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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2004 (26/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 4. Establecimiento de políticas y planes regionales para la implementación del ordenamiento territorial yambiental. 5. Elaboración de propuestas de medios, instrumen- tos y metodologías necesarias para la valorización delpatrimonio natural de la región, acorde con los progra-mas de gestión ambiental del Gobierno Regional del Ca-llao. 6. Elaboración de propuestas en materia de investi- gación y educación ambiental a nivel regional. 7. Desarrollo de mecanismos regionales de partici- pación ciudadana, en concordancia con las herramien-tas de gestión ambiental del Gobierno Regional del Ca-llao. 8. Desarrollo de incentivos orientados a promover prácticas ambientalmente adecuadas. 9. Promover y difundir los demás instrumentos de ges- tión ambiental, de competencia exclusiva por parte delGobierno Regional del Callao, Gobiernos Locales y otrasentidades en la región. TÍTULO III EL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 6-º. Del Gobierno Regional. 6.1. El Gobierno Regional ejerce sus funciones am- bientales sobre la base de sus leyes correspondientes,en concordancia con las políticas, normas y planes na-cionales y sectoriales, en el marco de los principios dela gestión ambiental nacional. 6.2. El Gobierno Regional debe implementar el Sis- tema Regional de Gestión Ambiental, en coordinacióncon el CONAM y la Comisión Ambiental Regional delCallao, sobre la base de los órganos que desempeñandiversas funciones ambientales en la jurisdicción de laRegión Callao. Artículo 7º.- Del Consejo Regional y la Presiden- cia del Gobierno Regional del Callao El Consejo Regional y la Presidencia del Gobierno Regional son las instancias dentro del Sistema Regio-nal de Gestión Ambiental que se encargan de la aproba-ción de las políticas ambientales y los diversos instru-mentos de gestión ambiental, sobre las competenciasambientales compartidas regionales. Asimismo, será estenivel quien apruebe el propio Sistema Regional de Ges-tión Ambiental. Artículo 8º.- De la Comisión de Recursos Natura- les y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Re-gional Corresponde a la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente pronunciarse sobre los asun-tos del Sistema Regional de Gestión Ambiental que de-ban ser resueltos por el Consejo Regional en las funcio-nes específicas en materia de áreas protegidas, comomedio ambiente y defensa civil, así como los proyectosafines de cada sector. Así mismo fiscalizar los actos delos órganos componentes del Sistema Regional de Ges-tión Ambiental. Artículo 9º.- De la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Ges- tión del Medio Ambiente es el órgano del Gobierno Re-gional responsable de brindar apoyo técnico al procesode implementación del Sistema Regional de Gestión Am-biental, en coordinación el CONAM y la Comisión Am-biental Regional del Callao. Actúa como agente coordi-nador cumpliendo las funciones de articulación e inte-gración de los responsables de la formulación de los di-versos instrumentos de gestión ambiental en cumplimien-to de las competencias ambientales compartidas en laRegión. TÍTULO IV ROL DEL CONAM Artículo 10º.- Del Rol del CONAM en el SRGA. El CONAM como autoridad ambiental nacional vela porque la Política Ambiental, el Sistema Regional de Ges-tión Ambiental y los instrumentos ambientales regiona- les se encuentren enmarcados dentro de la Política Na-cional Ambiental y el Sistema Nacional de Gestión Am-biental. Dentro del Sistema Regional de Gestión Ambiental, el CONAM coordinará su implementación en forma con-junta con la CAR y el Gobierno Regional. TÍTULO V LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL DEL CALLAO Artículo 11º.- De la Comisión Ambiental Regional. 11.1 La Comisión Ambiental Regional del Callao, es la instancia de gestión ambiental, de carácter multisec-torial, encargada de promover la política ambiental re-gional. Promueven el diálogo y el acuerdo entre los sec-tores público y privado. 11.2 El Consejo Directivo del CONAM aprueba la creación de la Comisión Ambiental Regional del Callao,su ámbito, funciones y composición, en coordinación conel Gobierno Regional del Callao. 11.3 El CONAM coordinará los cambios efectuados relacionados a las funciones de la CAR Callao, estable-cidas en el MEGA, en forma conjunta con el GobiernoRegional del Callao. TÍTULO VI GRUPOS TÉCNICOS REGIONALES Artículo 12º.- Del Funcionamiento de los Grupos Técnicos Regionales. 12.1 Los Grupos Técnicos Regionales son creados con la finalidad de discutir, analizar y buscar acuerdostécnicos y mecanismos para hacer operativos los instru-mentos de gestión ambiental en la Región, enfrentar lasoportunidades, problemas y conflictos ambientales, di-señar, ejecutar y evaluar las políticas regionales y apo-yar en el funcionamiento del Sistema Regional de Ges-tión Ambiental. 12.2 El mandato de los Grupos Técnicos Regionales será definido en su norma de creación, donde deberánestablecerse sus objetivos, funciones, composición, pla-zo determinado y la institución que se hará cargo de laSecretaría Técnica responsable de la coordinación y sis-tematización de los resultados, así como las correspon-dientes sanciones en casos de incumplimiento. Artículo 13º.- De la Constitución de los Grupos Técnicos Regionales. Los Grupos Técnicos Regionales están constituídos por representantes de instituciones de los sectores pú-blicos, privado, sociedad civil y por personas naturalesdesignadas por sus cualidades profesionales y perso-nales de la Región, las mismas que participan a títulopersonal y ad honorem. El Gobierno Regional es responsable de la creación de los Grupos Técnicos Regionales y asimismo los apro-bará oficialmente a través de Decretos Regionales. Cuan-do lo considere necesario coordinará con el Consejo Di-rectivo del CONAM la creación de alguno de ellos. TÍTULO VII ROL DE LAS INSTITUCIONES CON COMPETENCIAS AMBIENTALES EN LA REGIÓN Artículo 14º.- Del rol de las instituciones con competencias ambientales.- Corresponde a las en- tidades públicas de la Región, la ejecución de las po-líticas, normas, planes, agendas y programas regio-nales que se deriven del proceso de toma de decisio-nes ambientales en el Sistema Regional de GestiónAmbiental. El sector privado y la sociedad civil también partici- pan activamente en el proceso de ejecución señaladoen el párrafo precedente. Sin perjuicio del ejercicio de las funciones reconoci- das en las normas que rigen a cada una de las entida-des de la Región, les corresponde dentro del SistemaRegional de Gestión Ambiental: