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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2004 (01/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G35/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 cuencia, declarar nulos los acuerdos tomados en las sesio- nes extraordinarias de fechas 12 de noviembre y 2 de diciem-bre del 2003, por el Concejo Distrital de Mariscal Cáceres,provincia y departamento de Huancavelica, por los que sedeclaró y ratificó la declaratoria de vacancia del cargo de Re-gidor del impugnante; e improcedente el pedido de vacancia. Artículo Segundo.- Declarar que don Eugenio Cárde- nas Flores continúa ejerciendo el cargo de Regidor delConcejo Distrital de Mariscal Cáceres, provincia y depar-tamento de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓESCUDERO IBÁÑEZ,Subsecretario General 04124 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61 /G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6A/GED/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G2D /G64/G61/G74/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G65/G6C/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN Nº 033-2004-JNE Lima, 25 de febrero de 2004 Vistos, el expediente Nº 467-2003, formado con motivo del Oficio Nº 244-1997-JEPM-FCH, remitido por el JuezEspecializado Penal de Islay - Mollendo, Arequipa, informan-do que el Alcalde del Concejo Distrital de Mejía, Luis Delga-do Corrales, ha sido sentenciado como autor de delito dolo-so por la Primera Sala Penal de Arequipa, y que dicha sen-tencia ha sido confirmada en segunda instancia por la SalaPenal de la Corte Suprema de Justicia de la República; La comunicación de Juan Enrique Martín Medina Lei- va, Marta Violeta Socorro Franco de Zimmermann y RuthJulia Segura Alcázar, Regidores del Concejo Distrital deMejía, solicitando resolución del Jurado Nacional de Elec-ciones, con relación a las sentencias judiciales antes men-cionadas; CONSIDERANDO:Que, Luis Alberto Delgado Corrales como acreditan las copias certificadas de fojas 11 a 34 ha sido condenado porla sentencia de fecha 12 de setiembre de 2001, expedidapor la Primera Sala Penal de Arequipa, confirmada por laCorte Suprema de Justicia de la República, con ejecutoriade fecha 9 de octubre de 2002 por la comisión de los deli-tos de Concusión - Colusión, Peculado y Contra la Fe Pú-blica en agravio de la Municipalidad Distrital de Mejía, delGobierno Regional de Arequipa y del Estado, imponiéndo-le cuatro (4) años de pena privativa de la libertad suspen-dida por tres (3) años, e inhabilitación con pérdida de car-go público e incapacidad para obtenerlo por cuatro años; Que, consecuentemente, está acreditado en autos que el Alcalde del Concejo Distrital de Mejía, Luis Alberto Del-gado Corrales, se encuentra incurso en la causal de va-cancia prevista en el inciso 6) del artículo 22º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; por haber sidocondenado por delito doloso con el agravante en su casode estar inhabilitado para ejercer cargo público; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, el ejerci-cio de la ciudadanía se suspende por sentencia con penaprivativa de la libertad; Que, el Concejo Distrital de Mejía no ha procedido con- forme a ley, y ha incumplido una sentencia judicial firme, loque debe ser puesto en conocimiento del Ministerio Públi-co para que proceda conforme a sus atribuciones y devol-ver el proceso para que se cumpla con expedir nuevo acuer-do, en nada modificaría la situación jurídica anotada, portanto, de conformidad con el artículo 5º inciso u) de la LeyOrgánica del Jurado Nacional de Elecciones, procede de-clarar la vacancia del cargo; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia delAlcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y paracompletar el número legal de miembros, se debe convocaral regidor suplente respetando la precedencia de la referidalista, correspondiendo convocar a Víctor Marciano TejadaRivera, según documentación remitida por el Jurado Electo-ral Especial de Islay que corre a fojas 117 y siguientes; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcal- de del Concejo Distrital de Mejía, provincia de Islay, departa-mento de Arequipa, que ejerce Luis Alberto Delgado Corrales. Artículo Segundo.- Doña Juana Rosa Arenas Aspilcueta, asume el cargo de Alcalde en el Concejo Dis-trital de Mejía, provincia de Islay, departamento de Arequi-pa, para completar el período de gobierno municipal 2003 -2006, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Convocar a don Víctor Marciano Te- jada Rivera, candidato no proclamado del Partido AcciónPopular, para que asuma el cargo de Regidor del ConcejoDistrital de Mejía, provincia de Islay, departamento de Are-quipa, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- Por la irregularidad anotada, oficiar al Ministerio Público adjuntando copia certificada de laspiezas pertinentes del expediente. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli-mento de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓESCUDERO IBAÑEZ,Subsecretario General 04125 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G61/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G2D/G63/G65/G73/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 687-2003-JEF/RENIEC Lima, 31 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 047-2003-GP/DP/ADRIA/RENIEC, el Informe Nº 490-2003-ADRIA/DP/GP/RENIEC y el InformeNº 856-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia deAsesoría Jurídica, de fecha 5 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, antes Área de Depuraciones del Registro e Investi-gación Administrativa, órgano encargado de efectuar ladepuración del Registro, así como también de realizar lasexclusiones y habilitaciones de las inscripciones, en supermanente labor de fiscalización, inherente al procedimien-to administrativo, ha detectado que la ciudadana MARIAVICTORIA ARANDIA CORNEJO, dada la simplificaciónadministrativa y en atención al principio de veracidad delas declaraciones en los documentos, se presentó a solici-tar inscripción en el antes Registro Electoral del Perú,sustentando su identidad con Partida de Bautismo, la mis-ma que usó en trámites posteriores a fin de obtener el Do-cumento Nacional de Identidad, es de advertir que la ciu-dadana en mención declara haber nacido en la provinciade Puno y que además su estado civil es el de soltera; Que, la Gerencia de Procesos toma conocimiento por denuncia del ciudadano Jorge Eladio Donayre Campos, quela ciudadana MARIA VICTORIA ARANDIA CORNEJO es