de residuos presenten niveles de impacto ambiental similares, la incineracion debe ser considerada como la MORDAZA alternativa a seleccionar. En caso de seleccionarse la incineracion, el operador debe asegurar que el sistema cuente como minimo con las siguientes caracteristicas: 1. Dos camaras de combustion, cuyas temperaturas de operacion en la camara primaria debera estar entre 650ºC y 850ºC y en la camara secundaria no debera ser menor a 1200ºC; 2. Sistema de MORDAZA y filtrado de gases; e, 3. Instalaciones y accesorios tecnicos necesarios para su adecuada operacion, monitoreo y evaluacion permanente del sistema; Articulo 49º.- Tratamiento fuera de las instalaciones del generador El tratamiento de los residuos que se realiza fuera de las instalaciones del generador, debe ser realizado por una EPS-RS, registrada y autorizada conforme lo indicado en el presente Reglamento. Articulo 50º.- Tratamiento en las instalaciones del generador El generador que trata en sus instalaciones los residuos que genera, en forma directa o mediante los servicios de una EPS-RS, debera contar con la autorizacion de la autoridad del sector correspondiente; debiendo para el primer caso, cumplir con las obligaciones tecnicas de tratamiento exigidas a las EPS-RS indicadas en el Reglamento y normas especificas. Seccion IV Disposicion Final Articulo 51º.- Disposicion final de residuos peligrosos La disposicion final de residuos peligrosos se sujeta a lo previsto en el Reglamento y en las normas tecnicas que de el se deriven. Se realiza a traves de relleno de seguridad o de otros sistemas debidamente aprobados por la Autoridad de Salud de nivel nacional. Articulo 52º.- Operaciones realizadas en rellenos de seguridad Las operaciones en un relleno de seguridad deberan cumplir con los siguientes procedimientos minimos: 1. Control y registro sistematico del origen, MORDAZA, caracteristicas, volumen, ubicacion exacta en las celdas o lugares de confinamiento de residuos;

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