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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G38/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de marzo de 2004 Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación denominada Irma con matrícula Nº IQ-21520-AF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, com-putados a partir de la fecha de la publicación en el DiarioOficial El Peruano. La renovación deberá ser solicitada porel recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con antici- pación de sesenta (60) días calendario antes de su venci-miento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de su titular, de someterse al Decre-to Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones le- gales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expida sobre la materia, así como a lasdisposiciones y directivas que dicte la Dirección General deTransporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Ad- ministrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en elReglamento de Transporte Fluvial Comercial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto yUcayali, para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- El permiso de operación otorgado quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerioemita el acto administrativo correspondiente, si el adminis- trado no cumple con la publicación de la presente resolución en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados apartir de la fecha de la presente Resolución Directoral. Artículo 8º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURU GARDENER Director General 05531 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 124-2004-P-CSJLI/PJ Lima, veintinueve de marzo del 2004 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 012-2004-P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Por resolución de vista, se designó a los doctores Clau- dia Carola Cáceres Rojas y Sandro Omar Aguilar Gaitán como Fedatarios de la Corte Superior de Justicia de Limapara el presente año, de acuerdo a lo estipulado en el Ma-nual Normativo de Fedatario de este Distrito Judicial; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 096-2004- P-CSJLI/PJ, la Dra. Cáceres Rojas ha sido designada, del cinco de los corrientes al dos de junio del presente año, como Juez de Paz Letrado del 2º Juzgado de Paz Letradode La Molina - Cieneguilla; En tal sentido, resulta necesario encargar al profesional en Derecho que asumirá las funciones propias del cargoreferido, durante el período indicado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial;SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR a la Dra. ZULEIKA RAQUEL MOREY PRADO, Asistente del Despacho de laPresidencia, las funciones de Fedataria de la Corte Supe-rior de Justicia de Lima, desde el primero de abril hasta el 2de junio del año en curso, en adición a las labores asigna-das. Artículo Segundo.- PONER la presente a conocimien- to del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de laNación, Gerencia General, ODICMA, Administración Distri-tal y al personal designado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 06402 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61 /G73/G65/G72/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C /G47/G61/G73/G74/G6F/G20/G79/G20/G52/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65/G22 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 116-2004-CG Lima, 30 de marzo de 2004 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 002-2004-CG/EI de la Gerencia de Estudios e Investigaciones, que proponela aprobación del Proyecto de Directiva sobre “Informacióna ser recibida por la Contraloría General de la República con relación al Gasto y Ración del Programa del Vaso de Leche”; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 009-2000- CG de 20.ene.2000, se aprobó la Directiva Nº 003-2000- CG/SDE sobre “Información a ser recibida por la Contralo-ría General de la República con relación al Gasto del Pro-grama del Vaso de Leche”, estableciéndose las disposicio-nes para la remisión a la Contraloría General de la Repúbli-ca, de la información del gasto efectuado por las Municipa- lidades Provinciales y Distritales, con relación al menciona- do Programa; Que, mediante la Ley Nº 27470, modificada por Ley Nº 27712, se dictan las “Normas Complementarias parala ejecución del Programa del Vaso de Leche”, estable-ciéndose que la Contraloría General de la República su- pervisa y controla el gasto del Programa del Vaso de Leche a nivel provincial y distrital, incluyéndose ade-más de la rendición de cuentas del gasto efectuado ydel origen de los alimentos adquiridos, la evaluación dela información nutricional de la ración alimenticia distri-buida en el Programa; Que, para los fines de supervisión y control a que se refiere el considerando precedente, la citada Ley ha dis-puesto que la Contraloría General de la República emitauna directiva estableciendo el modo y oportunidad de larendición de cuentas que efectúen las municipalidades, sien-do pertinente que dicha rendición sea trimestral a través de formatos de información mensual de gastos e ingresos y de ración mensual distribuida; De conformidad con lo establecido en los Artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacio-nal de Control y de la Contraloría General de la República,y la Ley Nº 27470, modificada por la Ley Nº 27712; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 010-2004- CG/EI, “Información a ser recibida por la Contraloría Gene-ral de la República con relación al Gasto y Ración del Pro-grama del Vaso de Leche”, la misma que forma parte de lapresente Resolución.