Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 890 MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 402-Rect.- de fecha 3 de noviembre del 2004, que adjunta la documentacion organizada con relacion a los alumnos que han sido identificados como presuntos autores o responsables de infracciones disciplinarias; CONSIDERANDO: Que, con el documento indicado en el visto, corre adjunto el Oficio Nº 2862.-VII-DIRTEPOL-L-PNP/JSCCCCYC-DEINPOL de fecha 14 de setiembre de 2004, de la Comisaria de MORDAZA y MORDAZA, en el cual se describen las ocurrencias policiales acaecidas en esa fecha, en que fueron intervenidas por la Policia Nacional del Peru las siguientes personas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jerver MORDAZA Manuico MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificados como alumnos de la Universidad Nacional de Ingenieria, con los codigos, 2003.1034I, 981274F, 2002.0156K, 2002.0207D, 2002.0083C, 2002.0229H y 2000.1069I, respectivamente; Que, en el Oficio remitido se informa que los estudiantes MORDAZA mencionados fueron intervenidos, a horas 2.45 a.m., portando objetos contundentes y material inflamable, entre otros, en uno de los ambientes de la Facultad de Ingenieria Mecanica, en circunstancias que la Policia Nacional efectuaba una incursion policial en el Campus Universitario, al tener conocimiento de la presunta existencia de MORDAZA de fuego y material explosivo en posesion de los estudiantes; Que, los actos MORDAZA descritos, dada la forma y circunstancias en que han sido materializados, evidenciarian que los alumnos no estan dedicandose en forma responsable a su formacion humana, academica y profesional, ademas que con su accionar atentan contra el prestigio de esta MORDAZA de Estudios, sin que respeten los derechos de los demas miembros de la comunidad universitaria; asi como constituirian indicios razonables de su participacion o colaboracion en los distintos actos de violencia registrados en el interior del Campus Universitario, que han ocasionado multiples danos materiales e innumerables perdidas economicas a la Universidad; Que, dichos actos configuran por parte de los estudiantes, la presunta comision de infracciones disciplinarias a los deberes estudiantiles previstos en los incisos a), b), c) e i) del articulo 57º de la Ley Universitaria Nº 23733, lo cual da merito para que sea instaurado el respectivo MORDAZA administrativo disciplinario contra los alumnos; Que, por Resolucion Rectoral Nº 628, del 16 de agosto del 2004, se aprobo el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes, donde se MORDAZA el procedimiento a cumplir para el establecimiento de infracciones disciplinarias y las consecuentes sanciones a los estudiantes, y las instancias resolutivas pertinentes; Estando a la opinion legal emitida mediante Proveido Nº 033-2004-OCAL del 9 de noviembre de 2004; De conformidad a lo establecido en el articulo 8º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0628, en concordancia con el articulo 52º del Estatuto de la Universidad; y a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria Nº 24 de fecha 29 de octubre del 2004; SE RESUELVE: 1º.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jerver MORDAZA Manuico MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigos universitarios, 2003.1034I, 981274F, 2002.0156K, 2002.0207D, 2002.0083C, 2002.0229H y 2000.1069I, respectivamente, por las con-

sideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido en su fase instructiva por la Comision Especial Ad Hoc conformada por Resolucion Rectoral Nº 0670, del 8 de setiembre del 2004, a la que se le remitira el expediente organizado al efecto, para que lo sustancie en el plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) dias habiles a partir de la notificacion a los estudiantes, a cuyo termino debera alcanzarse el Informe Final correspondiente. 2º.- DISPONER, que los estudiantes procesados en mencion, para fines de su defensa deben apersonarse ante la Comision Especial Ad Hoc dentro de los cinco (5) dias habiles de efectuada la notificacion de la presente resolucion, y presentar sus descargos y pruebas pertinentes; haciendose saber que en el caso de optar en no ejercer su defensa, se resolvera en base a los documentos y demas medios probatorios obrantes en el expediente. 3º.- ESTABLECER, que la Comision Especial debera oir en Audiencia de Evaluacion Personal a realizarse a partir del octavo (8) dia de efectuada la notificacion de la presente resolucion, a los alumnos procesados, acto en el cual podran estar asesorados por un abogado de su eleccion; debiendose fijar la hora dentro del horario de atencion al publico. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 21274 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 891 MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 402-Rect.- de fecha 3 de noviembre del 2004, que adjunta la documentacion organizada con relacion a los alumnos que han sido identificados como presuntos autores o responsables de infracciones disciplinarias; CONSIDERANDO: Que, con el documento indicado en el visto, corre adjunto el Oficio Nº 2861-VII-DIRTEPOL-L-PNP/JSCCCCyC-DEINPOL de fecha 14 de setiembre de 2004, de la Comisaria de MORDAZA y MORDAZA, en el cual se describen las ocurrencias policiales acaecidas en esa fecha, en que el Ingeniero Civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina Central de Logistica, denuncia los danos causados al interior de la Universidad Nacional de Ingenieria por parte de un grupo de alumnos, encabezados por las siguientes personas, Uberlinda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Huanco MORDAZA, identificados como alumnos de la Universidad Nacional de Ingenieria, con los codigos, 980414I y 982207K, respectivamente; Que, en el Oficio remitido se informa que los estudiantes MORDAZA mencionados fueron identificados por el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el dia 13 de setiembre del 2004, como los que encabezaron los actos de violencia, e incitaban a los alumnos a causar destrozos dentro del los ambientes de la Universidad; Que, los actos MORDAZA descritos, dada la forma y circunstancias en que han sido materializados, evidenciarian que los alumnos no estan dedicandose en forma responsable a su formacion humana, academica y profesional, ademas que con su accionar atentan contra el prestigio de esta MORDAZA de Estudios, sin que respeten los derechos de los demas miembros de la comunidad universitaria; asi como constituirian indicios razonables de su participacion o colaboracion en los distintos actos de violencia registrados en el interior del Campus Universitario, que han ocasionado multiples danos materiales e innumerables perdidas economicas a la Universidad; Que, dichos actos configuran por parte de los estudiantes, la presunta comision de infracciones disciplinarias a los deberes estudiantiles previstos en los incisos a), b), c) e i) del articulo 57º de la Ley Universitaria Nº 23733, lo cual da merito para que sea instaurado el res-

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