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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2004 (01/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G36/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 Que, por consiguiente, es necesario disponer la publica- ción de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumi-dor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de febre-ro del 2004 y la Variación Acumulada del Índice de Precios alConsumidor con respecto al mes de diciembre del 2003, asícomo aprobar la publicación del Boletín Mensual que con-tiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Por- centual Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Con-sumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 =100,00) correspondiente al mes de febrero del 2004: AÑO 2004 NÚMERO VARIA CIÓN PORCENTUAL MES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 104,60 0,54 0,54 FEBRERO 105,73 1,09 1,63 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía,correspondiente al mes de febrero del 2004, documentoque contiene la Información Oficial del Índice de Precios alConsumidor. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 04220 /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G6D/G65/G64/G69/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G61/G6C /G50/G6F/G72/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G61/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 070-2004-INEI Lima, 29 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General con IncidenciaTributaria, usando para tal caso de corrección, el Índice dePrecios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dispone que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publiquemensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Índice de Pre-cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI elabora el Índice de Precios Promedio Men- sual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como períodoBase: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la Va- riación Mensual y Acumulada del Índice de Precios Pro-medio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes defebrero del 2004, y del Boletín Mensual de Indicadores dePrecios de la Economía, que contiene la información ofi-cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional quecontiene la Base: Año 1994 = 100,00 correspondiente almes de febrero del 2004, así como la publicación de la varia-ción mensual y acumulada del Índice de Precios PromedioMensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE V ARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL A CUMULADA 2004 ENERO 158,365409 0,55 0,55 FEBRERO 160,383658 1,27 1,83Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con-tiene la información Oficial del Índice de Precios PromedioMensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente almes de febrero del 2004. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 04221 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD /G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G2D /G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G43/G61/G79/G65/G2D/G74/G61/G6E/G6F/G20/G48/G65/G72/G65/G64/G69/G61/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G64/G69/G63/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 144-2004-J-OPD/INS Lima, 26 de febrero del 2004Visto el Oficio Nº 308/2004-DG-CNCC/INS, cursado por la Directora General del Centro Nacional de Control deCalidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el inc. b) del Art. 50º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aproba-do por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece que alCentro Nacional de Control de Calidad le corresponde eva-luar, supervisar, autorizar y acreditar laboratorios analíticos; Que, por Resolución Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS del 22 de octubre de 1996, se aprobó el “Reglamento de Autori-zación y/o Acreditación de Laboratorios Analíticos para laemisión de Protocolos de Análisis de Calidad Sanitaria deMedicamentos y Similares”, dentro de la Red de Laboratoriosde Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; Que, la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, está integrada por los la-boratorios oficiales acreditados y/o autorizados por el Ins-tituto Nacional de Salud, Organismo Público Descentrali-zado del Sector Salud; Que, la UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HERE- DIA, ha solicitado la renovación de su acreditación comolaboratorio miembro de la Red de Laboratorios de Controlde Calidad de Medicamentos del Sector Salud y autoriza-ción para ejecutar análisis, emitir informes de ensayo yotros, habiendo la comisión evaluadora cursado el OficioNº 140/2004-DG-CNCC-INS, mediante la cual informa losresultados de la evaluación del expediente presentado,habiendo remitido dictamen aprobatorio para proseguir conla evaluación de 25 tipos de ensayos y 2 procedimientos; Que, la Directora General del Centro Nacional de Con- trol de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5. del Regla-mento aprobado por Resolución Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, mediante Oficio Nº 308/2004-DG-CNCC-INS del23.2.04, opina favorablemente por la procedencia de acre-ditar al SERVICIO DE CONTROL DE CALIDAD DE LAUNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA, comoLaboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios deControl de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, porcumplir con los requisitos exigidos por la normatividad vi-gente y autorizar a dicha Empresa para la emisión de infor-mes de ensayo y certificados de análisis; De conformidad con la Ley Nº 26842 - Ley General de Sa- lud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-S.A., Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, DecretoSupremo Nº 005-94-SA y Resoluciones Jefaturales Nºs. 244-96-J-OPD/INS, 186-99-J-OPD/INS y 379-2001-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacio-nal de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR al SERVICIO DE CONTROL DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD PERUANA CAYETA-NO HEREDIA, como Laboratorio Oficial miembro de la Redde Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos