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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 281011 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 2004 rectivo emitirá una resolución dando inicio al procedi- miento de oficio para la fijación o revisión de tarifas tope cuando lo considere pertinente, de acuerdo al informe técnico emitido por la Gerencia de Políticas Regulatoriasy Planeamiento Estratégico que recomienda el inicio del procedimiento de oficio; Que en el INFORME referido en la sección VISTO, la Gerencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estra- tégico recomienda el inicio del procedimiento de oficio para la revisión de tarifas tope de las comunicaciones locales yde larga distancia nacional originadas o terminadas en la red del servicio de telefonía fija local, en la modalidad de abonados, ubicada en una zona urbana, y terminadas uoriginadas en la red de telefonía fija local, en la modalidad de teléfonos públicos, ubicada en una zona rural; dentro del marco de la determinación de esquemas tarifariospara las zonas rurales y de preferente interés social; Que en atención al INFORME, este Consejo Directi- vo considera pertinente dar inicio al procedimiento deoficio para la revisión de las tarifas tope de las comuni- caciones locales y de larga distancia nacional origina- das o terminadas en la red del servicio de telefonía fijalocal, en la modalidad de abonados, ubicada en una zona urbana, y terminadas u originadas en la red de telefonía fija local, en la modalidad de teléfonos públicos, ubicadaen una zona rural; Que el procedimiento de oficio establece que la pre- sente Resolución debe ser publicada en el diario oficialEl Peruano y notificada a las empresas operadoras invo- lucradas; Que en consecuencia, la presente Resolución debe ser notificada a las empresas Gilat to Home Perú S.A., Rural Telecom S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A., en su calidad de empresas concesionarias del servicio de te-lefonía fija en zonas rurales; Que asimismo, se debe establecer el plazo en el cual las empresas operadoras notificadas presentarán supropuesta de tarifas tope conjuntamente con el estudio de costos que incluya el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros, base de datos y cualquierotra información utilizada en su estudio; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL,aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIP- TEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 212 ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de oficio para la revisión de las comunicaciones locales y de larga dis- tancia nacional originadas o terminadas en la red delservicio de telefonía fija local, en la modalidad de abona- dos, ubicada en una zona urbana, y terminadas u origi- nadas en la red de telefonía fija local, en la modalidad deteléfonos públicos, ubicada en una zona rural; dentro del marco de la determinación de esquemas tarifarios para las zonas rurales y de preferente interés social. Artículo 2º.- Notificar el inicio del procedimiento de oficio a las empresas: Gilat to Home Perú S.A., Rural Telecom S.A.C., Telefónica del Perú S.A.A. Artículo 3º.- Otorgar a las empresas operadoras mencionadas en el artículo anterior, un plazo de ochenta (80) días hábiles, contados a partir del día siguiente de lapublicación de la presente Resolución, para que presen- ten sus propuestas de tarifas tope de las comunicacio- nes locales y de larga distancia nacional originadas oterminadas en la red del servicio de telefonía fija local, en la modalidad de abonados, ubicada en una zona urbana, y terminadas u originadas en la red de telefonía fija local,en la modalidad de teléfonos públicos, ubicada en una zona rural; conjuntamente con sus respectivos estudios de costos de los distintos elementos que están com-prendidos en cada instalación, incluyendo el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros, ba- ses de datos y cualquier otra información utilizada ensus estudios. Artículo 4º.- Publicar en la página web institucional, el Informe Nº 063-GPR/2004 conjuntamente con la pre-sente Resolución y su Exposición de Motivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo DirectivoExposición de Motivos Determinación de Esquemas Tarifarios para zonas rurales y de preferente interés social I. INTRODUCCIÓN Las modificaciones al Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión, realizadas en diciembre de 2003, han permitido que las empresas operadoras de telefonía rural puedan fijar las tarifas en todas las llama-das entrantes y salientes a sus redes. Ello ha generado muchos escenarios de llamada que no cuentan con tari- fas tope y que pertenecen al Régimen Tarifario Supervi-sado. En junio del presente año finalizó una consultoría rea- lizada por el Banco Mundial y el Ministerio de Transportey Comunicaciones sobre los proyectos FITEL 1. Según este informe, las empresas de telefonía rural que operan en dichos proyectos estarían presentando serios pro-blemas para recuperar sus costos operativos, requi- riendo una revisión de los montos de sus tarifas y de ciertos cargos de interconexión en los que incurren.Debido a que OSIPTEL debe velar por el desarrollo de las telefonía rural y por su sostenibilidad, se hace nece- sario llevar a cabo esta revisión, cuyo resultado no debeservir para justificar la existencia de empresas con una gestión administrativa y operativa ineficiente, y que es- peren superar un mal manejo interno de riesgos del ne-gocio con ajustes tarifarios. En este contexto, se tiene como objetivo principal el analizar y proponer diferentes esquemas tarifarios apli-cables a las telecomunicaciones rurales, que incorpo- ren los criterios de eficiencia económica, equidad y sos- tenibilidad. II. ANTECEDENTES El Fondo de Inversión de Telecomunicaciones (FI- TEL), es administrado por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL)y tiene como objetivo el financiamiento de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares con- siderados de preferente interés social. En una primera etapa, los trabajos realizados por FITEL se concentraron en el desarrollo de un Proyecto Piloto en la Frontera Norte del país, el cual fue aprobadomediante R.M. Nº 493-97-MTC/15.03 del 13 de Octubre de 1997, publicado en el Diario oficial “El Peruano” el 17 de Octubre de 1997. Este proyecto consistió en la insta-lación de teléfonos públicos rurales en 213 localidades del Perú. Posteriormente, en octubre de 1998 mediante la Re- solución de Consejo Directivo Nº 017-98-CD/OSIPTEL, se aprobaron los Lineamientos de Política de Acceso Universal. En ellos se estableció que 5000 nuevas loca-lidades rurales deberán ser interconectadas a la Red Telefónica Pública Nacional e Internacional para el año 2003. Asimismo, en esta norma se especifica que las tari- fas de los servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares considerados de preferente in-terés social están sujetos a regulación. Adicionalmente, se dispuso que las tarifas para el servicio de telefonía fija local en la modalidad de teléfonos públicos en áreasrurales y lugares considerados de preferente interés social, serán establecidas por las empresas concesio- narias dentro de las Tarifas Máximas Fijas que determi-ne OSIPTEL. Finalmente, la referida resolución establece que al negociar los contratos de interconexión, los operadorestomarán en consideración: (i) que las tarifas que se es- tablezcan para las llamadas desde y hacia los usuarios de teléfonos públicos en áreas rurales y lugares consi-derados de preferente interés social, no podrán exceder de la Tarifa Máxima Fija establecida por OSIPTEL, y (ii) los mayores costos de la prestación de los servicios de 1“Private sector provision of telecommunications services in rural and peri- urban areas of Peru: Peru Detailed Rural Telecommunications Strategy” / Inte-lecon Research; Intermediate Technology Consultants. Washington: PPIAF,Junio 2004