Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2004 (11/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2004

Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 5611, ubicada en la MORDAZA Manco MORDAZA, cuadra 2, colindante con el Nº 265, Mz. H, Parcela A, Sector Vallecito Bajo, Tercera Etapa, Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA Mariategui, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. 31164204 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5611 Ubicacion: distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 656 609,1763 B 8 656 610,0834 C 8 656 613,5779 D 8 656 612,6707 Area de servidumbre Suelo, subsuelo y aires: 9,37 m2 Propietario MORDAZA de terreno Propiedad del Estado (Via publica) MORDAZA

Este 288 200,7097 288 198,3801 288 199,7408 288 202,0704

Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19472

solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5245, ubicada en la interseccion de las avenidas MORDAZA MORDAZA y Las Camelias, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 9,96 metros cuadrados, de propiedad de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5245, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 21 de octubre del 2003, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 223-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5245, ubicada en la interseccion de las avenidas MORDAZA MORDAZA y Las Camelias, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 21 de octubre del 2003, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en la misma, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31163604 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5245 Ubicacion: distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 662 542,137 B 8 662 538,847 C 8 662 539,253 D 8 662 542,543 Area de servidumbre Suelo: 9,96 m² y sus aires. Propietario MORDAZA de terreno Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) MORDAZA

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bienes a favor de concesiones definitivas de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 432-2004-MEM/DM

MORDAZA, 22 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31163604, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5245; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha

Este 279 393,887 279 394,337 279 397,309 279 396,860

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19494

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