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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 cación lo dispuesto en el Art. 71º del presente reglamen- to, en lo que corresponda. Artículo 70º.- Los dictámenes, informes y proyectos que formulen las Comisiones de Regidores a consecuen- cia de los estudios y propuestas que les encomiende elConcejo, deben ser razonados y fundamentados y con- tendrán conclusiones y recomendaciones claras y preci- sas, incluyendo los proyectos de Ordenanzas, Acuerdoso Resolución, según sea el caso. Artículo 71º.- Los dictámenes, informes y proyectos serán firmados por todos los Regidores miembros de laComisión que participaron en el debate correspondien- te. En caso de discrepancia los Regidores pueden pre- sentar informes, estudios y proyectos por mayoría, por minoría y/o singulares. Artículo 72º.- Cada Presidente de la Comisión debe dar cuenta al Concejo en forma trimestral, de la asisten- cia de sus miembros a las sesiones. La inasistencia in- justificada de un Regidor a tres sesiones de comisiónconsecutivas en tres meses, ocasiona el retiro del Regi- dor como miembro de la Comisión, debiendo el Concejo elegir su reemplazante. Artículo 73º.- Las Comisiones deben presentar sus dic- támenes, informes y proyectos dentro de los plazos esta- blecidos para cada caso. Si no se señala plazo se entiendeque los dictámenes, informes o proyectos deben presen- tarse dentro del término de quince (15) días hábiles. Si la Comisión no puede cumplir su cometido dentro del plazo establecido, a más tardar el día del vencimien- to, solicitará al Concejo, por intermedio de la Secretaría General, una prórroga debidamente fundamentada has-ta por un plazo igual. Si se vence el plazo de prórroga y el dictamen aún no cuenta con el número de firmas re- querido, el Presidente lo remitirá para que se incluya enla Agenda de la próxima sesión. Artículo 74º.- Los dictámenes, informes y proyectos que las Comisiones evacuen, deberán ser remitidos a laSecretaría General antes de las cuarentaiocho horas de llevarse a cabo la sesión ordinaria de Concejo, para que sea incluido en la Agenda y sea puesto en conocimientode los miembros del Concejo. De remitirse pasado este plazo los dictámenes, informes y proyectos serán inclui- dos en la sesión ordinaria siguiente. Artículo 75º.- Las Comisiones de Regidores, a tra- vés de su Presidente, pueden solicitar por intermedio de la Secretaría General a cualquier funcionario o servidorde la Municipalidad informes y opiniones sobre los asun- tos de competencia de la Comisión, en concordancia con el Reglamento Orgánico de Funciones (ROF). Artículo 76º.- Las Comisiones pueden formar sub- comisiones de trabajo para asuntos específicos de su competencia. CAPÍTULO I COMISIONES PERMANENTES Artículo 77º.- Las Comisiones Permanentes se re- únen en sesiones ordinarias por lo menos una vez cadaquince días, en las oportunidades que se determine por acuerdo de las mismas; y en sesiones extraordi- narias cuando las convoque el Presidente con 24 ho-ras de anticipación, siendo la asistencia obligatoria. Cada Comisión tendrá como mínimo tres regidores y como máximo seis. Artículo 78º.- De todas las reuniones se levantará un acta que será firmada por los asistentes. Las Actas y la documentación que sirva de fuente a la Comisión, seacompañarán al dictamen, informe o proyecto que ele- ven al Concejo. Artículo 79º.- Las Actas de las Comisiones Perma- nentes deberán constar en un libro que será legalizado por Notario Público. Artículo 80º.- Las Comisiones Permanentes tienen las siguientes funciones: a) Elaborar, actualizar y revisar las políticas genera- les del Concejo en su ámbito y proponer las normas ne- cesarias al Concejo y la Alcaldía.b) Evaluar el plan de trabajo del área respectiva, pro- poniendo correctivos y cambios pertinentes. c) Dictaminar los proyectos de ordenanzas, acuerdos o resoluciones de concejo que se pongan a su conside- ración. d) Acoger y procesar los informes de los Regidores que la integran, que correspondan a sus funciones. e) Dictaminar en las proposiciones y pedidos de los Regidores. f) Dictaminar en las iniciativas de las Juntas de veci- nos y otros organismos vecinales. g) Efectuar investigaciones y estudios. h) Las demás que prevea el Reglamento o que les encargue el Concejo. Artículo 81º.- Cuando un asunto pase a informe o estudio de dos o más Comisiones, podrán reunirse enforma conjunta, en cuyo caso la presidencia se ejercerá en forma rotativa entre los Presidentes de las Comisio- nes. Artículo 82º.- El Concejo cuenta con seis Comisio- nes Permanentes que corresponderán a las competen- cias, atribuciones y funciones de la Municipalidad. Las Comisiones Permanentes son: 1.- Comisión de Administración, Planificación, Eco- nomía, Finanzas y Asuntos Legales; 2.- Comisión de Desarrollo Urbano; 3.- Comisión de Participación Vecinal y Seguridad Ciu- dadana. 4.- Comisión de Desarrollo Ambiental; 5.- Comisión de Desarrollo Humano.6.- Comisión del Programa de Vaso de Leche y Pro- grama de Asistencia Social y Alimentaria. Artículo 83º.- Corresponde a la Comisión Permanen- te de Administración, Planificación, Economía, Finanzas y Asuntos Legales, pronunciarse sobre los asuntos quedeben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. La formulación, aprobación, ampliación, modifica- ción, ejecución, evaluación y control del Plan de Acción y Presupuesto de la Municipalidad; 2. La Cuenta General del Ejercicio Anual. 3. La propuesta de creación, modificación, supresión, exoneración o inafectación de tributos municipales; 4. Empréstitos internos y externos; 5. Propuestas que impliquen gastos no presupuesta- dos; 6. Los planes y proyectos de desarrollo distrital; 7. Las inversiones y egresos de la Municipalidad; 8. Empresas y organismos desconcentrados de la Mu- nicipalidad; 9. La Estructura Orgánica y la Organización de la Mu- nicipalidad; 10. Exámenes especiales, auditorías económicas y actos de control; 11. Interpretación y aplicación de las normas lega- les; 12. Vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y de Regidores; 13. Proyectos de ley de competencia de la Municipa- lidad a ser presentados al Congreso de la República. 14. Conflictos de competencia con los Poderes Pú- blicos o autoridades ajenas a la Municipalidad y los con-flictos de jurisdicción y competencia; 15. Celebración de convenios de cooperación nacio- nal e internacional y convenios interinstitucionales; 16. Creación de empresas municipales para la pres- tación de servicios públicos municipales; 17. Asuntos administrativos; 18. Aceptación de donaciones, legados y otras libe- ralidades; 19. Altas y bajas de bienes; 20. Donación, cesión en uso, arrendamiento, transfe- rencia o modificación de propiedad o posesión; 21. Expropiación de inmuebles por causa de necesi- dad pública; 22. Otros que le encomiende el Concejo.