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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2004 (01/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G36/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 Que, la contratación de servicios personalísimos está exonerada del proceso de selección que le corresponda,procediendo su contratación, mediante una Adjudicaciónde Menor Cuantía, conforme lo dispone el artículo 116º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, para lo cual bastará obtener por cualquier medio unacotización que cumpla con las exigencias para la contrata-ción; Que, de conformidad a la propuesta de servicios remiti- da por la firma Consultora Callan Associates Inc. el valorreferencial por la referida contratación asciende a US$21,420.00 (Veintiún Mil Cuatrocientos Veinte con 00/100Dólares Americanos), por lo que el proceso de selecciónque le corresponde de acuerdo a la Ley de Presupuestodel Sector Público para el año 2004, es el de AdjudicaciónDirecta; Que, mediante Opinión Nº 110-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que enaplicación del principio de competencia funcional y territo-rial de las normas, si el proveedor con el que se deseacontratar es un extranjero no domiciliado en nuestro país,será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebredicho acto; De conformidad con lo dispuesto por el inciso h) del artículo 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el artículo 116ºde su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades conferidas por el inciso d)del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el incisog) del artículo 8º de la Resolución Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolución Ministerial Nº 457-2003-EF/10; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar la contratación de la em- presa Callan Associates Inc. del proceso de AdjudicaciónDirecta, por los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración a contratar el referido servicio mediante un Pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por un valor refe-rencial de US$ 21 420.00 (Veintiún Mil Cuatrocientos Vein-te con 00/100 Dólares Americanos). El egreso que irroguela referida contratación será con cargo a la Fuente de Fi-nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración remita copia de la presente Resolución y de losinformes que sustentan la presente exoneración, a la Con-traloría General de la República dentro de los diez días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme alo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración publique la presente Resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe (e) 04202 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G41/G56/G41/G4C/G49/G20/G49/G43/G4C/G56 /G53/G2E/G41/G2E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 023-2004-JEFATURA/ONP Lima, 26 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se creó la Oficina de Normalización Pre-visional (ONP) como una institución pública descentralizadadel Sector Economía y Finanzas, con personería jurídicade derecho público interno, encargándosele entre otros fi-nes, el cálculo, emisión, verificación y entrega de los Bo-nos de Reconocimiento (BdR);Que, mediante el Decreto Supremo Nº 140-2003-EF, se establecieron las disposiciones para efectuar el registrodel BdR mediante anotación en cuenta, en una Instituciónde Compensación y Liquidación de Valores, por lo que re-sulta necesario ejecutar las acciones necesarias para di-cho fin; Que, de conformidad a los Artículos 13º, 14º y 15º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores,aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 093-2002-EF,corresponde a la Comisión Nacional Supervisora de Em-presas y Valores (CONASEV) llevar el Registro Público delMercado de Valores, una de cuyas secciones se destina alas Instituciones de Compensación y Liquidación de Valo-res; Que, atendiendo a la consulta efectuada por la Geren- cia de Operaciones de la ONP mediante Oficio Nº 312-2003-GO/ONP, la CONASEV a través del Oficio Nº 5777-2003-EF/94.45.3, ha manifestado que CAVALI ICLV S.A.es la única empresa inscrita en la sección de Institucionesy Compensación de Valores del Registro Público del Mer-cado de Valores de CONASEV; Que, el literal f) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que podrán exonerarse de los procesos de Lici-tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes yservicios no admiten sustitutos; Que, la contratación de servicios exonerados del co- rrespondiente proceso de selección procede mediante unaAdjudicación de Menor Cuantía, conforme lo dispone elArtículo 105º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, para lo cual bastará obtener porcualquier medio una cotización que cumpla con las exi-gencias para la contratación; Que, mediante Memorándum Nº 071-2004-GO/ONP la Gerencia de Operaciones ha remitido el correspondienteInforme Técnico de fecha 21 de enero de 2004, por el cualsustenta la contratación de CAVALI ICLV S.A. dada su ca-lidad de proveedor único para el servicio de compensacióny liquidación de valores, mediante el sistema de anotaciónen cuenta; Que, asimismo la Gerencia Legal mediante el Informe Nº 020-2004-GL-AL.25/ONP de fecha 10 de febrero de2004, considera procedente exonerar dicha contratacióndel proceso de selección correspondiente, al encontrarsedentro del supuesto establecido en el inciso f) del Artículo19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, debiendo para tal efecto, emi-tirse la Resolución Jefatural que la autorice; Que, de conformidad a la propuesta de servicios remi- tida por CAVALI ICLV S.A. el valor referencial por la referi-da contratación, por un período de tres años asciende a lasuma de U.S.$ 50 394,12 (Cincuenta Mil Trescientos No-venta y Cuatro con 12/100 Dólares Americanos), por loque el proceso de selección que le corresponde de acuer-do a la Ley de Presupuesto del Sector Público para el añofiscal 2004, es el de Concurso Público; De conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del Ar- tículo 19º y el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-do por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el artículo105º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, la Resolución Nº 118-2001-CONSUCO-DE/PRE y en uso de las facultades conferidas por el incisod) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 61-95-EF, elinciso g) del Artículo 8º de la Resolución Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolución Ministerial Nº 457-2003-EF/10; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar la contratación de la em- presa CAVALI ICLV S.A. del proceso de Concurso Público,por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración a contratar el referido servicio, por un períodode tres años, mediante un Proceso de Adjudicación deMenor Cuantía, por un valor referencial de US$ 50 394,12(Cincuenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 12/100Dólares Americanos). El egreso que irrogue la referida con-tratación será con cargo a la Fuente de Financiamiento deRecursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración remita copia de la presente Resolución y de losinformes que sustentan la presente exoneración, a la Con-