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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 280070 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de noviembre de 2004 Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos para la instalación de la subesta- ción de distribución eléctrica compacta tipo subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5611, ubicada en la calle Manco Inca, cuadra 2, colindante con el Nº 265, Mz. H, Parcela A, Sector Vallecito Bajo, Tercera Etapa, Pueblo Joven José Carlos Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos pro- porcionados por la empresa, conforme al siguiente cua- dro: Cód. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servidumbre terreno 31164204 Subestación de Distribución Suelo, subsuelo Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5611 y aires: 9,37 m2del Estado Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, provincia (Vía pública) y departamento de Lima. Coordenadas UTM: VérticeNorte Este A 8 656 609,1763 288 200,7097 B 8 656 610,0834 288 198,3801 C 8 656 613,5779 288 199,7408 D 8 656 612,6707 288 202,0704 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni rea- lizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 19472 Reconocen servidumbres convenciona- les de ocupación de bienes a favor deconcesiones definitivas de las que estitular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2004-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31163604, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular, indispen- sable para la instalación de la subestación de distribu- ción eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5245; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defini- tiva para desarrollar la actividad de distribución de ener- gía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocu- pación de bienes de propiedad particular indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléc- trica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5245, ubicada en la intersección de las avenidas Andrés Reyes y Las Camelias, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, según las co- ordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha cons- tituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 9,96 metros cuadrados, de propiedad de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Elec- tricidad Nº 5245, conforme consta en la Escritura Públi- ca de fecha 21 de octubre del 2003, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villa- rán, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencio- nal para el desarrollo de las actividades eléctricas, pue- den solicitar al Ministerio de Energía y Minas el recono- cimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servi- dumbre convencional las normas de seguridad estable- cidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla- mento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondien- tes, ha emitido el Informe Nº 223-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del bien de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5245, ubicada en la intersección de las avenidas Andrés Reyes y Las Ca- melias, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Escritura Pública de fecha 21 de octubre del 2003, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, en los térmi- nos y condiciones estipulados en la misma, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expedien- Descripción de la Área de Propietario Tipo de te servidumbre servidumbre terreno 31163604 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: 9,96 m² Superinten- Urbano Nº 5245 y sus aires. dencia Na- cional de Ubicación: distrito de San Isidro, provin- Administra- cia y departamento de Lima ción Tributa- ria (SUNAT) Coordenadas UTM: VérticeNorte Este A 8 662 542,137 279 393,887 B 8 662 538,847 279 394,337 C 8 662 539,253 279 397,309 D 8 662 542,543 279 396,860 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 19494