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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2004 (26/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 Si se pasa de sesión pública a reservada, sólo po- drán permanecer en la sala el Alcalde y los Regidores,salvo que el Alcalde autorice a algún funcionario que per- manezca en la misma. Previo a la continuación de una sesión bajo la mo- dalidad reservada o antes del inicio de una expresa- mente convocada en esa modalidad, el Alcalde recor- dará a los miembros del Concejo la obligación de guar-dar absoluta reserva de los asuntos que se traten, bajo apercibimiento de calificarse su conducta como falta grave con suspensión de 30 días calendario en el ejer-cicio del cargo, sujetándose al procedimiento previsto en el artículo 50. Los funcionarios que infrinjan esta disposición se su- jetarán a las sanciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Corporación Municipal. El Alcalde puede convocar a una sesión reservada, por las razones previstas en la Ley Orgánica de Munici- palidades. Artículo 53º.- Las cuestiones previas son interpues- tas por cualquier miembro del Concejo durante el deba- te de los temas en la estación de Orden del Día, cuando el solicitante considere que el asunto requiere el pro-nunciamiento previo de un órgano o persona distinta al Concejo Municipal. El Presidente del Concejo podrá dar el uso de la palabra a los Regidores que lo soliciten paraexpresar sus puntos de vista en relación a la cuestión previa planteada, no pudiendo haber más de una inter- vención por Regidor. Concluidas las intervenciones, lacuestión previa es votada, conduciéndose la sesión con- forme a lo acordado. Artículo 54º.- La cuestión de orden es interpuesta por cualquier miembro del Concejo en cualquier esta- ción de la sesión respectiva, cuando el solicitante consi- dere que se está vulnerando alguna disposición conte-nida en la Ley Orgánica de Municipalidades o el presen- te reglamento relativa a las competencias, funciones, atri- buciones o el funcionamiento propio del Concejo Muni-cipal, debiendo necesariamente indicar la norma o dis- posición que se está vulnerando, bajo apercibimiento de ser rechazada de plano. La cuestión de orden no generadebate alguno y obliga al Presidente del Concejo a con- ducirse conforme a ley. CAPÍTULO V LAS VOTACIONES Y SUS EFECTOS Artículo 55º.- Las votaciones se llevan a cabo una vez concluido o agotado el debate de algún asunto in- cluido en la estación Orden del Día, o en los casos ex-presamente indicados en el presente Reglamento. Artículo 56º.- Las votaciones se hacen levantando la mano, en señal de una decisión a favor o en contra de undeterminado acuerdo. Los miembros del Concejo que ex- presen una votación distinta a la mayoría deben hacer constar en acta su posición o adhesión a los motivosque la justifiquen. Quienes tengan un voto singular po- drán fundamentarlo en el mismo momento o hasta el día siguiente por escrito. Artículo 57º.- Los miembros del Concejo podrán tam- bién salvar su voto a través de la abstención al momento de votar, mediante la misma señal, cuando así lo consi-deren pertinente, debiendo en este caso, fundamentar el motivo de su abstención. Artículo 58º.- Cualquier regidor podrá solicitar la rec- tificación de la votación producida, para lo cual el Presi- dente del Concejo solicitará al Pleno se lleve a cabo la misma, poniéndose los miembros de pie. No cabe se-gunda rectificación. Artículo 59º.- Los acuerdos se adoptan conforme lo establece el artículo 17º de la Ley Orgánica de Munici-palidades, pudiendo el Concejo dispensar el trámite de la aprobación del acta respectiva, para procederse a la ejecución inmediata de lo acordado. Artículo 60º.- Los acuerdos contenidos en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades son suscep- tibles de reconsideración, siguiéndose lo dispuesto enel artículo 51º del mismo cuerpo legal, debiendo resol- verse en la sesión inmediata siguiente. Para admitir adebate la reconsideración se requiere la mayoría del número legal de los integrantes del Concejo. Artículo 61º.- Los acuerdos adoptados por el Con- cejo Municipal obligan al Secretario General a formali- zarlos mediante Ordenanzas o Acuerdos propiamentedichos, conforme a lo dispuesto en los artículos 40º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, debiendo ser promulgados en un plazo no mayor de 15 días natu-rales por el Alcalde o el Teniente Alcalde, según sea el caso, bajo responsabilidad. CAPÍTULO V SESIONES SOLEMNES Artículo 62º.- El Concejo celebrará Sesiones Solem- nes en las oportunidades siguientes: a) El 12 de diciembre, en conmemoración del Aniver- sario de la promulgación de la Ley de Creación del dis- trito de Comas, Ley Nº 13757. b) El 28 de julio, en conmemoración del Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. c) En las fechas que el Alcalde convoque o el Conce- jo Municipal acuerde. En la Sesión del 12 de diciembre y la del 28 de julio, uno de los Regidores leerá la Ley de Creación del Distri- to y el Acta de la Declaración de la Independencia, res- pectivamente. TÍTULO VI DE LAS COMISIONES Artículo 63º.- Las Comisiones de Regidores consti- tuyen equipos internos de trabajo del Concejo Munici-pal, con el fin de facilitar su labor mediante el estudio o análisis de asuntos que deben ser sometidos a conoci- miento del pleno del Concejo Municipal. Artículo 64º.- Las Comisiones de Regidores pueden ser permanentes y especiales. Las Comisiones perma- nentes de Regidores y el cuadro de sus integrantes seestablecen anualmente, a propuesta del Alcalde, en la primera sesión ordinaria o extraordinaria que el Concejo celebre, debiendo su número respetar la proporción elec-toral. En estas comisiones participan los funcionarios del Municipio obligatoriamente y bajo responsabilidad cuan- do sean requeridos teniendo sólo voz y no voto.Las Comisiones especiales serán conformadas a pro- puesta del Alcalde cuando el Concejo Municipal lo acuer- de, para la atención o pronunciamiento sobre asuntosconcretos. Artículo 65º.- Las Comisiones tendrán un Presiden- te y Vicepresidente, participando en ella como Secreta-rio Técnico el funcionario a fin de la Comisión. El Presi- dente tiene voto dirimente en caso haya empate al mo- mento de la votación en la sesión de comisión. Artículo 66º.- Son funciones del Presidente: 1. Convocar y presidir las sesiones de la Comisión. 2. Suscribir el Despacho de la Comisión. 3. Suscribir con el Secretario de la Comisión las ac- tas de las Sesiones de la Comisión. 4. Informar al Concejo sobre las actividades de la Co- misión. Artículo 67º.- El Vicepresidente ejerce la Presiden- cia de la Comisión en caso de ausencia o licencia del titular. Artículo 68º.- La convocatoria a Sesión de Comisión se hará a través de citaciones donde constará el día, lugar y hora donde se llevará a cabo; asimismo se deter-minarán los temas a tratar y se señalará la fecha, hora y lugar de la segunda convocatoria a sesión de comisión, en caso de no haber alcanzado el quórum reglamenta-rio. Artículo 69º.- En primera convocatoria a sesión de comisión el quórum será más de la mitad de sus inte-grantes; en segunda convocatoria, la comisión sesiona- rá con los regidores que hayan asistido, siendo de apli-