Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2004 (26/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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lidades, previa notificacion escrita al MORDAZA, sera de cinco dias habiles anteriores a la fecha programada para la respectiva sesion. Articulo 22º.- En cualquier caso, el MORDAZA tiene derecho a presidir una sesion a la que asista, aun cuando no MORDAZA sido convocada por el. Articulo 23º.- Los informes o aclaraciones solicitados por los miembros del Concejo, acerca de los asuntos a tratarse o tratados en una Sesion se entregaran en el termino perentorio de cinco dias habiles, salvo que el MORDAZA autorice una prorroga, a solicitud del funcionario o servidor, por razones justificadas. Articulo 24º.- La Secretaria General establecera los mecanismos adecuados para difundir la celebracion de sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, asi como la invitacion expresa a los delegados acreditados de las Juntas Vecinales Comunales para su asistencia, a solicitud del MORDAZA o de los senores Regidores. Articulo 25º.- El MORDAZA podra dispensar la convocatoria a sesiones extraordinarias cuando, por la naturaleza del MORDAZA a tratar o la urgencia del mismo, exista acuerdo unanime de todos los miembros del Concejo Municipal para llevar a cabo la sesion extraordinaria asi como para tratar determinados asuntos en ella.
TITULO V DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL CAPITULO I INICIO

gidores formularan las observaciones que estimen pertinente las mismas que constaran en actas, despues de la cual quedara aprobada.
DESPACHO

Articulo 30º.- En la estacion Despacho, el Presidente del Concejo dispondra que el Secretario General de lectura sucinta de aquellos documentos publicos y privados de interes, los dictamenes de Comisiones de Regidores, asi como los proyectos normativos preparados por las Comisiones de Regidores o la Administracion Municipal, para conocimiento del Concejo Municipal. El Presidente del Concejo indicara al Secretario General el tramite que correspondera a cada documento segun lo siguiente: a) La derivacion a las Gerencias o Subgerencias de los documentos que requieran atencion previa de la Administracion Municipal. b) La derivacion a las Comisiones de Regidores que correspondan cuando se trate de proyectos normativos que puedan requerir pronunciamiento previo de alguna Comision. c) La derivacion a la Estacion Orden del Dia de aquellos documentos que requieran un debate y/o pronunciamiento del Concejo Municipal. Articulo 31º.- En la estacion Despacho no se admitira debate alguno, salvo que se trate de una cuestion previa formulada por algun miembro del Concejo, en cuyo caso se seguira el procedimiento previsto en el Art.53º. Articulo 32º.- Los proyectos que cuenten con informes o dictamenes de Comision con firmas completas o hayan sido dispensadas del tramite de Comisiones pasaran a la orden del Dia para su discusion y votacion. No podra dispensarse de Dictamen de Comision si se ven afectadas las rentas de la Municipalidad. Articulo 33º.- Si transcurrido quince dias habiles las Comisiones no se pronuncian, el Presidente del Concejo podra solicitar al Presidente de la Comision o a los miembros de MORDAZA una determinacion al respecto. El Presidente de Comision podra pedir una ampliacion del plazo y sera el Concejo quien determinara finalmente.
INFORMES

Articulo 26º.- A la fecha, hora y en el lugar senalado en la citacion, el Presidente del Concejo dispondra al Secretario General verificar la asistencia de los senores miembros del Concejo, para comprobar la existencia de quorum, conforme al articulo 16º de la Ley Organica de Municipalidades. Si se alcanzara el quorum de ley, el Secretario General MORDAZA cuenta de dicha circunstancia al Presidente del Concejo, quien MORDAZA inicio a la Sesion, conforme a los articulos 28º y 45º del presente Reglamento. Si no se alcanzara el quorum de ley, se volvera a pasar lista luego de transcurridos quince minutos desde la primera verificacion de quorum. Si en esta siguiente ocasion, no se alcanzara el quorum de ley, el Secretario General dejara MORDAZA del hecho en el Libro de Actas, anotandose los nombres de los regidores concurrentes y de los que no hubiesen concurrido, para efectos de lo dispuesto en el articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 27º.- Se consideraran asistentes a los senores regidores que luego de la verificacion del quorum se presentaran a la Sesion convocada hasta MORDAZA de iniciarse la estacion de Orden del Dia. Luego de dicha etapa, podran participar en la sesion convocada con derecho a voz, pero sin derecho a MORDAZA ni derecho a percepcion de dieta.
CAPITULO II SESIONES ORDINARIAS

Articulo 28º.- Las Sesiones Ordinarias se dividen en cinco (5) estaciones: a) Aprobacion de actas. b) Despacho. c) Informes. d) Pedidos. e) Orden del Dia.
DE LA APROBACION DE ACTAS

Articulo 34º.- En informe oral, los Regidores daran cuenta de las gestiones politicas que les hubiere encomendado el Concejo Municipal o el MORDAZA y/o de aquellos asuntos relacionados con las funciones y atribuciones que les senala la ley que consideren deban ser puestos en conocimiento del Concejo Municipal. Los Informes escritos deben ser breves y concretos, presentados a la Secretaria General de Concejo, hasta MORDAZA de iniciarse la Sesion de Concejo. Articulo 35º.- En esta estacion se MORDAZA cuenta de los informes emitidos por los funcionarios de la Administracion en relacion a los pedidos formulados por los miembros del Concejo en sesiones anteriores. Articulo 36º.- En la estacion informes, no podra producirse debates. Si por su naturaleza, algun informe pudiera originar debate, este pasara a estacion de Orden del Dia.
PEDIDOS

Articulo 29º.- Iniciada la sesion, se procedera a la lectura o toma de conocimiento del acta de sesion o sesiones anteriores. Podra dispensarse de la lectura si asi lo acuerde el Concejo. Terminada la lectura o habiendose tomado conocimiento de la misma y/o dispensada esta, los senores Re-

Articulo 37º.- Los Regidores formularan sus pedidos sobre asuntos que consideren necesarios para la buena marcha y desarrollo del Municipio y la comunidad. Los pedidos se formularan por escrito y se presentaran hasta el momento de ingresar a la estacion misma. El Secretario General MORDAZA lectura a los mismos y, de ser extenso se MORDAZA breve sintesis de acuerdo a la importancia del pedido. Articulo 38º.- Los pedidos deben ser concisos y concretos, no debiendo ser materia de debate. El Presidente del Concejo podra considerar el rechazo, por imperti-

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