Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

ciones - OSIPTEL informa que la empresa Telefonica Empresa Peru S.A. es proveedor unico en la provincia de MORDAZA para poder brindar el servicio de la Conexion Dedicada a Internet con tendido de Fibra Optica; Que, el inciso f) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, pudiendo celebrar directamente el contrato a traves de una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, ya que se trata de la Conexion Dedicada a Internet con tendido de fibra optica que solo un proveedor brinda este servicio; Que, el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM senala que las resoluciones que aprueban la exoneracion de los procesos de seleccion al MORDAZA de las causales contenidas en el inciso f) del Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, requiere de un informe tecnico legal previo, emitido por el area tecnica y de asesoria juridica de la entidad, dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal del servicio; Que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y en uso de las atribuciones que confiere al Rector, la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: 1º.- Exonerese del MORDAZA de la Adjudicacion Directa Publica por contar con un solo proveedor en la provincia de MORDAZA que brinda el servicio de la Conexion Dedicada a Internet con Fibra Optica, al MORDAZA de lo dispuesto por el literal f) del articulo 9º, del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. 2º.- Autorizar la suscripcion del contrato por la Conexion Dedicada a Internet requerido por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo con la empresa TELEFONICA EMPRESA PERU S.A. en su calidad de proveedor unico, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, por el monto de S/. 103,548.84 (Ciento Tres Mil Quinientos Cuarenta y Ocho con Ochenta y Cuatro/ 100 Nuevos Soles); conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3º.- Ordenese la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes de su emision, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, encargando su cumplimiento a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial. 4º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial remitir la presente Resolucion, asi como tambien los informes tecnico y legal a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes de su emision, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, y la notificacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CUMPA MORDAZA Rector 21223

Central de Logistica y Servicios Auxiliares y, de la Oficina de Programacion y Evaluacion; mediante los cuales de solicita la cancelacion del Concurso Publico Nº 00032004-UNFV - "Arrendamiento de Inmueble para la Escuela Universitaria de Post Grado", asi como la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad; y, CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA para el Ejercicio Presupuestal 2004, aprobado con Resolucion R. Nº 7707-2004-UNFV, de fecha 30.01.2004, se tiene prevista la contratacion del Arrendamiento de Inmueble para el funcionamiento de la Escuela Universitaria de Post Grado de esta MORDAZA Superior de Estudios, por el valor estimado de S/. 290,000.00 Nuevos Soles; Que, con Resoluciones Rectorales Nºs. 8885 y 93452004-UNFV, del 31.05.2004 y 23.07.2004, se designo a los miembros del Comite Especial y se aprobaron las Bases Administrativas del Concurso Publico referido en el considerando que antecede, por el valor referencial de S/.290,000 Nuevos Soles, por el plazo de doce (12) meses; MORDAZA de seleccion que a la fecha ha sido declarado desierto de conformidad con el Art. 32º parrafo primero del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Art. 34º del referido texto normativo establece: "En cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente, (...)"; Que, mediante Oficios Nºs. 5756 y 5942-2004-EUPGUNFV, del 04.11.2004 y 05.11.2004, la Escuela Universitaria de Post Grado, comunica que el requerimiento de arrendamiento de un inmueble, con las especificaciones tecnicas, por el plazo de doce (12) meses, para el desarrollo de los servicios academicos que solicitara en su oportunidad, han variado, toda vez que se ha previsto el incremento de la demanda de dichos servicios para el ano academico 2005, asi como la prestacion de lo mismo en un solo inmueble y no en dos como viene ocurriendo actualmente (Sede San MORDAZA y Sede MORDAZA Cruz), lo que redundaria en menores gastos de personal y en ahorro de recursos economicos para la Universidad; Que, por lo MORDAZA expuesto la Escuela Universitaria de Post Grado solicita el arrendamiento de un inmueble por el plazo de dos (2) meses, hasta que culmine el ano academico 2004, previsto para el mes de enero del 2005, de conformidad con las especificaciones tecnicas obrantes en los antecedentes de la presente resolucion, siendo esto asi; se debe autorizar la cancelacion del Concurso Publico Nº 0003-2004-UNFV, por haber desaparecido la necesidad de contratar un inmueble con las especificaciones tecnicas que se anexan en sus Bases; asi como proceder a la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad, a efecto de atender el requerimiento solicitado; Que, el Art. 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publico y adjudicaciones directas no contenidos en el Plan Anual deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicados a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que, asimismo el Art. 7º del referido texto normativo establece en su ultimo parrafo que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, diversas circunstancias -como el surgimiento de requerimientos y, urgencia para la adquisicion

Cancelan MORDAZA de seleccion para el arrendamiento de inmueble para la Escuela Universitaria de Post Grado de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 10491-2004-UNFV San MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 01303-2004-OCLSA-UNFV y el Informe Nº 105-2004-OPE-OCLSA-UNFV, de la Oficina

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