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PÆg. 280507 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de noviembre de 2004 destinados a fines asistenciales o a programas de apoyo social”. 27. La Municipalidad accionante considera que la incorporación de la frase los ejecutores coactivos violael artículo 103º de la Constitución, pues incluye a losejecutores coactivos como sujetos activos de los ti- pos penales de los artículos 387º a 389º del Código Penal, a pesar de que dichos artículos señalan queson sujetos activos del delito de peculado los funcio-narios públicos, categoría que incluye a los ejecuto-res coactivos. A criterio del Tribunal, la modificaciónprecisa a los sujetos activos de los delitos de pecula- do en función de la actividad que se desarrolla, admi- nistrando o manteniendo en depósito dinero o bienesembargados o depositados, aunque pertenezcan aparticulares; por lo tanto, es razonable, no viola loslímites impuestos por la Constitución al legislador pe-nal, ni vulnera el artículo 103º de la Constitución. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política delPerú HA RESUELTO: Declarar INFUNDADA la acción de inconstitucionali- dad. Publíquese y notifíquese. SS. ALVA ORLANDINIBARDELLI LARTIRIGOYEN REVOREDO MARSANO GONZALES OJEDAGARCÍA TOMA 20641 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen inscribir modificaciones de normas del Reglamento de Participa- ción de Super Renta VIP FMIV de Con-tinental S.A. Sociedad Administradorade Fondos en el Registro Pœblico delMercado de Valores COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 116 -2004-EF/94.11 Lima, 15 de noviembre de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004/028315 iniciado por Continen- tal S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así comoel Informe Nº 352-2004-EF/94.55 de fecha 12 de no-viembre de 2004, presentado por la Gerencia de Inter-mediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV Nº 618-97-EF/94.10 del 23 de septiembre de 1997 se autorizó a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de In-versión en Valores y Fondos de Inversión, hoy denomi-nada Continental S.A. Sociedad Administradora de Fon- dos, para administrar fondos mutuos de inversión envalores; Que, por Resolución Gerencia General Nº 033-2002- EF/94.11 de fecha 22 de mayo de 2002 se dispuso lainscripción del fondo mutuo de inversión en valores de- nominado Súper Renta VIP FMIV, en la sección corres- pondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito presentado el 7 de octubre de 2004, complementado el 15, 19 y 25 de octubre de 2004y el 12 de noviembre de 2004, Continental S.A. SociedadAdministradora de Fondos solicita y presenta la docu- mentación requerida para que se realice el trámite co- rrespondiente a la inscripción de la modificación de lasnormas específicas del Reglamento de Participación delfondo mutuo de inversión en valores denominado SúperRenta VIP FMIV; Que, de la evaluación a la documentación presenta- da se ha determinado que se ha cumplido con presentar los requisitos previstos en el artículo 38 del Reglamentode Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Socie-dades Administradoras, aprobado mediante ResoluciónCONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y el Texto Único deProcedimientos Administrativos de CONASEV, Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; Que, el procedimiento de modificación de las normas específicas del Reglamento de Participación compren-de cambios relativos a la ampliación del universo departícipes, incluyendo ahora a las personas jurídicas.En la medida que las modificaciones propuestas no se refieren a los supuestos señalados en el primer párrafo del artículo 40 del Reglamento, al partícipe no le resultaaplicable la opción de rescatar sus cuotas sin estar afectoa comisión de rescate; Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA- SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como por el artículo 37 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inver-sión en Valores y sus Sociedades Administradoras; y, enaplicación de las facultades delegadas al Gerente Gene-ral mediante acuerdo Nº 115-99 del Directorio de estaInstitución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Disponer la inscripción de las modifica- ciones de las normas específicas del Reglamento deParticipación del fondo mutuo de inversión en valoresdenominado Súper Renta VIP FMIV, en la sección co-rrespondiente del Registro Público del Mercado de Valo-res. Artículo 2º.- Continental S.A. Sociedad Administra- dora de Fondos deberá notificar en el próximo estado decuenta que remita a los partícipes del fondo mutuo deinversión en valores referido en el artículo 1º de la pre-sente resolución, una mención a los cambios a las nor-mas específicas del Reglamento de Participación. Artículo 3º.- La inscripción a que se refiere el artícu- lo 1º de la presente resolución no implica que CONASEVrecomiende la suscripción de cuotas del mencionadofondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabili-dad o calidad del mismo. Artículo 4º.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promo- cionar el mencionado fondo mutuo no debe inducir aerror o confusión y deberá sujetarse a las condicionesprevistas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mu-tuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Adminis-tradoras. Artículo 5º.- Continental S.A. Sociedad Administra- dora de Fondos deberá remitir a CONASEV dos (02)ejemplares (uno en forma impresa) del Reglamento deParticipación del fondo mutuo de inversión en valoresdenominado Súper Renta VIP FMIV, en el plazo de quin-ce (15) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Con- tinental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y alBBVA Banco Continental en su calidad de Custodio delfondo mutuo antes mencionado.